Jueces y fiscales denuncian la entrada en vigor de la ¡°ley de punto final¡±
Seis asociaciones protestan por la norma que entra en vigor el 7 de diciembre y establece l¨ªmites m¨¢ximos de seis o 18 meses para la instrucci¨®n de sumarios La APM no firma el comunicado, pero pide que se cambie la norma
Seis asociaciones de jueces y fiscales han hecho p¨²blico un comunicado conjunto en el que piden la suspensi¨®n de la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por considerarla una "ley de punto final". La norma entra en vigor el 5 de diciembre y establece l¨ªmites m¨¢ximos de seis o 18 meses para la instrucci¨®n de sumarios.
?Nunca antes tantas asociaciones de jueces y fiscales hab¨ªan firmado un comunicado as¨ª. Al mismo tiempo, ya han firmado una carta similar m¨¢s de 1.000 fiscales de un total de 2.500. El comunicado lo firman Jueces para la Democracia, Asociaci¨®n de Fiscales, Asociaci¨®n de Jueces Francisco de Vitoria, Foro Judicial Independiente Asociaci¨®n Profesional e Independiente de Fiscales y Uni¨®n Progresista de Fiscales.
Las asociaciones firmantes proceden de todos los espectros ideol¨®gicos. Solo se descolg¨® en el ¨²ltimo momento la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura que, no obstante, hizo p¨²blico ayer su propio comunicado en el que critica la norma y pide que se modifique, algo que ya no ser¨¢ posible en esta legislatura. Aseguran que se trata de una objeci¨®n "esencial y profunda", que no se solventa con la entrada en vigor retrasada que piden las dem¨¢s asociaciones, "sino con su revisi¨®n y cambio". La APM ponen en duda que pueda aplicarse.
La Fiscal¨ªa del Estado ve una ¡°oscura redacci¨®n¡± de la norma
El Consejo Fiscal advirti¨® en su momento de las consecuencias del art¨ªculo que establece un l¨ªmite de seis o 18 meses en el tiempo de instrucci¨®n y pidi¨® sin ¨¦xito su retirada. Una vez culminado el tr¨¢mite parlamentario, hasta la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, propuesta por el Gobierno del PP, cuestion¨® la norma.
Madrigal remiti¨® el martes una instrucci¨®n a las fiscal¨ªas con normas sobre la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n de la reforma a la que ha tenido acceso EL PA?S. En la instrucci¨®n, advierte ¡°problemas¡± en la nueva ley, habla de ¡°oscura redacci¨®n¡± del texto que ha salido de las Cortes y pide medios de los que en este momento no dispone la carrera fiscal.
La ley fue aprobada en el Congreso y el Senado solo con los votos del PP. El ministro de Justicia, Rafael Catal¨¢, ir¨¢ el d¨ªa 20 al Consejo Fiscal a explicar su posici¨®n y la propia ley. Seg¨²n el Ejecutivo, el fin de los plazos no supone el archivo de las causas y hay ocho meses para la aplicaci¨®n retroactiva. No obstante, la instrucci¨®n de la Fiscal¨ªa General del Estado interpreta que ¡°las diligencias que sean acordadas fuera de plazo estar¨¢n afectadas por una sanci¨®n de invalidez¡±.
En el inicio de la legislatura, el Gobierno de Rajoy inici¨® con expertos una reforma global del proceso penal que inclu¨ªa dejar en manos del fiscal la instrucci¨®n, bajo la supervisi¨®n de un juez de garant¨ªas. Tras la dimisi¨®n de Alberto Ruiz-Gallard¨®n, el nuevo ministro, Rafael Catal¨¢, opt¨® por una reforma limitada que manten¨ªa la instrucci¨®n en manos de los jueces. Seg¨²n la fiscal¨ªa, con el actual modelo no tiene sentido establecer un sistema de plazos de instrucci¨®n si es el propio juez el que decide si lo prorroga o no. La pr¨®rroga est¨¢ supeditada a la petici¨®n del fiscal.
Reforma absurda
El comunicado de las seis asociaciones explica que "establecer un plazo l¨ªmite sujeto a control en nuestro modelo procesal -en el que la investigaci¨®n est¨¢ en manos del juez instructor- puede resultar absurdo, pues es el propio juez quien ha de controlar la realizaci¨®n efectiva en plazo de sus propias diligencias procesales, como es tambi¨¦n absurdo otorgar al Ministerio Fiscal, en r¨¦gimen de monopolio, la facultad de pedir pr¨®rrogas a quien est¨¢ dirigiendo y controlando la investigaci¨®n cuando puede haber desacuerdos en la misma o, incluso, desconocer el contenido o la existencia de dicha investigaci¨®n".
