El juez Castro se siente ¡°obligado¡± a cerrar el ¡®caso Palma Arena¡¯
El alto tribunal balear ha rechazado su petici¨®n de seguir como em¨¦rito tras la jubilaci¨®n
"Me sent¨ª obligado". El juez Jos¨¦ Castro solicit¨® ser nombrado magistrado em¨¦rito, trabajar m¨¢s all¨¢ de los 70 a?os, edad de la jubilaci¨®n obligatoria, porque considera que es una obligaci¨®n personal concluir la instrucci¨®n de las 20 piezas a¨²n pendientes del caso Palma Arena.
El juez ha pedido autorizaci¨®n al Consejo General del Poder Judicial y, de entrada, en un informe no vinculante, la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Baleares se ha opuesto, observando simplemente que este caso no se ajusta a la ley, no est¨¢ previsto.
Castro ha comentado este jueves a los periodistas que la respuesta inicial de sus colegas los magistrados del alto tribunal balear "se ajusta perfectamente" a la legalidad pero ha recalcado que "hay peticiones que merecen ser formuladas, aun a riesgo de que sean rechazadas".
El juez del caso N¨®os ha abierto una nueva pieza que alude a la supuesta financiaci¨®n ilegal del PP de Baleares en la compra y reforma de la sede de Palma. Otras dos piezas est¨¢n relacionadas con esta misma cuesti¨®n. El magistrado considera una obligaci¨®n ante sus compa?eros completar la instrucci¨®n de las diligencias aun abiertas en la causa madre que inici¨® en 2008. El caso Palma Arena alude a diferentes aspectos de la supuesta gesti¨®n delictiva desde el Gobierno balear de Jaume Matas (2003-2007).
Jos¨¦ Castro Arag¨®n solicit¨® al Consejo General del Poder Judicial prolongar su actividad profesional, como juez em¨¦rito, de apoyo, m¨¢s all¨¢ de la fecha de su jubilaci¨®n. Cumplir¨¢ los 70 a?os el 20 de diciembre de 2015. El informe adverso del alto tribunal balear no es vinculante.
La sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, formada por nueve jueces, emiti¨® este mi¨¦rcoles una resoluci¨®n con voto un¨¢nime. En la nota los magistrados se expresan con frialdad administrativa y recuerdan que ¡°la solicitud no se adecua a lo previsto¡± en la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial.
Los jueces em¨¦ritos hasta ahora han sido magistrados suplentes nombrados ¨²nicamente para formar parte de las salas colectivas de Tribunales Superiores, Audiencia Nacional y Audiencia Provinciales. El juez Jos¨¦ Castro, un profesional apreciado por sus colegas sin adscripci¨®n a ninguna asociaci¨®n profesional o familia corporativa, solicit¨® prolongar su actividad para operar exclusivamente en su juzgado.
Castro condicion¨® que su eventual prolongaci¨®n de su vida laboral como magistrado a ser juez de refuerzo en su propio juzgado, en un papel secundario, con sueldo reducido, para centrarse exclusivamente en concluir la instrucci¨®n.
El Consejo General del Poder Judicial decidir¨¢. El plazo establecido para las pr¨®rrogas de actividad en magistrados em¨¦ritos es de cinco a?os, hasta los 75 a?os. Castro tan solo quiere alargar su funci¨®n hasta culminar la causa concreta, sin necesidad de alcanzar los cinco a?os en ejercicio.
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