Una reforma temeraria del proceso penal
La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal se trata de un cambio parcial y expresi¨®n de un gran fracaso
Recientemente el Parlamento ha aprobado con los solos votos del Partido Popular una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se dice "para la agilizaci¨®n de la justicia penal y el fortalecimiento de las garant¨ªas procesales".
Se trata de una reforma parcial, expresi¨®n de un gran fracaso, el incumplimiento de un compromiso que hizo el Gobierno de Rajoy de hacer la reforma global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, de Alonso Mart¨ªnez, tan pomposamente anunciada.
Adem¨¢s, una reforma improvisada y llena de contradicciones, pues a la vez que mantiene la figura del juez instructor, atribuyendo a este la direcci¨®n, impulso y control de la instrucci¨®n, y no al fiscal, en algunas cuestiones clave se le dan a este esas funciones, como si ya estuvi¨¦ramos en el otro modelo de instrucci¨®n, creando una situaci¨®n que va a ser muy problem¨¢tica cara al futuro inmediato.
La reforma incluye como medida estrella la reducci¨®n del plazo m¨¢ximo de la instrucci¨®n a 6 meses, que de declararse causa compleja ser¨ªa de 18 meses, prorrogables a instancia de la fiscal¨ªa, pero nunca del propio juez instructor, medida que est¨¢ siendo ampliamente criticada por jueces y fiscales.
A lo largo del debate parlamentario el Grupo Parlamentario Socialista, como otros intervinientes, ya denunciamos que traer¨ªa la impunidad de muchos delincuentes, sobre todo en delitos complejos como los de corrupci¨®n, y que era un signo m¨¢s de la posici¨®n del Gobierno de Rajoy de aparentar luchar contra la corrupci¨®n, pero menos.?
La rechazamos porque la lectura simplista de que la justicia es lenta porque no existen plazos que impelen al ¨®rgano judicial a terminar los procesos es una lectura rid¨ªcula y ofensiva hacia los jueces encargados de la instrucci¨®n de los procesos. El Gobierno piensa que estos no acaban antes los asuntos porque no quieren, y que simplemente la imposici¨®n por ley de unos plazos va a propiciar que lo hagan, aunque la propia ley expresamente afirma que su aplicaci¨®n no supondr¨¢ m¨¢s medios materiales ni personales.?
La lucha contra la corrupci¨®n y las formas de criminalidad compleja exigen reformas de m¨¢s calado e incrementos en las dotaciones personales y de medios materiales, tanto en la administraci¨®n de justicia como en expertos y polic¨ªa judicial. Sin m¨¢s medios la instrucci¨®n seguir¨ªa siendo lenta, por mucho que se impongan plazos. Se trata, pues, de un brindis al sol, de una mera medida propagand¨ªstica, que ni va a agilizar la justicia ni a fortalecer las garant¨ªas.?
Es adem¨¢s una medida temeraria, generadora de inseguridad jur¨ªdica para las v¨ªctimas, que va a facilitar la impunidad de muchos delincuentes. La reforma no define la verdadera consecuencia del incumplimiento de los plazos, m¨¢s all¨¢ de que por s¨ª sola no dar¨¢ lugar al archivo de las actuaciones. En muchos procesos penales nos vamos a encontrar con agotamiento de los plazos de pr¨®rroga sin finalizaci¨®n efectiva de la fase de instrucci¨®n. Lo que va a conducir bien a decisiones precipitadas de cierre sin poder practicar diligencias necesarias, o a calificaciones sin fundamento, siempre en perjuicio de las v¨ªctimas, y con el evidente riesgo de que muchos delincuentes queden impunes.?
Ya el Consejo Fiscal afirm¨® que se trataba de un "gran absurdo", a¨²n mayor porque solo se reconoce la posibilidad de solicitud de pr¨®rrogas al fiscal y no al propio instructor. Lo que va a generar graves disfunciones que vienen denunciando las asociaciones de jueces y fiscales. Parece que los autores del proyecto de ley desconocen la realidad de las diligencias penales y de las fiscal¨ªas, pues en muchos casos los fiscales ni siquiera tienen conocimiento de la existencia de la causa, y , menos a¨²n, de los plazos que lleva abierta.?
El Gobierno ha sido insensible a las cr¨ªticas que se plantearon y ahora deja a los jueces y fiscales esta patata caliente. Un absoluto desprop¨®sito.?
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