El Supremo condena al exconsejero valenciano Blasco a seis a?os de c¨¢rcel
El tribunal confirma la condena por el desv¨ªo de fondos de la cooperaci¨®n al desarrollo
El exconsejero valenciano Rafael Blasco tendr¨¢ que ingresar en prisi¨®n por desviar fondos destinados a proyectos de cooperaci¨®n al desarrollo en Nicaragua. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena contra el hombre que ocup¨® a lo largo de tres d¨¦cadas casi todas las carteras del Gobierno valenciano, aunque rebaja de ocho a seis a?os y medio la pena que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Valencia al hombre que ocup¨® a lo largo de tres d¨¦cadas casi todas las carteras del Gobierno valenciano. El tribunal le considera culpable de un delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, en concurso con prevaricaci¨®n administrativa, y delito continuado de falsedad documental por decisiones adoptadas en su etapa como consejero de Solidaridad y Ciudadan¨ªa.
Los jueces han convocado a Blasco el pr¨®ximo 15 de junio para que ingrese en prisi¨®n ese mismo d¨ªa, seg¨²n ha informado el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
Blasco, proveniente de la extrema izquierda, form¨® parte de los primeros Gobiernos democr¨¢ticos valencianos con el socialista Joan Lerma, quien lo expuls¨® del Ejecutivo y del partido ante la sospecha de que hab¨ªa aceptado sobornos a cambio de recalificar unos terrenos cuando era consejero de Urbanismo. Blasco fue absuelto de aquella acusaci¨®n y volvi¨® a la primera l¨ªnea pol¨ªtica con los presidentes valencianos del PP Eduardo Zaplana y Francisco Camps. Pese a mantenerlo inicialmente como portavoz parlamentario, el jefe del Consell en funciones, Alberto Fabra, forz¨® en la legislatura reci¨¦n concluida su expulsi¨®n del grupo parlamentario popular. Blasco permaneci¨® en el grupo de no adscritos del Parlamento auton¨®mico hasta que fue condenado por el Tribunal Superior valenciano, en mayo de 2014.
Ahora qu¨¦
Una vez que el Tribunal Supremo ha confirmado la prisi¨®n para el exconsejero valenciano Rafael Blasco, corresponde al Tribunal Superior valenciano ejecutar la condena. Este ha convocado a Blasco y al resto de condenados a penas superiores a los dos a?os de c¨¢rcel el 15 de junio para que ingrese en la c¨¢rcel ese mismo d¨ªa.
A diferencia de otros casos, las fuentes aseguran que los magistrados no aceptar¨¢n una hipot¨¦tica suspensi¨®n de la pena en tanto se tramitase la eventual petici¨®n de indulto al Gobierno por parte de Blasco. El motivo es que la pena de prisi¨®n supera los cuatro a?os de c¨¢rcel, el l¨ªmite a partir del cual no se aceptan en principio tal clase de peticiones. La Fiscal¨ªa Superior de la Comunidad Valenciana y el propio Tribunal Superior s¨ª han aceptado con anterioridad paralizar la entrada en prisi¨®n de condenados (como el exdiputado regional y antiguo alcalde de Torrevieja Pedro ?ngel Hern¨¢ndez Mateo) hasta que se resolviera la petici¨®n de la medida de gracia. Pero ello se produjo porque las condenas eran de cuatro a?os de prisi¨®n o inferiores, algo que no se produce en este caso. El ingreso en prisi¨®n se producir¨¢ una vez se cubran las etapas procesales pertinentes, entre ellas la remisi¨®n formal de la sentencia al tribunal de Valencia.
La sentencia del Supremo condena tambi¨¦n al empresario intermediario de las operaciones, Augusto C¨¦sar Tauroni, al que impone seis a?os de prisi¨®n, la misma pena que a la ex secretaria general de la Consejer¨ªa Agustina Sanjuan. El exsubsecretario de la Consejer¨ªa Alejandro C¨¢tala es condenado a cuatro a?os y medio. El Supremo condena adem¨¢s al presidente de los miembros de la Fundaci¨®n Cultural y de Estudios Sociales, Marcial L¨®pez y su mujer, Mar¨ªa Jos¨¦ Cervera, mientras que absuelve al exdirector general Josep Mar¨ªa Felip y al exjefe de ¨¢rea Marc Llinares.
