El Tribunal Superior andaluz rechaza la querella contra Alaya del ¡®caso Betis¡¯
Los jueces aprecian "la existencia de una larga controversia judicial" pero no prevaricaci¨®n
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha rechazado la querella interpuesta contra la juez Mercedes Alaya por el empresario Luis Oliver, que le acusaba de prevaricaci¨®n por su instrucci¨®n del caso Betis. El fiscal ya se hab¨ªa pronunciado en contra de admitir la querella y ahora el alto tribunal ha ratificado ese rechazo. La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz considera que no hay indicios suficientes para ver que la magistrada incurri¨® en un delito continuado de prevaricaci¨®n judicial a trav¨¦s de distintas resoluciones como instructora y titular del Juzgado de Instrucci¨®n 6 de Sevilla, antes de su ascenso a la Audiencia. "No puede extraerse, por m¨¢s que pudieran ser procesalmente incorrectas o discutibles las decisiones adoptadas, que las consecuencias de las mismas fueran demostrativas de una voluntad prevaricadora", determinan los jueces sobre la instrucci¨®n del caso Betis.
Alaya investig¨® la gesti¨®n del Betis por parte de Manuel Ruiz de Lopera y Oliver, que le acus¨® el pasado verano de prevaricar para tener "el control absoluto" del club, que ha estado intervenido judicialmente entre 2010 y 2015. "Los hechos carecen de relevancia penal (...) El modelo de actuaci¨®n procesal adoptado no era el ¨²nico que pod¨ªa seguirse, pero, como indica el Ministerio Fiscal en su informe, ello no implica que las resoluciones adoptadas en tal sentido por la se?ora juez deban entenderse, cuando tales decisiones contrar¨ªan los intereses de la querellante, como resoluciones prevaricadoras", indica el auto, cuyo ponente ha sido el juez Ruiz-Rico.
La Sala concluye que las resoluciones adoptadas por la magistrada no eran prevaricadoras y que tan solo demuestran "la existencia de una larga controversia judicial, en la que ha habido decisiones judiciales, algunas de ellas corregidas v¨ªa recurso, pero en todo caso dictadas conforme a una determinada interpretaci¨®n de la norma aplicable en cada caso y que en manera alguna pueden ser consideradas como arbitrarias o il¨ªcitas".
Entre las actuaciones denunciadas por Oliver destaca la intervenci¨®n del m¨®vil del empresario, una medida que consideran "proporcionada". "Estuvieron motivados en lo necesario, quiz¨¢s la finalidad perseguida de obtener informaci¨®n relevante sobre hechos y circunstancias importantes no aparecer¨ªa claramente evidenciada en aquellas resoluciones, ello se complet¨® (...) se acot¨® temporalmente la observaci¨®n del terminal (...) y estuvieron sometidas al control judicial", estiman los magistrados.
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