El Supremo condena a Homs a un a?o y un mes de inhabilitaci¨®n por el 9-N
El diputado, absuelto de prevaricaci¨®n, deber¨¢ pagar una multa de 30.000 euros
El Tribunal Supremo conden¨® ayer a 13 meses de inhabilitaci¨®n al exconsejero de Presidencia catal¨¢n Francesc Homs por un delito de desobediencia grave en la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014, que se celebr¨® pese a que hab¨ªa sido suspendida cinco d¨ªas antes por el Tribunal Constitucional. La condena supone que Homs tendr¨¢ que abandonar el esca?o que ocupa en el Congreso como diputado del Partido Dem¨®crata Catal¨¢n (PDeCAT), ya que las resoluciones del Supremo son firmes desde que se notifican. La Sala de lo Penal le ha impuesto tambi¨¦n una multa de 30.000 euros. La sentencia le absuelve del delito de prevaricaci¨®n administrativa del que le acusaba el fiscal. El Supremo entiende que este delito queda integrado en el de desobediencia.
El criterio del Tribunal Supremo al juzgar el papel de Homs en la celebraci¨®n de la consulta del 9-N pese al veto del Constitucional coincide con el del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, que juzg¨® por los mismos hechos al expresidente Artur Mas y a las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau. En ambos casos, los jueces condenan a los pol¨ªticos catalanes por desobediencia y les absuelven de prevaricaci¨®n. La condena de Homs, los 13 meses de inhabilitaci¨®n que ped¨ªa el fiscal, es la m¨¢s baja de las cuatro porque en su caso, al contrario de lo que ocurri¨® en el juicio celebrado en el tribunal catal¨¢n, no se person¨® ninguna acusaci¨®n popular que pidiera penas superiores a las solicitadas por la fiscal¨ªa.
La condena supone que Homs tendr¨¢ que abandonar el esca?o del Congreso, ya que el reglamento de la C¨¢mara obliga a dejar el acta a los diputados condenados con sentencia firme y los fallos del Supremo son firmes desde que se notifican. Seg¨²n fuentes del Congreso, la salida de Homs y la toma de posesi¨®n del diputado que le sustituya se producir¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas, cuando el Supremo comunique el fallo a la presidenta de la C¨¢mara, Ana Pastor, y esta lo traslade a la Junta Electoral.
El pr¨®ximo pleno del Congreso ser¨¢ el martes que viene y lo previsible es que para entonces Homs ya haya tenido que abandonar su esca?o. Pero las fuentes consultadas no descartan que el diputado se resista a dejar el acta.
Dilatar el cumplimiento
La defensa de Homs ya adelant¨® ayer que pretende dilatar el cumplimiento de la pena pidiendo al Supremo un escrito de aclaraci¨®n de sentencia. Adem¨¢s, estudia recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional y solicitar la suspensi¨®n cautelar de la condena mientras se dictamina ese recurso, aunque las fuentes consultadas se?alan que estas acciones no suspenden la ejecuci¨®n inmediata de la sentencia.
El fallo del Supremo, del que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, llega despu¨¦s del juicio celebrado entre el 27 de febrero y el 1 de marzo pasados. Tras escuchar al acusado, a su abogada y a varios testigos, entre ellos el expresidente Mas, el tribunal considera que Homs ¡°se neg¨® abiertamente¡± a cumplir la providencia del Constitucional que vet¨® la consulta independentista y ¡°materializ¨® su negativa mediante acciones y omisiones¡± dirigidas a evitar que la votaci¨®n se suspendiera. Entre otras iniciativas, ¡°activ¨®¡± los trabajos ya iniciados para crear la infraestructura para la consulta, ¡°hizo posible¡± que las empresas subcontratadas instalaran los programas inform¨¢ticos necesarios y ¡°orden¨® la adquisici¨®n¡± de los 7.000 ordenadores utilizados en los colegios durante la jornada de votaci¨®n.
El tribunal rechaza todos los argumentos esgrimidos por el diputado catal¨¢n y su abogada para salvarse del delito de desobediencia. El principal, que la providencia del Constitucional fuera ¡°inconcreta¡±, ¡°ambigua¡± y ¡°humanamente imposible de cumplir¡±, como le dijo Homs al tribunal. Seg¨²n los magistrados, la resoluci¨®n era ¡°de f¨¢cil comprensi¨®n¡± y ordenaba a la Generalitat que paralizara las actividades ya puestas en marcha y se abstuviera de promover otras nuevas dirigidas a la celebraci¨®n de la consulta. ¡°Entender que cuando el mandato lo abarca todo, en realidad no abarca nada, carece de sentido¡±, afirma el tribunal, que recuerda la formaci¨®n jur¨ªdica de Homs, quien es abogado, para evidenciar que ten¨ªa ¡°conocimiento pleno¡± de lo que significaba la suspensi¨®n.