La sentencia, de 365 folios confirma los principales delitos que impuso el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, pero reduce ligeramente las penas al rechazar el car¨¢cter de delito continuado de algunas de las acusaciones. El Supremo ha notificado ya el fallo al tribunal valenciano, que tiene ahora que ordenar el ingreso en prisi¨®n de los condenados, entre ellos el exconsejero Blasco.
En esta pieza del llamado Caso Cooperaci¨®n se investigaron las irregularidades en la concesi¨®n de subvenciones a grandes proyectos de cooperaci¨®n internacional que la Consejer¨ªa de Inmigraci¨®n y Ciudadan¨ªa de la Comunidad Valenciana concedi¨® en el a?o 2008 a la Fundaci¨®n Cultural y de Estudios Sociales (CYES) para dos proyectos en Nicaragua que ten¨ªan como prop¨®sito mejorar las condiciones de vida de dos comunidades rurales, a trav¨¦s del acceso de agua potable y de fomentar el desarrollo sostenible mediante la producci¨®n de alimentos.
El Supremo ahora declara probado que del dinero que la Generalitat Valenciana invirti¨® en estos dos proyectos (1,6 millones de euros) apenas lleg¨® a su destino la cantidad del 3%, exactamente 47.953 euros. El 97 % restante los condenados lo aprovecharon para adquirir y reformar inmuebles en Valencia.
Seg¨²n el relato de hechos de la sentencia que dict¨® el tribunal superior de Valencia, la Consejer¨ªa aprob¨® los proyectos de CYES, a pesar de que inicialmente hab¨ªan sido rechazados por falta de experiencia previa. En una posterior reuni¨®n, presidida por Blasco, el consejero presion¨® a los miembros de la Comisi¨®n para que finalmente adjudicaran los proyectos a dicha fundaci¨®n. Seg¨²n la sentencia que ha confirmado el Supremo, en aquella reuni¨®n qued¨® demostrado de forma patente el papel director de Blasco, como la persona que no solo otorga mediante resoluci¨®n las subvenciones pese a no resultar procedentes, sino que en todo momento dirigi¨® a sus colaboradores con el fin de lograr sus prop¨®sitos. "Se prevali¨® de una estructura administrativa que dirig¨ªa para pervertir sus objetivos, disponiendo alegremente de unos fondos destinados a fines solidarios", concluyeron los jueces del tribunal valenciano.
Las subvenciones se otorgaron por resoluci¨®n de Blasco en el mes de agosto. Tras el retorno de las vacaciones de verano, dos de los miembros de la comisi¨®n que se hab¨ªan opuesto a esa concesi¨®n fueron cesados por su discrepancia. Un mes despu¨¦s, en octubre, en las mismas cuentas donde se ingres¨® 1'6 millones de euros se cargaron dos facturas por importe de 208.000 euros cada una, por supuestos servicios de asesoramiento, consultor¨ªa e ingenier¨ªa. La sala consider¨® esos servicios falsos porque en realidad pretend¨ªan encubrir la comisi¨®n que pag¨® uno de los condenados, Marcial L¨®pez a Augusto C¨¦sar Tauroni para obtener estas subvenciones, una cantidad que correspond¨ªa al 25% del importe de cada subvenci¨®n.
Los condenados intentaron sustituir el importe de los inmuebles mediante otros gastos, con facturas que en muchos casos no ten¨ªan relaci¨®n con el proyecto inicial, seg¨²n se?alaba el tribunal, como una muestra m¨¢s de esa " loca aportaci¨®n de documentaci¨®n". As¨ª, por ejemplo sustituyeron la n¨®mina de los trabajadores de Nicaragua de la moneda local al euro, intentando justificar n¨®minas mensuales de 4.000 euros cuando en realidad cobraban 56 euros mensuales.
