Colegios y sindicatos de enfermer¨ªa promueven una huelga a la japonesa
La Mesa de la Profesi¨®n ha enviado cartas a 247.000 sanitarios para que apliquen a rajatabla el decreto que les impide usar cualquier tratamiento sin que un m¨¦dico lo avale
"No debemos aceptar ¨®rdenes verbales, y muy especialmente en lo relativo al uso de medicamentos sujetos a prescripci¨®n". Esta indicaci¨®n que ha hecho llegar la Mesa de la Profesi¨®n Enfermera (los colegios y el sindicato SATSE) a los 247.000 profesionales de esta tarea sanitaria es la respuesta al real decreto aprobado el 23 de diciembre por el Ministerio de Sanidad en el que se restring¨ªa su capacidad de decidir por su cuenta qu¨¦ f¨¢rmacos o productos usar o recomendar a los pacientes. Es decir, se trata de una especie de huelga de celo o a la japonesa al seguir a rajatabla la nueva regulaci¨®n.
La carta pone como ejemplos de las tareas que ya realiza el personal de enfermer¨ªa y que, seg¨²n el real decreto, no van a poder hacer m¨¢s si no hay una orden por escrito de un m¨¦dico. Por ejemplo, no podr¨¢n "vacunar bajo un calendario o protocolo de vacunaci¨®n, utilizar o indicar determinadas pomadas para la realizaci¨®n de curas de heridas o ¨²lceras por presi¨®n (por ejemplo, las colagenasas)" y tampoco les estar¨¢ permitida "la utilizaci¨®n de todo tipo de heparinas para el mantenimiento de v¨ªas perif¨¦ricas o centrales". La carta a?ade que hay, adem¨¢s, "tantas y tantas actuaciones que en el d¨ªa a d¨ªa ven¨ªamos realizando de forma aut¨®noma o en aplicaci¨®n directa de protocolos, que a partir de hoy dejan de tener vigencia, en tanto en cuanto no cumplan con lo establecido en el art¨ªculo 6 del real decreto".
El objetivo de la Mesa es demostrar que, si no se regulariza una actividad que afirman que realizan desde siempre sin que estuviera regulada, el sistema de atenci¨®n sanitaria se va a resentir, al sobrecargar de tareas burocr¨¢ticas a los m¨¦dicos. De esta manera, adem¨¢s, ser¨¢n los facultativos ¡ªlos que m¨¢s se han opuesto a que se regule el uso y recomendaci¨®n de medicamentos por los enfermeros¡ª los primeros que sufran las consecuencias del real decreto. ?
Precisamente el hecho de que lo que se pida sea aplicar estrictamente la normativa es lo que da tranquilidad legal a la Mesa de Enfermer¨ªa para proponer esta medida de presi¨®n. La justificaci¨®n oficial es que si no se les permite "realizar las actuaciones, hasta ahora habituales", que desarrollaban "en relaci¨®n a dichos medicamentos [los que necesitan receta]", podr¨ªan "incurrir en intrusismo profesional con las graves consecuencias que ello puede tener". El primero de estos efectos es que "todas las actuaciones que puedan incluirse en lo descrito anteriormente, de realizarse de forma aut¨®noma por la enfermera, estar¨¢n excluidas de la cobertura" de su seguro de responsabilidad civil.
En la misiva no se indica una fecha para empezar la huelga de celo. El real decreto establec¨ªa que entraba en vigor el d¨ªa siguiente a la publicaci¨®n de este en el BOE, lo que supone que rige desde el 24 de diciembre. Fuentes del sector de enfermer¨ªa afirman que, de momento, se est¨¢ "calentando motores", y que se har¨¢ una campa?a despu¨¦s de Navidades.
El conflicto entre ambos colectivos profesionales se remonta a 2009, cuando el Congreso aprob¨® una modificaci¨®n de la Ley del Medicamento que permit¨ªa que los enfermeros dispensaran, usaran y recomendaran f¨¢rmacos (lo que se denomin¨® prescripci¨®n enfermera) por su cuenta, siempre que se ajustaran a protocolos ya establecidos en los que hab¨ªa participado un m¨¦dico. Pero el desarrollo de esta idea, su concreci¨®n, no se ha plasmado en un real decreto hasta ahora.
Los enfermeros afirman que se ha hecho a traici¨®n. El texto que revis¨® el Consejo de Estado respond¨ªa a esa idea de autonom¨ªa limitada. Dec¨ªa que estos profesionales "podr¨¢n indicar, usar y autorizar la dispensaci¨®n de medicamentos sujetos a prescripci¨®n m¨¦dica, mediante la correspondiente orden de dispensaci¨®n". Pero el real decreto que se aprob¨® el Consejo de Ministros el 23 de octubre, y que se public¨® dos meses despu¨¦s, llevaba un a?adido: que el enfermero podr¨ªa hacer todo eso "siempre que el correspondiente profesional prescriptor [el m¨¦dico] haya determinado previamente el diagn¨®stico, la prescripci¨®n y el protocolo o gu¨ªa de pr¨¢ctica cl¨ªnica y asistencial a seguir". Es decir, el personal de enfermer¨ªa perd¨ªa toda capacidad de decidir por s¨ª mismo.
Esto ¨²ltimo es lo que, por el contrario, defienden los m¨¦dicos, ya que a ellos corresponde, seg¨²n la ley, la prescripci¨®n de medicamentos, y el seguimiento del proceso asistencial.
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