Absueltos los polic¨ªas acusados de abusar de internas en el CIE de M¨¢laga
El tribunal reprueba las fiestas celebradas con estas mujeres, pero no cree acreditadas las relaciones sexuales
En los meses de junio y julio de 2006, dos agentes de la polic¨ªa destinados en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de M¨¢laga organizaron en estas dependencias cenas de madrugada con algunas internas. Hab¨ªa comida y bebidas alcoh¨®licas, se escuchaba m¨²sica, se ¡°intimaba¡± con ellas y se fotografiaban juntos. En estas fiestas particip¨® otro agente externo y las mujeres recibieron regalos como tabaco, perfume y chocolate. Tambi¨¦n se les dej¨® utilizar el tel¨¦fono m¨®vil.
Estos son los hechos que considera probados el tribunal de la Audiencia de M¨¢laga que ha juzgado el caso por supuestos abusos sexuales en este CIE, destapado en 2006 en medio de un gran revuelo medi¨¢tico. El centro fue cerrado en junio de 2012 por su mal estado. La Secci¨®n Tercera de la Audiencia Provincial, en su sentencia, tacha esta pr¨¢ctica de ¡°absolutamente inadecuada¡±, pero entiende que no aporta ¡°entidad suficiente¡± para corroborar supuestos abusos por parte de los agentes acusados y ha absuelto a las cuatro personas que permanec¨ªan acusadas en el procedimiento.
Este caso estall¨® a mediados de 2006 con nueve implicados y la vista oral se celebr¨® contra cinco de ellos. Al final del juicio, todas las acusaciones retiraron los cargos contra uno de ellos y ahora se ha dictado sentencia absolutoria para todos ellos.
El tribunal afirma que tanto los polic¨ªas como sus superiores tendr¨ªan que haber evitado estas conductas y remite a una posible sanci¨®n administrativa y disciplinaria. Pero descarta una infracci¨®n penal. ¡°El hecho de que alguna limpiadora encontrara en su quehacer diario preservativos que se dicen usados en previas relaciones sexuales, no implica necesariamente que tales preservativos fueran usados por algunos de los acusados¡±, argumenta la sentencia, que recuerda el testimonio de otros testigos que dijeron que las internas llevaban en sus equipajes condones que a veces ¡°inflaban¡± y ¡°usaban como globos¡±, llenos de agua, para jugar.
¡°No existe en el procedimiento ning¨²n dato objetivo o subjetivo, al que pueda d¨¢rsele plena credibilidad, que corrobore la existencia de los delitos de abusos sexuales¡±, afirman los magistrados. La sala tambi¨¦n alude a las ¡°importantes contradicciones¡± detectadas en las distintas declaraciones prestadas por la principal testigo del caso, cuyas manifestaciones ¡°no resultan cre¨ªbles¡±.
En uno de los fundamentos de la sentencia, el tribunal atiende la petici¨®n de Andaluc¨ªa Acoge, una de las acusaciones en el proceso, para que se exponga al Gobierno la necesidad de que ¡°la mera solicitud sexual¡± a un interno de un funcionario de la Polic¨ªa adscrito a un CIE sea castigada por el C¨®digo Penal. Actualmente no lo est¨¢, algo que s¨ª ocurre con los funcionarios de prisiones o de los centros de menores. ¡°Por mera coherencia legislativa, la acci¨®n mencionada es digna de represi¨®n, debiera ser sancionada penalmente¡±, estiman los jueces, que entienden que este supuesto deber¨ªa equipararse en los Centros de Internamiento de Extranjeros con lo que ocurre en las otras dependencias.
El juicio del caso CIE se prolong¨® durante un a?o y medio por el intento de localizar en el extranjero a algunas supuestas v¨ªctimas y testigos protegidos. Este periodo de tiempo es calificado por el tribunal de ¡°inusual¡±.
En el tr¨¢mite de conclusiones finales e informes, result¨® llamativo que el fiscal, que mantuvo la acusaci¨®n contra los cuatro acusados ahora absueltos, se mostrara en desacuerdo con dichos cargos y dijera que los manten¨ªa de orden de sus superiores.
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