¡°El nuevo C¨®digo Penal garantiza el derecho de los que respetan la ley¡±
El ministro explica el nuevo C¨®digo Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana, que entran en vigor el pr¨®ximo 1 de julio
El 1 de julio entran en vigor el nuevo C¨®digo Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza. A partir de ese d¨ªa no existir¨¢n las faltas, que pasar¨¢n a ser delitos leves o infracciones administrativas castigadas sin intervenci¨®n judicial. El ministro de Justicia, Rafael Catal¨¢ (Madrid, 1961), explica que esas normas no limitan el derecho de manifestaci¨®n, sino que garantiza que lo puedan ejercer los que cumplen la ley, frente a los violentos. Desde el 1 de julio en Espa?a habr¨¢ prisi¨®n permanente revisable, equivalente a la cadena perpetua.
?Pregunta. ?Qu¨¦ balance hace de la legislatura en asuntos de Justicia?
Respuesta. Esta legislatura, a la que a¨²n le queda, se recordar¨¢ con un balance muy intenso. Estaremos aprobando en el conjunto de la legislatura 14 leyes de sectores tan diferentes como la navegaci¨®n mar¨ªtima, la mediaci¨®n, aspectos procesales de agilizaci¨®n de la Justicia como la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial y la de Enjuiciamiento Criminal y la de Enjuiciamiento Civil, el Estatuto de la V¨ªctima, la de nacionalidad de los sefard¨ªes¡.ser¨¢ una legislatura reformista. Orientada a una Justicia m¨¢s ¨¢gil y pr¨®xima a los ciudadanos.
P. Pero ha sido una legislatura cargada de rectificaciones legislativas.
R. M¨¢s que rectificaciones lo que ha habido son ajustes a la realidad social y al momento de la legislatura. Empez¨® con comisiones de expertos para el an¨¢lisis de temas trascendentes, como la organizaci¨®n de la Justicia y la Justicia penal. Fruto de las conclusiones de expertos se pusieron en marcha proyectos legislativos que, como es l¨®gico, al no formar parte de la estructura de Gobierno y de partido han debido ser perfilados y ajustados por el Ministerio de Justicia y ah¨ª es donde han podido verse como rectificaciones. Por ejemplo, cuando los expertos planteaban que la instrucci¨®n fiscal la hicieran los fiscales que desde el punto de vista doctrinal puede ser muy razonable, pero desde el punto de vista de aplicaci¨®n pr¨¢ctica y de gesti¨®n requiere un conjunto de reformas y transformaciones que no ten¨ªamos tiempo y por eso se abandona esa idea. Lo mismo ocurri¨® con la supresi¨®n de partidos judiciales.
P. Por ejemplo, ?al cambiar solo parcialmente la Ley de Enjuiciamiento Criminal se ha perdido la ocasi¨®n de establecer un nuevo proceso penal y se ha perdido la legislatura?
R. En absoluto. Porque las reformas que hacemos son muy importantes en todo caso, con la segunda instancia penal, los plazos m¨¢ximos para la instrucci¨®n, el tr¨¢mite administrativo de los asuntos sin autor conocido, el reforzamiento del proceso monitorio, las medidas de investigaci¨®n tecnol¨®gica para el proceso penal¡. No es una reforma integral es cierto, pero no por eso dejan de tener relevancia y en todo caso ese cambio del proceso penal queda pendiente para 2016, porque hay un alto grado de consenso, aunque en esta legislatura ya no hab¨ªa tiempo para aprobar la ley.
No ten¨ªa sentido que la Justicia espa?ola investigara y juzgara casos en los que hab¨ªa otros sistemas judiciales o con escas¨ªsima vinculaci¨®n a Espa?a
P. En esta legislatura se ha puesto fin a la justicia universal, ?qu¨¦ le parecen las cr¨ªticas de los jueces de la Audiencia Nacional?
R. Lo que aprob¨® el Parlamento ha pretendido situarnos en el contexto de las naciones de nuestro entorno. Estamos en un sistema de confianza mutua y de reconocimiento de los sistemas judiciales de los pa¨ªses desarrollados. Para que el sistema judicial espa?ol act¨²e tienen que concurrir una serie de circunstancias claras y objetivas. No ten¨ªa sentido que la Justicia espa?ola investigara y juzgara casos en los que hab¨ªa otros sistemas judiciales o con escas¨ªsima vinculaci¨®n a Espa?a. La reforma ha llevado a un punto de equilibrio que garantiza la inexistencia de impunidad y que conf¨ªa en que los sistemas judiciales de otros pa¨ªses tienen una garant¨ªa como la nuestra y no debemos inmiscuirnos en otros.
