Andaluc¨ªa promueve medidas para impedir la brecha salarial de g¨¦nero
Un anteproyecto de ley obligar¨¢ a establecer centros de infantil en empresas de m¨¢s de 500 trabajadores y multas de hasta 120.000 euros por discriminaci¨®n sexual
El Gobierno andaluz ha aprobado un anteproyecto de ley para promover la igualdad en todos los ¨¢mbitos, desde el empresarial hasta el educativo. La propuesta prev¨¦ sanciones de entre 6.000 y 120.000 euros para aquellas entidades que incurran en alg¨²n tipo de discriminaci¨®n e incluye medidas como la obligaci¨®n de establecer centros de infantil en empresas con m¨¢s de 500 trabajadores, la inclusi¨®n de planes de igualdad en las aulas o auditor¨ªas e inspecciones para evitar la brecha salarial entre g¨¦neros. Estas son las principales novedades:
Empresas y profesionales. Los colegios profesionales en Andaluc¨ªa deber¨¢n establecer los mecanismos para la representaci¨®n equilibrada de mujeres y hombres del ¨¢mbito de la profesi¨®n que corresponda.
Los Planes de Actuaci¨®n de la Inspecci¨®n de Trabajo recoger¨¢n como objetivo prioritario la actuaci¨®n contra la discriminaci¨®n laboral directa e indirecta. La Comisi¨®n Territorial de la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social incluir¨¢ en la planificaci¨®n anual las medidas para combatir este tipo de discriminaci¨®n laboral as¨ª como el acoso sexual y el acoso por raz¨®n de sexo.
Empleo realizar¨¢ peri¨®dicamente estudios que permitan analizar las diferencias retributivas entre mujeres y hombres en las empresas de Andaluc¨ªa y establecer¨¢n incentivos para erradicarlas.
En los convenios colectivos, se impedir¨¢ la inclusi¨®n de cl¨¢usulas discriminatorias y se promover¨¢ la elaboraci¨®n de recomendaciones o cl¨¢usulas tipo en materia de corresponsabilidad y de conciliaci¨®n de la vida laboral, familiar y personal.
En caso de existir igualdad de capacitaci¨®n, se dar¨¢ prioridad a las mujeres en aquellos cuerpos, niveles o categor¨ªas de puestos de trabajo en los que la representaci¨®n de ¨¦stas sea inferior a un 40%.
Los centros de trabajo en Andaluc¨ªa que integren f¨ªsicamente a 500 o m¨¢s personas trabajadoras, deber¨¢n promover la instalaci¨®n y dotaci¨®n de un Centro de Educaci¨®n Infantil de primer y segundo ciclo, de acuerdo a las necesidades de conciliaci¨®n de las empleadas y los empleados.
Educaci¨®n. Los Planes de Igualdad ser¨¢n obligatorios en los centros educativos as¨ª como la puesta en marcha de redes voluntarias de proyectos coeducativos.
Los centros de educaci¨®n obligatoria, tanto p¨²blicos como privados, garantizar¨¢n el desarrollo de medidas orientadas a facilitar la conciliaci¨®n de la vida laboral, familiar y personal.
El sistema universitario andaluz adoptar¨¢ las medidas necesarias para que se incluyan ense?anzas obligatorias en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Salud. Los profesionales recibir¨¢n formaci¨®n para desarrollar sus capacidades en detecci¨®n y atenci¨®n de las situaciones de agresi¨®n y abuso sexual, mutilaci¨®n genital femenina y violencia de g¨¦nero.
Competencia.? El Instituto Andaluz de la Mujer asumir¨¢ el asesoramiento y la defensa institucional de todas las mujeres en Andaluc¨ªa ante situaciones de discriminaci¨®n. Para ello, podr¨¢ investigar, negociar, difundir y colaborar con la autoridad laboral.
Infracciones.? Se prev¨¦n tres categor¨ªas.
Leves: Dificultar las investigaciones o no elaborar los planes de igualdad.
Graves: Obstrucci¨®n a la investigaci¨®n o inspecci¨®n, la implantaci¨®n de pr¨¢cticas laborales discriminatorias, la publicidad o el uso de libros de texto y materiales que presenten a las personas como superiores o inferiores o que utilicen la imagen de las mujeres como reclamo sin vinculaci¨®n al producto o asociada a? comportamientos que justifiquen o inciten a la prostituci¨®n o a la violencia, el desarrollo de actos culturales, art¨ªsticos o l¨²dicos de marcado car¨¢cter sexista y la reincidencia en dos infracciones leves.
Muy graves: Cualquier comportamiento? que tenga el prop¨®sito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de la mujer, cualquier represalia laboral a quienes presenten una queja y el empleo de lenguaje sexista en medios de comunicaci¨®n.
Sanciones. Las infracciones leves ser¨¢n sancionadas con apercibimiento o con multa de hasta 6.000 euros. Las graves, con multa de hasta 60.000 euros, exclusi¨®n de ayudas, inhabilitaciones y cierres durante tres a?os. Las infracciones muy graves ser¨¢n sancionadas con hasta 120.000 euros y ampliaci¨®n en dos a?os m¨¢s del cierre temporal o la inhabilitaci¨®n para acceder a ayudas o servicios.
Las infracciones podr¨¢n suponer tambi¨¦n la p¨¦rdida autom¨¢tica de las ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicaci¨®n de los programas de empleo.
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