El juez env¨ªa al Supremo la pieza de G¨¹rtel sobre la exalcaldesa de Jerez
De la Mata atribuye a la senadora popular Garc¨ªa Pelayo un delito continuado de prevaricaci¨®n
El juez de la Audiencia Nacional Jos¨¦ de la Mata ha enviado al Tribunal Supremo la pieza del caso G¨¹rtel sobre los contratos del Ayuntamiento de Jerez con la trama liderada por Francisco Correa. El magistrado ha remitido la causa al alto tribunal, a trav¨¦s de una exposici¨®n razonada, al haber una aforada en la causa, la exalcaldesa jerezana Mar¨ªa Jos¨¦ Garc¨ªa Pelayo, senadora del PP. De la Mata considera que Garc¨ªa Pelayo incurri¨® en un delito de prevaricaci¨®n continuada por los contratos administrativos del Instituto para la Promoci¨®n y Desarrollo de la Ciudad de Jerez, el stand de la ciudad en la feria de turismo Fitur en 2004, una muestra ecuestre en la Plaza Mayor de Madrid y un espect¨¢culo de flamenco en el parque del Retiro de la capital. Seg¨²n el magistrado, en estos todos contratos, por valor de 355.391 euros, se produjeron ¡°groseras irregularidades¡±.
De la Mata constata que en el caso del stand de Fitur, empresas y personas vinculadas a Correa efectuaron gestiones, contratos y pagos a proveedores ¡°con anterioridad al procedimiento formal de contrataci¨®n¡±. Las mercantiles Special Events y Down Town elaboraron su documentaci¨®n administrativa para presentarla a los concursos de los que resultaron adjudicatarios cuando los trabajos ya se hab¨ªan realizado.
¡°Todos los expedientes administrativos incurrieron en groseras irregularidades: fueron aprobados por ¨®rgano no competente en todas sus fases; no se adopt¨® la modalidad de contrataci¨®n legalmente establecida; no se procur¨® la concurrencia; no se adjudicaron siguiendo procedimientos objetivos; no se exigi¨® la constituci¨®n de fianza¡±, se?ala De la Mata en su escrito al Supremo.
El juez se?ala que aunque el encargado de celebrar los contratos era el consejo rector del Instituto para la Promoci¨®n y Desarrollo, Garc¨ªa Pelayo ¡°aprob¨® personalmente, con conciencia de su falta de competencia, los concursos, los pliegos y la adjudicaci¨®n de los contratos¡±. Con posterioridad a la prestaci¨®n del servicio, afirma De la Mata, la ya exregidora ¡°someti¨® el asunto a la ratificaci¨®n del Consejo Rector¡±. Seg¨²n el juez, Garc¨ªa-Pelayo conoci¨® entonces que ¡°todos los documentos presentados por las empresas y los propios documentos administrativos se confeccionaron, se presentaron y se incorporaron a los expedientes en fecha posterior a la que se hizo constar en los mismos¡±.
De la mata tipifica los hechos como un delito de prevaricaci¨®n continuada en tanto ¡°todas las resoluciones administrativas investigadas eran falsas, se firmaron con posterioridad a las fechas que figuran consignadas en las mismas y no se correspondieron en absoluto con la realidad de expedientes administrativos reales¡±. Toda la actuaci¨®n desarrollada por la persona aforada, se?ala el juez, "con la participaci¨®n del resto de imputados [siete en total] fue adem¨¢s injusta. Se llev¨® a cabo para evitar la transparencia, publicidad y libre concurrencia de otras empresas".
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