P. Pero en el caso Couso, en concreto, un juez ha lamentado que quede sin investigar un asesinato de un espa?ol.
R. Estamos hablando de un pa¨ªs como Estados Unidos al que no podemos hacerle mucha cr¨ªtica de no ser un pa¨ªs democr¨¢tico y con garant¨ªas judiciales de primera calidad, porque nos ha ayudado a recuperar las libertades y la democracia. Cuando el Gobierno espa?ol se dirige al norteamericano a instancias de la Audiencia Nacional para pedirle informaci¨®n y Estados Unidos informa de que se han llevado a cabo labores de investigaci¨®n y consideran que no hay elementos probatorios suficientes para una actuaci¨®n jurisdiccional, si eso lo emite un Gobierno democr¨¢tico, parece que hay que respetarlo. Nos dicen que si alguien puede aportar material para que se investigue en Estados Unidos ellos est¨¢n dispuestos a recibirla, ha habido una colaboraci¨®n razonable y fluida entre las peticiones del juez y Estados Unidos.
P. ?Qu¨¦ supone la entrada en vigor del nuevo C¨®digo Penal?
R. Est¨¢ orientado a tres objetivos: agilizar la Justicia, dar respuesta m¨¢s adecuada a nuevas formas de delincuencia y como compromiso de una sociedad democr¨¢tica para reforzar los sistemas de protecci¨®n a los m¨¢s d¨¦biles.
P. ?Hab¨ªa necesidad de endurecer de nuevo el C¨®digo Penal como se hace cada legislatura?
R. Es verdad que en cada legislatura se reforma, seguramente por la legitimidad democr¨¢tica de cada Gobierno para ajustar tipos penales y tambi¨¦n por una causa estructural y es que la delincuencia, sobre todo la organizada, cambia. No comparto que se endurezca necesariamente, hay algunos en los que se reconoce alguna singularidad y se flexibiliza la aplicaci¨®n de la norma, incluso con supresi¨®n de faltas. Se refuerza la sanci¨®n penal para algunos comportamientos que quiz¨¢s era demasiado tenue, pero tambi¨¦n es verdad que se flexibiliza la interpretaci¨®n como en casos de inmigraci¨®n ilegal y trata de seres humanos que cambia la interpretaci¨®n que puedan hacer los jueces cuando haya causas humanitarias. Por ejemplo, en lo que hemos llamado ¡°el caso del ni?o de la maleta¡± no se busca un tr¨¢fico de seres humanos, sino que tiene m¨¢s que ver con inmigraci¨®n ilegal y con circunstancias de necesidad personal.
P. Una parte de las faltas se van a sancionar como multas administrativas sin intervenci¨®n judicial.
Se refuerza la sanci¨®n penal para algunos comportamientos que quiz¨¢s era demasiado tenue y se flexibiliza la interpretaci¨®n en casos de inmigraci¨®n ilegal
R. Eso significa que conductas que estaban sancionadas como faltas en el C¨®digo Penal pasan a tener un tratamiento puramente administrativo y esto no tiene que ver con la revisi¨®n de la trascendencia de esas conductas sino con que pr¨¢cticamente la mitad de los asuntos penales que llegaban a los jueces, m¨¢s de tres millones de asuntos, eran faltas y hab¨ªa un sentimiento generalizado de que hab¨ªa un exceso de carga para asuntos triviales y sin relevancia que pod¨ªan ser tratados como sanci¨®n administrativa sin dedicar tantos recursos. Se sacan de encima de la mesa de los jueces m¨¢s de tres millones de asuntos y eso va a permitir que se dediquen a asuntos m¨¢s importantes.
P. Pero pasan a la ley de seguridad ciudadana, conocida como ley mordaza, sin intervenci¨®n de los jueces, ?eso no resta garant¨ªas para los ciudadanos?
R. En el procedimiento administrativo en Espa?a est¨¢ garantizada la representaci¨®n, la defensa, la audiencia de las partes, el ejercicio de derechos. El proceso administrativo es muy garantista, no es menos garantista que el judicial, aunque es verdad que quien resuelve no es un juez sino un responsable de la administraci¨®n.
P. La ley de seguridad ciudadana, combinada con el C¨®digo Penal, da una impresi¨®n de que este Gobierno ha legislado para restringir derechos como el de manifestaci¨®n.