Explica que "ello coloca a los miembros del Ministerio Fiscal en una irresoluble tesitura, al resultar de imposible cumplimiento el mandato legal con los medios personales y materiales con que se cuenta en la actualidad, y a los jueces de instrucci¨®n en un delicado papel en el que, dirigiendo ellos la instrucci¨®n, carecen de la capacidad para prolongarla en el tiempo, si no es tras la petici¨®n del fiscal. En definitiva, el legislador ha confundido tanto el modelo procesal como el papel de los actores, lo que lleva a su ¨²ltimo extremo la falta de coherencia de la reforma".
"Por si esto fuera poco, su entrada en vigor est¨¢ prevista en el plazo de dos meses desde su publicaci¨®n. As¨ª, el 5 de diciembre se aplicar¨¢ a todos los procedimientos vigentes, es decir, habr¨¢ que revisar todas las causas penales que se encuentran en fase de instrucci¨®n en todos los juzgados de Espa?a, teniendo estos que atender la carga de trabajo ordinaria, y todo ello -como dice la propia ley- sin necesidad de habilitaci¨®n presupuestaria alguna", se quejan las asociaciones.
"Es por lo tanto, una aut¨¦ntica ley de punto final de la que va a resultar la impunidad de hechos delictivos que debieran ser castigados y, por ello, las asociaciones firmantes, solicitan la suspensi¨®n de la entrada en vigor de la reforma hasta que, al menos, no se cuente en todo el territorio nacional con los medios personales, materiales e inform¨¢ticos que posibiliten el cumplimiento de la norma", concluye el texto.
La APM pide cambiar la ley
La mayoritaria Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM) no firm¨® el comunicado del resto de asociaciones, pero cuestiona aspectos esenciales de la ley como que los magistrados no puedan prorrogar una instrucci¨®n sin que lo pida el fiscal.
Los magistrados conservadores aseguran que eso genera ¡°suspicacia¡± en ¡°muchos sectores¡± por la estructura jer¨¢rquica del Ministerio Fiscal, dado que al fiscal general lo nombra el Gobierno.
En el final del largo comunicado, la APM incluye estas cr¨ªticas al sistema de plazos de instrucci¨®n: "En todo caso, dado que la investigaci¨®n sigue encomendada al Juez de Instrucci¨®n, coincidimos con la opini¨®n generalizada de que no resulta coherente con nuestro sistema que la pr¨®rroga del tiempo de investigaci¨®n se condicione a que lo pida el Ministerio Fiscal y s¨®lo el Ministerio Fiscal.
En muchos sectores, esta previsi¨®n genera suspicacia por la manera en que se designa al Fiscal General del Estado y por la estructura jer¨¢rquica del Ministerio Fiscal. Unas razones de credibilidad que deber¨ªan haber impulsado a evitar el sistema, puesto que el mismo no a?ade ninguna ventaja respecto a que la pr¨®rroga pudiera tambi¨¦n pedirse por la defensa o pudiera acordarse adem¨¢s por el propio Juez instructor.
En todo caso, la emp¨ªrica dificultad ¨Ccasi imposibilidad- de que las investigaciones complejas culminen en el plazo inicial de 18 meses y la imposibilidad legal de que los Jueces puedan prorrogar por s¨ª mismos el tiempo de investigaci¨®n inicial, muestra claramente que los ¨®rganos a los que se encomienda la investigaci¨®n (los juzgados de instrucci¨®n) no podr¨¢n asegurar el ¨¦xito de lo que se les conf¨ªa.
Una objeci¨®n de la reforma que para nosotros es esencial y profunda, m¨¢s a¨²n si observamos su casi inmediata entrada en vigor y constatando que las infraestructuras personales, materiales e inform¨¢ticas de la Justicia, dificultar¨¢n en muchos casos la terminaci¨®n de la investigaci¨®n en el plazo inicialmente concedido por la ley. Una objeci¨®n que no se solventa con la entrada en vigor retrasada que algunos peticionan, sino con su revisi¨®n y cambio"
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