Ahora el Supremo en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral avala esencialmente la tipificaci¨®n de estas conductas que hizo el tribunal valenciano y no escatima en reproches a los altos cargos condenados. Seg¨²n el alto tribunal, cabe apreciar malversaci¨®n agravada por lo que perturba al servicio p¨²blico. ¡°Derivar a fines particulares un montante elevad¨ªsimo de lo que los presupuestos auton¨®micos destinar¨ªan a esos fines solidarios supone afectar al servicio p¨²blico as¨ª perfilado y no vinculado de manera miope o alicorta a concepciones administrativistas¡±. Esta conducta, a?aden los jueces,"supone defraudar y pisotear nobles sentimientos del ciudadano que con agrado desea ver destinada una parte de su contribuci¨®n del erario p¨²blico a esos fines solidarios trasnacionales aunque ello comporte disminuci¨®n indirecta de las prestaciones p¨²blicas de que ¨¦l pod¨ªa beneficiarse".
Dinero para el desarrollo de Am¨¦rica y Asia
El exconsejero valenciano Rafael Blasco entrar¨¢ en prisi¨®n por desviar fondos de dos proyectos en Nicaragua. Pero la justicia investiga en las otras dos piezas separadas del caso Cooperaci¨®n presuntas irregularidades en 30 proyectos que ten¨ªan como destino Am¨¦rica, ?frica y Asia, y como objetivo la lucha contra la violencia sexual hacia los ni?os o la construcci¨®n de un hospital en Hait¨ª tras el terremoto de 2010.
La fiscal¨ªa considera que Blasco y sus supuestos c¨®mplices crearon o instrumentalizaron peque?as ONG para apropiarse de fondos de ayuda al desarrollo en la etapa del presidente valenciano Francisco Camps, del PP. Antiguo militante del Frente Revolucionario Antifascista y Patri¨®tico (FRAP), Blasco form¨® parte de los primeros ejecutivos auton¨®micos de Joan Lerma, que lo expuls¨® tras ser acusado de aceptar sobornos. Blasco fue absuelto y reintegrado en los a?os noventa por el presidente Eduardo Zaplana al Consell, donde se mantuvo hasta 2011.
La sala explica que ese delito de malversaci¨®n se consuma cuando los fondos salen del erario p¨²blico en beneficio del infractor y quedan a su disponibilidad, es decir, no se requiere para la consumaci¨®n del mismo, una consolidaci¨®n de la situaci¨®n a nivel administrativo.
El Supremo aprovecha tambi¨¦n en esta sentencia para recomendar formar piezas separadas en procesos con m¨²ltiples objetos como v¨ªa para ¡°acelerar, agilizar y simplificar¡± el enjuiciamiento. La sala subraya que adoptar esta pr¨¢ctica legalmente autorizada no exige una motivaci¨®n reforzada, que analice todos los matices y vertientes que se ven concernidos.
Los magistrados se pronuncian tambi¨¦n sobre los llamados "juicios paralelos". En el presente caso se habr¨ªan originado por las declaraciones efectuadas por responsables pol¨ªticos sobre los hechos investigados. El alto tribunal toma como punto de partida para calibrar esta cuesti¨®n la presunci¨®n de que los tribunales sabr¨ªan sustraerse al influjo de esos comentarios. El ponente hace una diferenciaci¨®n entre " juicios paralelos" y " juicios oblicuos" para argumentar que los primeros no interact¨²an entre s¨ª, mientras que los " oblicuos" s¨ª podr¨ªan interferir en la sentencia, algo que no puede presumirse en tanto que los tribunales deben generar actitudes de impermeabilidad a los comentarios medi¨¢ticos.
La condena a Blasco, la persona que m¨¢s veces ha formado parte del Gobierno valenciano, se refiere a la primera de las tres piezas del caso Cooperaci¨®n. Las otras dos piezas separadas cuya investigaci¨®n contin¨²a se refieren a supuestas irregularidades en otros proyectos de ayuda al desarrollo en el Tercer Mundo financiados por la Generalitat y al proyecto de construcci¨®n de un hospital en Hait¨ª tras el terremoto de 2010.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.