R. Tampoco estoy en absoluto de acuerdo. No creo que ninguna de las dos reformas vayan dirigidas a limitar derechos, sino a limitar los comportamientos que no respetan los derechos del resto de la sociedad, porque nadie menoscaba o limita el derecho de manifestaci¨®n, sino que cuando con ocasi¨®n del ejercicio de un derecho se producen agresiones o violaciones de derechos de otros puedan ser reprimidos esos comportamientos para garantizar los derechos de quienes quieren hacerlo sin incurrir en ninguna ilegalidad, ni delinquir. A nadie se limita el derecho a manifestarse, se garantiza que a quien quiera manifestarse y respete la ley no vea alterado su derecho por los que quieran alterar el orden, agredir a las fuerzas de seguridad o encapuchados quemar contenedores.
P. ?Era necesaria la prisi¨®n permanente revisable teniendo en cuenta que ya se cumpl¨ªan 40 a?os para delitos muy graves?
R. Formaba parte del compromiso electoral con el que Mariano Rajoy logr¨® mayor¨ªa absoluta y por lo tanto cuando nos planteamos las reformas de la legislatura, esta es una pieza a la que nos hab¨ªamos comprometido. Forma parte de los ordenamientos jur¨ªdicos de toda Europa, en todos ellos hay figuras equivalentes. En Espa?a tenemos alg¨²n precedente que nos ha puesto de manifiesto que la supervisi¨®n de la rehabilitaci¨®n de los condenados no ha funcionado adecuadamente. Ha habido personas que han cumplido su condena, han salido a la calle y han vuelto a delinquir, porque no basta con el mero transcurso del tiempo, hay que acreditar que la rehabilitaci¨®n ha funcionado adecuadamente. En los delitos de terrorismo, pederastia, agresi¨®n sexual con resultado de muerte...al ser tan grav¨ªsimos se establece esta figura que lo que busca es asegurar que cuando se va cumpliendo la condena antes de proceder al otorgamiento de beneficios o al final de la condena se acredite que se ha producido la rehabilitaci¨®n.
P. ?Es bueno que esta reforma haya salido sin consenso ni apoyo alguno?
No creo que ninguna de las dos reformas vayan dirigidas a limitar derechos, sino a limitar los comportamientos que no respetan los derechos del resto de la sociedad
R. Hemos trabajado para conseguir el m¨¢ximo apoyo. Hasta 400 enmiendas al C¨®digo Penal han sido aprobadas o transaccionadas con flexibilidad. Quiz¨¢s habr¨ªa que preguntar a quienes hacen casus belli de alguna cuesti¨®n que les impide apoyar propuestas del Gobierno, solo porque est¨¢n en una actitud de oponerse a todo lo que propone un Gobierno del PP, de frentismo impropio.
P. ?En qu¨¦ cambia el C¨®digo el tratamiento de la corrupci¨®n?
R. En la lucha contra la corrupci¨®n ha habido un buen n¨²mero de reformas para cerrar los espacios de impunidad para que no vuelvan a producirse. Hemos modificado el tratamiento de la financiaci¨®n ilegal y se ha tipificado como delitos, para darle respuesta penal estricta. Hemos admitido la responsabilidad de los partidos como persona jur¨ªdica. Y en relaci¨®n a las personas que cometen estos delitos se han fortalecido las penas principales y accesorias y la inhabilitaci¨®n en el ejercicio de sus funciones se ampl¨ªan los plazos y se incorpora una pena de inhabilitaci¨®n especial de sufragio pasivo para que no puedan ir en las listas. Y un cambio que tiene que ver con el fruto del delito, reforzando las puertas del decomiso.
P. Un caso concreto: un partido comete financiaci¨®n ilegal, ?se le puede condenar?
R. Los partidos como personas jur¨ªdicas pasan a estar sometidas a responsabilidad penal y si se acredita que han cometido un delito y que no han cumplido con pr¨¢cticas de transparencia la diligencia debida y de control para evitar los delitos son responsables penalmente.
P. ?Si fueran verdad las acusaciones contra el PP en el caso G¨¹rtel y esos hechos hubieran tenido lugar despu¨¦s de la entrada en vigor del C¨®digo Penal los responsables del partido podr¨ªan ser condenados?
R. Son muchas suposiciones sucesivas. A partir de la entrada en vigor del nuevo C¨®digo, los partidos que incurran en financiaci¨®n ilegal y no han tomado las pr¨¢cticas establecidas de control puede ser condenado.
P. ?Qui¨¦n ser¨ªa condenado?
R. Habr¨ªa que esperar la sentencia, ser¨ªa la personas jur¨ªdica y en funci¨®n de sus estatutos los responsables de esa persona jur¨ªdica, como a una empresa o sociedad.
