Gri?¨¢n pide que se anule el auto contra ¨¦l por no estar ya aforado
La defensa del expresidente considera que la decisi¨®n de si se le sigue investigando no corresponde al juez, sino a la Sala de lo Penal
El expresidente de Andaluc¨ªa Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n ha pedido al Tribunal Supremo que anule el auto mediante el que el instructor del caso de los ERE le imput¨® la semana pasada un delito de prevaricaci¨®n. La defensa de Gri?¨¢n considera que ese escrito es nulo de pleno derecho porque viola un auto de noviembre de 2014 en el que la Sala de lo Penal estableci¨® que el Supremo solo es competente para investigar a los aforados nacionales imputados en este caso.
Gri?¨¢n dimiti¨® como senador y dej¨® de estar aforado el 15 de junio, diez d¨ªas antes del auto del juez Alberto Jorge Barreiro, por lo que su defensa sostiene que, antes de abrir una causa contra ¨¦l por prevaricaci¨®n, el magistrado deb¨ªa haber consultado a la sala si el Supremo sigue siendo competente para investigarle.
Gri?¨¢n reclama la nulidad del auto en un recurso de apelaci¨®n presentado ayer en el Supremo en el que cuestiona todos los argumentos del instructor para imputarle. Las cr¨ªticas de Gri?¨¢n se suman a las recogidas en los escritos que en los ¨²ltimos d¨ªas han presentado las defensas del tambi¨¦n expresidente Manuel Chaves y del exconsejero Gaspar Zarr¨ªas, que han lanzado duros reproches al instructor.
En el caso de Gri?¨¢n, su abogado, Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano, rechaza que se le pueda acusar de un delito de prevaricaci¨®n, que castiga a la autoridad o funcionario p¨²blico que, ¡°a sabiendas de su injusticia¡±, dicte una resoluci¨®n arbitraria en un asunto administrativo (art¨ªculo 404 del C¨®digo Penal). La defensa sostiene que Gri?¨¢n nunca adopt¨® una resoluci¨®n decisoria en los ERE, ni como consejero de Hacienda (2004-2009) ni como presidente (2004-2013), y cita jurisprudencia del Supremo para recordar que para que una conducta sea considerada prevaricadora no basta con que haya existido una irregularidad administrativa. ¡°Es preciso algo m¨¢s que permita diferenciar las meras ilegalidades administrativas y las conductas constitutivas de infracci¨®n penal¡±, afirma la defensa.
¡°No existiendo posibilidad de acto de decisi¨®n, no puede existir delito de prevaricaci¨®n¡±, razona el abogado, que a?ade que todas las resoluciones relacionadas con las ayudas sociolaborales fueron adoptadas por el Parlamento Andaluz. ¡°Y desde ese momento pasan a ser un acto del legislativo, no administrativo, con lo que se desvanece el presupuesto del delito de prevaricaci¨®n¡±, concluye.
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