10 a?os de c¨¢rcel por lanzar el coche al mar con cuatro amigos dentro
El Tribunal Supremo condena a un hombre por tirar su veh¨ªculo desde el Puerto Ol¨ªmpico
El Tribunal Supremo ha elevado de tres a?os y tres meses de c¨¢rcel a 10 a?os la condena a un hombre que se lanz¨® a prop¨®sito al mar con el coche que conduc¨ªa y en el que viajaba con cuatro amigos. La Sala de lo Penal ha estimado el recurso de la Fiscal¨ªa y de la acusaci¨®n particular y considera que el responsable cometi¨® cuatro delitos de intento de homicidio y no un delito por conducci¨®n temeraria y con manifiesto desprecio para la vida de los dem¨¢s, que fue por el que le conden¨® en primera instancia la Audiencia Provincial de Barcelona.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 6 de noviembre de 2011, en la zona de ocio del Puerto Ol¨ªmpico de Barcelona. Los cinco amigos se metieron en el coche para volver a Badalona, donde todos viv¨ªan, y el acusado, Iv¨¢n Jim¨¦nez Montes, les reproch¨® a sus acompa?antes que no le hubieran ayudado en una pelea que hab¨ªa tenido con otros j¨®venes. Los amigos le increparon y uno de ellos le llam¨® ¡°maricona¡±, a lo que el conductor reaccion¨® meti¨¦ndose por una v¨ªa cerrada a la circulaci¨®n y encarando una recta de 30 metros que iba directa al mar. Pis¨® el acelerador y desoy¨® los gritos de sus acompa?antes, que le ped¨ªan que frenara.
El condenado precipit¨® el coche de forma voluntaria tras discutir con sus acompa?antes
El veh¨ªculo cay¨® al mar y se hundi¨® r¨¢pidamente. El acusado fue el primero en salir porque hab¨ªa dejado abierta su ventanilla, mientras que a sus amigos tuvieron que escapar rompiendo los cristales o por ventanillas a medio bajar. ¡°Se declara probado que el acusado dirigi¨® el veh¨ªculo, con un fuerte aceler¨®n, hacia el mar, precipit¨¢ndose, al tiempo que hab¨ªa abierto su ventana lo que propiciaba su escapatoria, de una parte, y la inmersi¨®n del veh¨ªculo, de otra¡±, advierten los jueces.
Todos salieron vivos del coche por sus propios medios, pero el ¨²nico que sali¨® ileso fue el conductor. Sus cuatro acompa?antes sufrieron diferentes lesiones, aunque ninguna grave. "El autor no compromete la seguridad del tr¨¢fico, sino la vida de sus amigos con los que est¨¢ enfadado y realiza una conducta consistente en precipitar el veh¨ªculo al mar", dice la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta. Los magistrados se?alan que el objeto de la agresi¨®n fue la vida de sus cuatro amigos y no la seguridad del tr¨¢fico, que el autor no comprometi¨®.
La actuaci¨®n declarada probada ¡°no fue un acto de conducci¨®n, un acto de tr¨¢fico, pues no se realizaba un traslado por v¨ªa p¨²blica dispuesta para ello, sino que el veh¨ªculo es empleado como instrumento de agresi¨®n en la creaci¨®n del peligro; el autor no pone en peligro la vida o integridad de personas indeterminadas, t¨ªpico de un delito contra la seguridad del tr¨¢fico, sino de las concretas personas a las que quiere atentar¡±, insisten los magistrados, que advierten adem¨¢s de que el autor "se representa el peligro, lo conoc¨ªa y lo acept¨®¡±.
El Supremo le impone cuatro penas de 2 a?os y 6 meses de c¨¢rcel por intentos de homicidio con la circunstancia muy cualificada de embriaguez, ya que las pruebas de alcoholemia que le practicaron al conductor dieron tasas muy por encima del m¨¢ximo permitido.
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