Respecto al delito de prevaricaci¨®n, los magistrados creen que puede haber indicios ¡°susceptibles¡± de integrar un delito de prevaricaci¨®n por omisi¨®n (por no hacer nada para que se cumpliera el mandato del Constitucional), pero consideran que no se le puede condenar por ello porque ¡°cada una de esas omisiones son secuencias de una desobediencia m¨¢s amplia, la que impuls¨® a Homs a menospreciar el mandato del Tribunal Constitucional¡±. Como el tribunal ya le condena por esa desobediencia, condenarle por prevaricaci¨®n por omisi¨®n ser¨ªa sancionar dos veces la misma conducta, lo que no est¨¢ permitido.
Por esta raz¨®n, los jueces tampoco condenan a Homs por la carta que envi¨® a una de las empresas adjudicatarias de los preparativos del 9-N, a la que dio el visto bueno para seguir con los trabajos tras el veto del Constitucional. El Supremo comparte con el fiscal que esta carta pueda considerarse una resoluci¨®n administrativa, pero advierte de que para que haya prevaricaci¨®n esa resoluci¨®n tiene que ser ¡°injusta¡±. El problema radica, seg¨²n el tribunal, en que si la carta ¡°fuera tildada como una resoluci¨®n injusta, lo ser¨ªa porque mediante su contenido se desobedece lo resuelto por el Tribunal Constitucional¡±. Es decir, la imposibilidad de imponer dos condenas por un mismo hecho lleva al Supremo a absolver a Homs de prevaricaci¨®n.
Sobre la participaci¨®n de voluntarios en el proceso, la Sala no cuestiona su protagonismo, pero se?ala que su presencia no se puede invocar como argumento exoneratorio para convertir lo que fue un proceso tutelado y dirigido desde el Gobierno de la Generalitat en un espont¨¢neo movimiento ciudadano ajeno a toda vinculaci¨®n p¨²blica o institucional.
Por ¨²ltimo, tambi¨¦n rechaza que tenga valor exoneratorio la propuesta de la defensa, de anteponer el criterio de la Junta de Fiscales del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a al criterio asumido por la Fiscal¨ªa General del Estado de interponer una querella. Ello supone, seg¨²n la sentencia, ¡°voltear el dise?o constitucional del Ministerio Fiscal e implica confundir el principio de dependencia jer¨¢rquica con un extravagante formato asambleario en el que la opini¨®n de los Fiscales del TSJC se impone a la de la Fiscal General del Estado¡±.
El tribunal juzg¨® al exconsejero de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs el pasado 27 de febrero por delitos de prevaricaci¨®n y desobediencia por participar en la puesta en marcha de la consulta del 9-N cuando ya estaba suspendida por el Tribunal Constitucional.
El tribunal estuvo formado por Manuel Marchena (presidente y ponente) y seis magistrados: Jos¨¦ Ram¨®n Soriano, Francisco Monterde, Juan Ram¨®n Berdugo, Ana Ferrer, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta y Miguel Colmenero.
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Los condenados por el 9-N
Artur Mas, expresident de la Generalitat
Joana Ortega, exvicepresidenta de la Generalitat
Irene Rigau, exconsejera
Francesc Homs, exconsejero de presidencia
- Delitos: condenado por desobediencia grave, absuelto de prevaricaci¨®n administrativa.
- Pena: dos a?os de inhabilitaci¨®n para ejercer cargos p¨²blicos.
- Multa: 36.500 euros.
- Juzgado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC).
- Delitos: condenada por desobediencia grave, absuelta de prevaricaci¨®n administrativa.
- Pena: un a?o y nueve meses de inhabilitaci¨®n para ejercer cargos p¨²blicos.
- Multa: 30.000 euros.
- Juzgada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC).
- Delitos: condenada por desobediencia grave, absuelta de prevaricaci¨®n administrativa.
- Pena: un a?o y seis meses de inhabilitaci¨®n para ejercer cargos p¨²blicos.
- Multa: 24.000 euros.
- Juzgada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC).
- Delitos: condenado por desobediencia grave, absuelto de prevaricaci¨®n administrativa.
- Pena: un a?o y un mes de inhabilitaci¨®n para ejercer cargos p¨²blicos.
- Multa: 30.000 euros.
- Juzgado por el Tribunal Supremo, por su condici¨®n de diputado en el Congreso.
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