El juez de los atentados de Barcelona rechaza dilatar la investigaci¨®n con m¨²ltiples abogados
Andreu insta a las acusaciones a que act¨²en juntas porque la prioridad son las v¨ªctimas
El magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, instructor de los recientes atentados yihadistas de Barcelona y Cambrils del pasado agosto (15 muertos y 131 heridos) no quiere que la investigaci¨®n se eternice. Andreu acaba de dictar un auto en el que acepta la presencia en el proceso de seis acusaciones populares (previo abono de una fianza de 3.000 euros), pero da car¨¢cter preferente a dos de ellas (la Asociaci¨®n 11 de Marzo, Afectados del Terrorismo, y la Asociaci¨®n de Afectados del Terrorismo). E insta al resto de acusaciones populares a que se pongan de acuerdo y act¨²en conjuntamente bajo el paraguas de un ¨²nico abogado. El magistrado pretende evitar ¡°dilaciones indeseadas¡± y ¡°p¨¦rdidas de tiempo¡± en la tramitaci¨®n de la causa y sostiene que la prioridad son las decenas de v¨ªctimas y perjudicados que figuran en el sumario.
El pasado 22 de septiembre, el juez ya dictamin¨® que las acusaciones, salvo una de ellas, deb¨ªan actuar de forma conjunta, y uno de los razonamientos, que ahora repite, fue que todas ellas persiguen un mismo fin, "el ius puniendi", es decir, "que se haga justicia¡±. Sin embargo, algunas acusaciones arguyeron en sus recursos que tal fin no lo obtendr¨ªan si actuaban conjuntamente.?
El derecho al ejercicio por separado de la acusaci¨®n popular "decae" frente al derecho de los perjudicados a un proceso "sin dilaciones indebidas"
El magistrado discrepa y fundamenta su decisi¨®n en que el ¡°inter¨¦s prioritario del juzgado¡± es ¡°velar por el inter¨¦s del gran n¨²mero de v¨ªctimas y perjudicados¡± que figuran en las diligencias. De ah¨ª que, sostiene, ¡°una pluralidad de acusadores populares puede significar la existencia de dilaciones no deseadas en la tramitaci¨®n de la causa¡±. Andreu desecha el argumento de la inmediatez a la hora de pedir ser parte en el proceso. Considera ¡°extravagante¡± como argumento el haber llegado primero ¡°a los pasillos del juzgado¡±.
3.000 euro de fianza
El titular del Juzgado Central 4 de la Audiencia Nacional esgrime asimismo que el derecho al ejercicio de la acci¨®n popular ¡°no sufre lesi¨®n de alcance constitucional porque se imponga una misma postulaci¨®n y asistencia letrada¡± al conjunto de las acusaciones. Y que, en este caso, el derecho al ejercicio por separado de la acusaci¨®n popular "decae" frente al derecho de los perjudicados a un proceso "sin dilaciones indebidas".
Expone Fernando Andreu, en cambio, que s¨ª debe estar como parte efectiva en el proceso ¡°la Asociaci¨®n V¨ªctimas del Terrorismo¡± que ¡°podr¨¢ ejercer la acusaci¨®n popular ¡°junto a la Asociaci¨®n 11 de Marzo, Afectados por el Terrorismo¡±, puesto que ambas ¡°agrupan a un buen n¨²mero de afectados por este triste fen¨®meno delictivo¡±. Pero no piensa lo mismo, y sin perjuicio de que se adhieran en una sola al resto de acusaciones, sobre la Uni¨®n de Guardias Civiles y la Uni¨® Sindical de la Polic¨ªa Auton¨®mica de Catalunya, dado que la funci¨®n de ambas en este proceso es ajena a la judicial en marcha sobre los atentados. En su resoluci¨®n, Andreu equipara en 3.000 euros las fianzas, que inicialmente y en algunos casos se elevaron a 10.000 euros.
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