El art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n frente a la DUI
Estas son las posibilidades que permite una eventual aplicaci¨®n de este precepto constitucional
Despu¨¦s de que Carles Puigdemont declarase este martes en el Parlament la independencia de Catalu?a para dejarla en suspenso seis segundos despu¨¦s y luego firmar un certificado de secesi¨®n extramuros del hemiciclo, el Gobierno central se re¨²ne hoy para decidir con qu¨¦ medidas responder a ese movimiento y, sobre todo, si aplica el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n, es decir, si recurre a la llamada "coerci¨®n estatal". El 155?permite al Estado intervenir para obligar a las autoridades de una Comunidad Aut¨®noma a cumplir las leyes cuando se han agotado todas las v¨ªas de control. Hasta ahora, los representantes p¨²blicos han preferido no pronunciarlo. Pero ese n¨²mero, hasta ahora casi un tab¨², se baraja entre la ciudadan¨ªa y los partidos con fluidez:?la cuesti¨®n entre las formaciones constitucionalistas comienza a ser no ya si usarlo o no, sino cu¨¢ndo, c¨®mo y en qu¨¦ condiciones.
El Gobierno central no reh¨²ye ya la idea de invocar el art¨ªculo 155, un precepto por el que el Ejecutivo requiere a una Comunidad Aut¨®noma a cumplir la Constituci¨®n y las leyes, y le permite adoptar las ¡°medidas necesarias¡± para ello. Es una norma presente en?las leyes fundamentales de otros pa¨ªses como Alemania, Austria, Italia o Portugal. Pero, realmente, qu¨¦ es el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n.
1. ?Qu¨¦ dice exactamente el 155 de la Constituci¨®n?
El art¨ªculo 155 est¨¢ redactado as¨ª en la norma fundamental:
"1. Si una Comunidad Aut¨®noma no cumpliere las obligaciones que la Constituci¨®n u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al inter¨¦s general de Espa?a, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Aut¨®noma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobaci¨®n por mayor¨ªa absoluta del Senado, podr¨¢ adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protecci¨®n del mencionado inter¨¦s general.
2. Para la ejecuci¨®n de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podr¨¢ dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Aut¨®nomas".
2. ?Es el art¨ªculo 155 una suspensi¨®n de la autonom¨ªa?
Quiz¨¢ sea esta la confusi¨®n m¨¢s extendida. La llamada coerci¨®n estatal no implica de partida, como suele decirse, la suspensi¨®n de la autonom¨ªa, como sucedi¨® en 1934 cuando el president?Companys proclam¨® el Estado Catal¨¢n ¡°dentro la de Rep¨²blica Federal Espa?ola¡±. El 155 es una norma de coerci¨®n de uso excepcional, un ¨²ltimo recurso para casos que ordinariamente no es previsible que se produzcan, pero no consiste en la suspensi¨®n de la autonom¨ªa, como suele decirse. O al menos no desde un primer momento. Su finalidad ¡°no es privar de su competencia a la Comunidad Aut¨®noma, sino compelerle a que la utilice de acuerdo a la Constituci¨®n y a las leyes¡±, recordaba el exletrado en Cortes y expresidente del Parlamento Europeo por el PP Jos¨¦ Mar¨ªa Gil-Robles en su estudio El control extraordinario de las Comunidades Aut¨®nomas: art¨ªculo 155.
El art¨ªculo no permite ni ampara la disoluci¨®n de ¨®rganos auton¨®micos, como el Gobierno o el Parlamento regionales, ni la suspensi¨®n del ejercicio de las competencias, como prev¨¦n otras constituciones como la austriaca, la italiana o la portuguesa. Se tratar¨ªa de una intervenci¨®n puntual que durar¨¢ hasta que se restaure la legalidad. Una vez encauzada la situaci¨®n, la injerencia del Gobierno central ¡°no debe prolongarse ni un momento m¨¢s¡±, afirma Gil-Robles.
3. ?Qu¨¦ actos pueden desencadenar su aplicaci¨®n?
Gil-Robles restringe su aplicaci¨®n a aquellos actos imputables a los Gobiernos auton¨®micos que no sean recurribles ante el Tribunal Constitucional, porque no revistan la forma de ley o acuerdo, o aquellos que busquen llevar a ejecuci¨®n disposiciones suspendidas por este tribunal. Y lo ocurrido ayer en el Parlament se parece mucho a todo esto.
El expresidente del Tribunal Constitucional y catedr¨¢tico Pedro Cruz Villal¨®n?escribi¨® en 1981 que el inciso del art¨ªculo 155 que hace referencia a un atentado grave al ¡°inter¨¦s general de Espa?a¡± podr¨ªa desencadenar, al menos sobre el papel, ¡°una intervenci¨®n que (¡) puede apoyarse en razones de ¨ªndole pol¨ªtica libremente apreciables por el Gobierno y el Senado¡±.
Cruz Villal¨®n fue muy cr¨ªtico con el 155, al que defini¨® como "el exponente m¨¢s agresivo y desafortunado de esa concepci¨®n de la unidad del Estado, latente en la formulaci¨®n del art¨ªculo 2 [de la propia Constituci¨®n] como algo anterior, previo y por tanto superior a la misma Constituci¨®n y al ordenamiento jur¨ªdico en su conjunto". Hace ya 34 a?os el catedr¨¢tico denostaba al 155 por su indeterminaci¨®n y por la "absoluta discrecionalidad" que otorga a los ¨®rganos del Estado. "Soberano es quien decide acerca del art¨ªculo155, pero estas manifestaciones de soberan¨ªa son m¨¢s un s¨ªntoma de ruina que no un instrumento de salvaci¨®n del Estado", alertaba.
