Ampliado hasta el 6 de junio el plazo para pedir el voto desde el exterior
M¨¢s de 1,9 millones de espa?oles residentes en el extranjero tienen derecho a acudir a las urnas el 26-J
La Junta Electoral Central ha acordado ampliar hasta el 6 de junio el plazo para la solicitud del voto de los electores residentes que viven en el extranjero (inscritos en censo CERA) para las elecciones generales del pr¨®ximo 26-J. Hasta ahora, el plazo terminaba el 28 de mayo. En una resoluci¨®n, la Junta estima as¨ª la propuesta de la Oficina del Censo Electoral para ampliar ese plazo. De los 36,5 millones de espa?oles con derecho al voto en las elecciones del 26 de junio, 1.920.256 residen en el extranjero.
Por lo tanto, quienes quieran ejercer su derecho a voto deber¨¢n cumplimentar una solicitud de voto ¡ªpuede descargarla a trav¨¦s de este enlace¡ª y enviarla, junto a una copia de su DNI, pasaporte o, si lo tienen, de su certificado de inscripci¨®n en el CERA a la delegaci¨®n provincial del censo correspondiente en Espa?a ¡ªaqu¨ª puede consultar la direcci¨®n de cada delegaci¨®n. Es posible hacerlo por FAX o correo ordinario, que son los m¨¦todos m¨¢s utilizados. Tambi¨¦n se puede hacer de forma telem¨¢tica con certificado electr¨®nico. Una vez hecho este tr¨¢mite, a partir del 6 de junio, la delegaci¨®n del censo comenzar¨¢ a remitir la documentaci¨®n y las papeletas necesarias para votar.
Si todo es correcto, se recibir¨¢ el certificado del censo y las papeletas desde Espa?a en el domicilio que conste en la embajada. El votante deber¨¢ elegir su voto, meterlo en el sobre junto al certificado y, en el caso de los residentes que figuran en el CERA, remitirlo a la embajada o el consulado. Los residentes que no se hayan inscrito en el CERA y que hayan hecho los tr¨¢mites pertinentes para votar, deber¨¢n enviar su sufragio a la delegaci¨®n provincial del censo correspondiente en Espa?a. Hay que pagar el importe, aunque cabe solicitar el reembolso.
Los inscritos en el CERA podr¨¢n remitir al consulado su sufragio hasta el 21 de junio por correo ordinario o acudir al mismo con la documentaci¨®n recibida y votar en las urnas que se habilitar¨¢n los d¨ªas 22, 23 y 24. Los visitantes o residentes temporales no inscritos en el CERA que hayan solicitado el sufragio al consulado han de enviarlo, por su parte, a la delegaci¨®n del censo correspondiente en Espa?a por correo; no pueden votar en el consulado.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.