La reforma permite al Constitucional destituir al presidente del Gobierno
La oposici¨®n y juristas cuestionan el contenido t¨¦cnico del cambio
El Tribunal Constitucional podr¨¢ suspender de sus funciones al presidente del Gobierno y a cualquier otro cargo p¨²blico sin tiempo tasado, sin recurso y sin intervenci¨®n parlamentaria, seg¨²n la reforma de la ley org¨¢nica que prev¨¦ aprobar el PP la pr¨®xima semana en el Congreso y que cuestionan la oposici¨®n y constitucionalistas consultados por EL PA?S. La Constituci¨®n solo prev¨¦ la destituci¨®n del presidente por moci¨®n de censura, moci¨®n de confianza y elecciones. Hoy se cerrar¨¢ el plazo de enmiendas y el PP no permitir¨¢ que se introduzcan cambios en su texto, rechazado por todos los dem¨¢s grupos.
La reforma de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional est¨¢ dirigida a frenar cualquier intento secesionista del presidente de la Generalitat, Artur Mas, pero expertos juristas y portavoces de la oposici¨®n advierten de que tal y como est¨¢ redactada podr¨ªa ser aplicada a todos los altos cargos, incluyendo al presidente del Gobierno.
Suspensi¨®n durante ¡°el tiempo preciso¡±
La reforma faculta al Tribunal Constitucional a suspender a cargos p¨²blicos por el ¡°tiempo preciso¡± y sin recursos. Primero se pide un informe al cargo p¨²blico afectado.
¡°Recibido el informe o transcurrido el plazo fijado, si el Tribunal apreciase el incumplimiento total o parcial de su resoluci¨®n, podr¨¢ acordar la suspensi¨®n en sus funciones de las autoridades o empleados p¨²blicos de la Administraci¨®n responsable del incumplimiento, durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal¡±.
Hoy mi¨¦rcoles termina el plazo de enmiendas en el procedimiento de extrema urgencia que el Gobierno ha elegido y que impide que pase por ponencia y comisi¨®n para debatir los detalles t¨¦cnicos. Los socialistas no presentar¨¢n enmiendas parciales porque est¨¢n en contra de todo el texto y quieren su devoluci¨®n y el PP, seg¨²n su portavoz Rafael Hernando, tampoco tiene previsto hacerlo, por lo que la reforma entrar¨¢ en vigor tal y como est¨¢ redactada. En el Senado no pueden introducirse cambios porque no habr¨ªa tiempo de aprobarla.
El portavoz del PSOE, Antonio Hernando, asegura estar alarmado por las deficiencias t¨¦cnicas del breve texto del PP. La reforma permite que el Tribunal Constitucional suspenda a los altos cargos que considera incumplen sus resoluciones. Pero no especifica el grado de incumplimiento, ni el procedimiento concreto de suspensi¨®n, ni la posibilidad de recurso, ni el tiempo de suspensi¨®n.
La Constituci¨®n solo establece como causas de destituci¨®n de un presidente la moci¨®n de censura, la cuesti¨®n de confianza y las elecciones. Con esta reforma, se establece uno distinto no previsto en la Constituci¨®n, que es solo la decisi¨®n del Tribunal. Ser¨ªa la ¨²nica sanci¨®n de este tipo que no cumple la exigencia del derecho penal de tener una pena concreta preestablecida, porque la norma solo habla de ¡°el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del tribunal¡±.
El socialista Hernando asegur¨® en el Congreso que ¡°el Tribunal Constitucional podr¨ªa a partir de ahora suspender las funciones de un presidente de una comunidad o del propio presidente del Gobierno. Ustedes quieren dar al Tribunal un aut¨¦ntico poder de suspender al presidente sin impeachment y sin censura previa de las Cortes. ?Se dan cuenta de lo que est¨¢n haciendo? ?Saben la gravedad que tiene? Es imposible conjugar lo que quieren hacer en esta ley con nuestro sistema constitucional. No es posible destituirle a trav¨¦s de una decisi¨®n del Constitucional. Esta es la barbaridad que est¨¢n haciendo¡±.
Las preguntas de la oposici¨®n
El socialista Antonio Hernando dirigi¨® en el Congreso una bater¨ªa de preguntas al PP sobre la reforma legal que no obtuvieron respuesta: ¡°?Qui¨¦n puede revisar estas decisiones del Constitucional? No lo dicen. ?Qu¨¦ recursos puede plantear la autoridad suspendida en el ejercicio de sus funciones y ante qui¨¦n? No lo saben. ?Cu¨¢ndo tomar¨ªa el Tribunal estas decisiones? No consta. ?C¨®mo elegir¨ªa el Tribunal entre las diferentes posibilidades que establece el art¨ªculo 92? No se contempla. El proyecto es tan defectuoso t¨¦cnicamente que no determina los supuestos en los que debe aplicar una u otra medida coercitiva del art¨ªculo 92. ?Y c¨®mo act¨²a el Tribunal Constitucional? ?Por razones de oportunidad? ?Como si fuera un ¨®rgano pol¨ªtico?¡±.
