Dan la nacionalidad a un marroqu¨ª tras hab¨¦rsela negado por no conocer un refr¨¢n
El hombre no supo precisar el significado de la expresi¨®n "en casa de herrero, cuchillo de palo"
La Audiencia Nacional ha concedido la nacionalidad espa?ola a un marroqu¨ª residente en Espa?a desde hace 16 a?os al que el juez del Registro Civil de Cornell¨¢ de Llobregat (Barcelona) se la neg¨®. El hombre desconoc¨ªa, entre otras cuestiones, el significado del refr¨¢n "en casa de herrero cuchillo de palo" aunque s¨ª supo contestar cu¨¢les son las provincias catalanas, los idiomas que se hablan en Espa?a, qui¨¦n es el presidente de Catalu?a y el alcalde de su localidad de residencia.
Con todo esto, la Audiencia sostiene que el solicitante ha acreditado el suficiente grado de integraci¨®n social en Espa?a que exige la ley como requisito para la obtenci¨®n de la nacionalidad espa?ola. Estima as¨ª su recurso contra la decisi¨®n del juez de Cornell¨¢ que en abril de 2013 determin¨® que el hombre ten¨ªa un deficiente conocimiento del castellano. El juez del Registro Civil constat¨® que el solicitante contest¨® err¨®neamente a preguntas sobre los organismos internacionales de que forma parte Espa?a, el color de la bandera espa?ola, qu¨¦ d¨ªa se celebra la fiesta nacional de Catalu?a, monumentos de Espa?a y qu¨¦ significa la expresi¨®n "en casa del herrero, cuchillo de palo".
La Audiencia recuerda, sin embargo, que el magistrado no tuvo en cuenta que el hombre contest¨® "de forma razonablemente acertada" a cuestiones que ponen de manifiesto "un suficiente conocimiento del castellano" para "relacionarse socialmente con normalidad, aun cuando no sepa escribirlo". Tambi¨¦n acert¨® el significado de las siglas del PSOE, el l¨ªmite num¨¦rico de la mayor¨ªa de edad, cada cuantos a?os se celebran las elecciones generales en Espa?a, si pueden adoptar hijos las personas que han contra¨ªdo matrimonio del mismo sexo, la religi¨®n predominante en Espa?a y el principio de igualdad de derechos que rige entre hombres y mujeres.
Tambi¨¦n tuvo? "un dialogo coherente" con el encargado del Registro sobre cursos de formaci¨®n o de estudios en Espa?a, el colegio de sus hijos, el modo de vida y costumbres espa?olas, su relaci¨®n con sus vecinos y compa?eros de trabajo, su medio de vida y actividad laboral, su buena conducta y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y ciudadanas, su lugar de residencia, sus viajes a Marruecos y sus planes de futuro.
Dos hijos escolarizados en un centro p¨²blico
Adem¨¢s, el solicitante acredit¨® su residencia legal en Espa?a desde el a?o 2000, que tiene vivienda en propiedad, que se encuentra casado y tiene tres hijos, dos de los cuales est¨¢n escolarizados en un colegio p¨²blico, y convive con su familia.
El hombre tambi¨¦n certific¨® haber trabajado en Espa?a, cotizando a la Seguridad Social durante casi todo el tiempo de residencia en el pa¨ªs. Primero estuvo como trabajador por cuenta ajena y despu¨¦s como aut¨®nomo, constituyendo su propia empresa que se dedica al sector de la construcci¨®n, en diversas ocupaciones.
Demostr¨® haber pagado sus impuestos y haber hecho cursos de formaci¨®n, a?ade la sentencia. La Audiencia consider¨® tambi¨¦n el informe de la Comisar¨ªa General de Extranjer¨ªa y Fronteras del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa, que pone de manifiesto su arraigo en Espa?a y su conocimiento del idioma espa?ol.
La Audiencia precisa que un conocimiento "no acabado" del idioma no significa falta de integraci¨®n, cuando el grado de manejo del mismo ha resultado id¨®neo para conocer y poder asumir los valores de esa sociedad, como es evidente que ocurre en este caso.
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