El Supremo condena al capit¨¢n del ¡®Prestige¡¯ por da?o ambiental
El alto tribunal corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coru?a e impone una pena de dos a?os de prisi¨®n y abre la puerta a indemnizaciones por responsabilidad civil
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a dos a?os de prisi¨®n por delito medioambiental a Apostolos Mangouras, capit¨¢n del Prestige, el petrolero que caus¨® al hundirse un vertido catastr¨®fico en las costas de Galicia y el Cant¨¢brico en noviembre de 2002. El fallo corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coru?a, que en noviembre de 2013 se limit¨® a condenar a Mangouras por desobediencia grave por haber tardado tres horas en aceptar el remolcado del buque cuando este ya zozobraba frente a las costas gallegas. La nueva sentencia, al incluir el delito contra el medio ambiente, abre la puerta a indemnizaciones por responsabilidad civil, que el fiscal Luis Navajas hab¨ªa solicitado por valor de 4.328 millones de euros.
La sentencia del Supremo mantiene la absoluci¨®n decretada por la Audiencia coru?esa sobre los dos marineros que acompa?aban a Mangouras?en la traves¨ªa final del Prestige y sobre el director general de la Marina Mercante en el momento del hundimiento, Jos¨¦ Luis L¨®pez-Sors. La sentencia proclama la ¡°responsabilidad civil directa¡± de Mangouras, de la aseguradora londinense del Prestige, The London P&I Club), que ten¨ªa una p¨®liza de cobertura de mil millones de euros, y la responsabilidad subsidiaria de Mare Shipping Inc, propietaria del barco. El fallo tambi¨¦n declara la responsabilidad civil del Fondo Internacional para la Indemnizaci¨®n de Da?os causados por Hidrocarburos (Fidac), con los l¨ªmites establecidos en el convenio que lo regula.
La sentencia de la Audiencia Provincial coru?esa sobre uno de los mayores desastres medioambientales de la historia de Europa ¨Cel vertido de 63.000 toneladas de fuel por las costas del norte de Espa?a y el oeste de Francia- sorprendi¨® por la levedad de las penas.?Mangouras solo fue condenado por desobediencia. El Supremo absuelve a Mangouras del delito de desobediencia por el que la Audiencia coru?esa le conden¨® a nueve meses de prisi¨®n.
El Supremo recuerda que, de acuerdo con su jurisprudencia y con la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, solo ha podido revisar la sentencia absolutoria en sus fundamentos jur¨ªdicos, sin valorar de nuevo la prueba. Es decir, que el fallo del alto tribunal se realiza ¨²nicamente sobre los hechos que la Audiencia de A Coru?a consider¨® probados, entre ellos que la tripulaci¨®n del buque, Mangouras incluido, desconoc¨ªa las deficiencias estructurales que causaron la aver¨ªa que acab¨® por hundir el Prestige a 138 millas de la costa gallega.
El fiscal Navajas solicit¨®, en su recurso al Supremo, que se tuvieran en cuenta cinco documentos que se presentaron en la Audiencia coru?esa pero que esta no tuvo en cuenta para la sentencia. El primero era un manuscrito firmado por Mangouras que recoge el resultado de una inspecci¨®n interna realizada al buque en mayo de 2002, seis meses antes del hundimiento. En esa inspecci¨®n, el capit¨¢n detect¨® fisuras, picados y corrosi¨®n justo en los tanques dos y tres del Prestige, que fue por donde el barco empez¨® a romperse. Otro documento alude a la dimisi¨®n del capit¨¢n griego antes de la cat¨¢strofe porque el armador se neg¨® a reparar los desperfectos del petrolero, lo que pon¨ªa en riesgo a la tripulaci¨®n.
El Supremo aprecia ¡°grave imprudencia¡± del capit¨¢n Mangouras durante la traves¨ªa final del Prestige al asumir una traves¨ªa ¡°en un momento en el que lo previsible, cuando no seguro, es que hubiera de enfrentarse a condiciones meteorol¨®gicas adversas¡±. Tambi¨¦n se?ala que el marino griego naveg¨® ¡°con un barco envejecido y con deficiencias operativas que conoc¨ªa perfectamente¡±. La sobrecarga del buque, con 2.000 toneladas de fuel m¨¢s de las permitidas, coloc¨® al Prestige ¡°en una situaci¨®n en la que no pod¨ªa garantizar la seguridad del barco ante un fuerte contratiempo¡±. Mangouras, seg¨²n el Supremo, ¡°asumi¨® no solo una navegaci¨®n arriesgada, sino que cre¨® un grave riesgo en relaci¨®n con el car¨¢cter altamente contaminante¡± del fuel que transportaba.
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