Expertos constitucionalistas consultados coinciden con la oposici¨®n. Aseguran que la reforma da al tribunal un poder ¡°extraordinario¡±, pero, a la vez, le mete en la arena pol¨ªtica, lo que puede acabar cuestionando la legitimidad del Constitucional.
Xavier Arb¨®s, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, considera que la reforma genera ¡°automatismos¡± en la actuaci¨®n del Constitucional. ¡°El tribunal no puede evitar el conflicto, la reforma le entrampa poni¨¦ndolo en primera l¨ªnea del debate pol¨ªtico¡±, opina Arb¨®s, que califica el cambio de ¡°dr¨¢stico e inconstitucional¡±. ¡°Hasta donde yo s¨¦, no existe ning¨²n Tribunal Constitucional que tenga las atribuciones que se quiere dar a este¡±, advierte. En Alemania hay un procedimiento como el que se quiere establecer, con la diferencia notable de que all¨ª es necesario pasar por el Parlamento. En Estados Unidos solo es posible actuar contra un presidente previo impeachment o autorizaci¨®n del Parlamento.
El catedr¨¢tico opina que hay que ser ¡°cautelosos¡± porque la reforma est¨¢ concebida ¡°claramente¡± para resoluciones suspensivas (la suspensi¨®n del refer¨¦ndum del 9-N, por ejemplo) y no para sentencias. Pero sostiene que la redacci¨®n permitir¨ªa aplicarla para apartar a cualquier cargo p¨²blico, incluido al jefe del Ejecutivo, si el Gobierno ignora un fallo del tribunal, como ya ha ocurrido. Los expertos recuerdan el caso de las competencias de la Generalitat en materia de subvenciones, reconocida por el Constitucional.
Y esta suspensi¨®n de funciones ser¨ªa por un tiempo que la reforma no define, un aspecto que tambi¨¦n cuestionan los constitucionalistas. ¡°Las sanciones tienen que ser acotadas en el tiempo¡±, advierte Arb¨®s, que incide en otro aspecto que preocupa a los expertos: la vulneraci¨®n del derecho a la segunda instancia. ¡°Si el interesado quiere recurrir, ?ante qui¨¦n recurre?¡±, pregunta Arb¨®s, que advierte que se impide la segunda instancia en algo tan trascendental como la suspensi¨®n del derecho a la participaci¨®n en la vida pol¨ªtica o el derecho al trabajo de un empleado p¨²blico.
El catedr¨¢tico Eduard Roig considera que para esquivar esta vulneraci¨®n se ha querido presentar la reforma diciendo que no permite sancionar, sino solo suspender temporalmente. ¡°Y como no sanciona no tiene que haber tr¨¢mite previo ni recurso¡±, apunta. ¡°Pero es falso. Se est¨¢ privando del derecho a que se siga un procedimiento previo y a tener opci¨®n a recurso¡±. Roig considera ¡°razonable¡± que se abra un debate sobre c¨®mo hay que garantizar el cumplimento de las sentencias del Constitucional. ¡°Pero no es razonable hacerlo as¨ª¡±, apunta.
Javier Garc¨ªa Roca, exletrado del Constitucional y director del departamento de Constitucional de la Complutense, incide en la trascendencia que tiene imponer al Constitucional el control sobre la ejecuci¨®n de sentencias por parte de los poderes p¨²blicos. ¡°Ning¨²n te¨®rico del Constitucional se ocup¨® de la ejecuci¨®n de sentencias. Pero porque cre¨ªan que eso correspond¨ªa al Parlamento¡±. Lo que hace esta reforma, advierte Garc¨ªa Roca, es ¡°trasladar¡± al Constitucional el incidente de ejecuci¨®n de sentencias de la Jurisdicci¨®n Contencioso Administrativa. ¡°Eso no se puede hacer. Porque un tribunal contencioso da instrucciones a una Administraci¨®n p¨²blica que est¨¢ sometida a las leyes, mientras que el Constitucional se lo tendr¨ªa que dar a un Parlamento o un Gobierno representativos¡±. ¡°Los que lo han hecho no saben nada o se pasan de listos¡±, se?ala.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.