4. ?C¨®mo se pone en marcha el mecanismo?
El requerimiento del Gobierno al presidente auton¨®mico incumplidor para que restaure la legalidad es obligatorio. Este escrito debe ser ¡°cuidadosamente motivado y fundado en derecho¡±, seg¨²n Gil-Robles y debe contener una relaci¨®n de los incumplimientos detectados y medidas concretas y tasadas para remediar la situaci¨®n. Tambi¨¦n deber¨ªa incluir un plazo para que el presidente auton¨®mico responda sobre ellas. Si el dirigente regional accede a adoptar esas medidas o a que el Gobierno las adopte por ¨¦l, el procedimiento se pone en marcha autom¨¢ticamente.
El procedimiento se regula en el art¨ªculo 189 del Reglamento del Senado. En caso de persistir la rebeli¨®n contra el Estado, el Gobierno deber¨¢ pedir autorizaci¨®n a la C¨¢mara Alta para poner en marcha las medidas incluidas en el requerimiento. Cruz Villal¨®n criticaba en 1981 que la aprobaci¨®n por el Senado de los ¡°plenos poderes¡± para el Estado ¡°es una cautela m¨¢s aparente que real y casi una cortina de humo¡±, pues la C¨¢mara Alta m¨¢s que una c¨¢mara de representaci¨®n territorial (de las Autonom¨ªas) es una c¨¢mara provincial, ¡°lo que le convierte de forma efectiva en un Senado conservador¡±.
Fueron los nacionalistas catalanes los que durante el debate sobre el anteproyecto de Constituci¨®n de 1978 introdujeron una enmienda para que el procedimiento del 155 no se iniciara sin un previo requerimiento al presidente de la Comunidad Aut¨®noma afectada.
5. ?Qu¨¦ medidas permite?
El art¨ªculo 155 se inspira en el constitucionalismo alem¨¢n. Seg¨²n Garc¨ªa Torres, ¡°en los casos m¨¢s graves¡± puede exigir que, temporalmente, un ¨®rgano estatal asuma las funciones de ciertos ¨®rganos auton¨®micos. Sin embargo, ¡°lo que no puede justificarse, porque no ser¨ªa necesario, es la disoluci¨®n o destituci¨®n de miembros de aquellos ¨®rganos¡±, que seguir¨ªan ejerciendo las funciones no asumidas por el Estado.
El 155 puede aplicarse de manera progresiva a medida que se profundiza en la desobediencia del Gobierno auton¨®mico, seg¨²n los expertos. La primera medida podr¨ªa consistir en que el Gobierno asumiera las competencias sobre los Mossos d¡¯Esquadra. Otras medidas pueden ser la suspensi¨®n de transferencias de servicios en curso, del fondo de compensaci¨®n interterritorial y de la participaci¨®n en los ingresos del Estado, la suspensi¨®n de la asignaci¨®n en los Presupuestos Generales del Estado a la comunidad rebelde y la asunci¨®n de la hacienda de la comunidad. Tambi¨¦n contempla la doctrina, no la ley, la imposici¨®n de delegados con poderes especiales y derecho de veto en puestos clave de la administraci¨®n, sustituyendo temporalmente a los titulares o adjuntos a ellos.
6. ?El 155 ampara el uso de las Fuerzas Armadas como garantes de la integridad territorial de Espa?a?
Todos los expertos coinciden en que no, aunque el texto del art¨ªculo sea ambiguo al hablar de las ¡°medidas necesarias¡±. ¡°El art¨ªculo 155 no sirve como fundamento constitucional v¨¢lido para el uso de las Fuerzas Armadas para reprimir una insurrecci¨®n o un movimiento violento secesionista o unas v¨ªas de hecho inconstitucionales acaudilladas por los ¨®rganos de la Comunidad Aut¨®noma¡±, escrib¨ªa Garc¨ªa Torres en su manual, de 1984.
Este experto recuerda que si la desobediencia auton¨®mica fuera violenta, se tratar¨ªa, como m¨ªnimo, de ¡°un acto de fuerza contra el ordenamiento constitucional, que no puede resolverse por otros medios¡±, uno de los supuestos para declarar el estado de sitio, contemplado en el art¨ªculo 116.4 de la Constituci¨®n. Esta declaraci¨®n solo la puede proponer el Gobierno y requiere, en todo caso, la autorizaci¨®n del Congreso de los Diputados.
7. ?Se ha aplicado alguna vez el art¨ªculo 155?
Nunca ha sido necesario iniciar el procedimiento constitucional. Solo en 1989, el Gobierno Felipe Gonz¨¢lez amenaz¨® al Gobierno de Canarias con poner en marcha el art¨ªculo 155 cuando el Gobierno de las islas se negaba a hacer frente a ciertas obligaciones fiscales derivadas de la adhesi¨®n de Espa?a a la CEE. Su mera invocaci¨®n sirvi¨® para que se abriera una negociaci¨®n entre Canarias y el Estado sobre el asunto.
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