P. ?En el caso G¨¹rtel ha sido correcta la actuaci¨®n del PP?
R. En este caso y en cualquier otro sometido a instrucci¨®n jurisdiccional no es muy prudente que yo me pronuncie. Hay un sumario muy complejo y lo razonable es esperar a la sentencia.
P. ?C¨®mo se ampl¨ªa a un procedimiento tan complicado que, por ejemplo, exige comisiones rogatorias, la limitaci¨®n del tiempo de instrucci¨®n?
No creo que a un juez de carrera le descalifique para el ejercicio de su actividad haber desarrollado un tiempo en labores gubernativas, al contrario, completa su perfil y experiencia?
R. Las normas generales deben aplicarse a los casos generales. Cuando legislamos prevemos situaciones generales, no las excepciones. La limitaci¨®n de plazos a 6 o 18 meses se adecua a los tiempos actuales que seg¨²n los informes del Poder Judicial. De los m¨¢s de 8 millones de casos que se tramitan, 6 millones son penales y coinciden bastante bien esos tiempos con la media. Los que se dilatan durante a?os transmiten la imagen de Justicia lenta, pero hay centenares de miles de asuntos que se tramitan en poco tiempo. Por eso los plazos que fijamos van a ser perfectamente aplicables sin tensi¨®n ni distorsi¨®n. Para los casos excepcionales existe la excepci¨®n en la norma, para que se puedan ampliarse los plazos otros 18 meses y le aseguro que en tres a?os ya est¨¢ cerrado el 99% de los asuntos Y si las circunstancias lo justifican se puede ampliar a¨²n m¨¢s. Se pretende garantizar el compromiso de la Justicia con los ciudadanos.
P. ?C¨®mo explicar que en la sala que juzgar¨¢ G¨¹rtel haya dos exvocales del Poder Judicial propuestos por el PP?
R. El juicio oral se reparte conforme a reglas establecidas por la Audiencia Nacional y recae en una de las salas con jueces profesionales y de carrera, que han desempe?ado distintos destinos y algunos en puestos gubernativos o de gesti¨®n de la carrera judicial. No creo que a un juez de carrera le descalifique para el ejercicio de su actividad haber desarrollado un tiempo en labores gubernativas, al contrario, completa su perfil y experiencia y visi¨®n.
P. ?Tienen tratamiento penal los tuits conocidos con bromas sobre el holocausto y el terrorismo?
R. Una de las novedades del C¨®digo para incrementar la protecci¨®n de los m¨¢s d¨¦biles es fortalecer los delitos de incitaci¨®n al odio y la violencia, negaci¨®n del genocidio, humillaci¨®n¡se incrementa la pena si se comete a trav¨¦s de internet. Eran de un m¨¢ximo de tres a?os y pasan a un m¨¢ximo de cuatro a?os. Hay un reforzamiento del reproche a estos comportamientos, fruto de la realidad de una sociedad democr¨¢tica y tolerante que no consiente que por razones de origen racial, sexo o religi¨®n puedan producirse este tipo de discriminaciones. Sobre los tuits que hemos conocido estos d¨ªas de personas que van a desempe?ar funciones en el ayuntamiento tendr¨¢ que decidir la justicia si incurren en estos tipos, s¨ª manifiesto mi rechazo absoluto a este tipo de comentarios vejatorios y humillantes, en particular cuando se dirige a las v¨ªctimas del terrorismo y del delito, es impropio de cualquier ciudadano y mucho m¨¢s de quien pretende desempe?ar representaci¨®n de intereses generales. Si tiene trascendencia penal o no tendr¨¢n que establecerlo los jueces.
P. ?Le preocupa la llegada de Podemos a las instituciones?
R. Es manifestaci¨®n de la decisi¨®n de las elecciones y la voluntad de los ciudadanos, es verdad que articulado con unos pactos postelectorales un tanto singulares en los que se busca cualquier mayor¨ªa por compleja que sea o contra natura con tal de desalojar al PP de las posiciones de Gobierno. Son representantes elegidos por los ciudadanos y lo ¨²nico que me puede preocupar es que las pol¨ªticas que se lleven a cabo no entorpezcan el proceso de recuperaci¨®n econ¨®mica.
P. ?Se aprobar¨¢ esta legislatura la reforma parcial del aborto?
R. El presidente anunci¨® que se paraba el proyecto anterior con la garant¨ªa de que se legislaba sobre el permiso de las menores y eso est¨¢ en tr¨¢mite de aprobaci¨®n.
P. ?Si el Tribunal Constitucional anula parte de la ley de plazos qu¨¦ har¨¢ el Gobierno?
R. Habr¨ªa que analizarlo.
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