Las asesinadas por ser mujeres entran en la estad¨ªstica de violencia de g¨¦nero
El Poder Judicial comenzar¨¢ a contar a otras v¨ªctimas, adem¨¢s de las agredidas por parejas o exparejas, pero faltan cambios legislativos para que se beneficien de ayudas
Las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero eran hasta ahora las maltratadas por su pareja o expareja, seg¨²n la definici¨®n que recoge la Ley Integral contra la Violencia de G¨¦nero de 2004. El Observatorio contra la Violencia Dom¨¦stica y de G¨¦nero del Consejo General del Poder Judicial comenzar¨¢ a contar tambi¨¦n a otras v¨ªctimas, aquellas que han sido asesinadas por el hecho de ser mujeres. Es una lista en la que podr¨ªa estar, por ejemplo, Diana Quer una vez que se aclaren las circunstancias de su homicidio.
La inclusi¨®n de otras asesinadas en las estad¨ªsticas no supone, de momento, que sus familias o allegados puedan ser recibir alg¨²n tipo de ayuda, para lo que har¨¢n falta cambios legislativos. Ni tampoco se ha establecido a¨²n la forma de recopilar datos de aquellas que son agredidas sin resultar muertas.
El cambio en la recopilaci¨®n de datos proviene de la adaptaci¨®n al convenio de Estambul y que recoge tambi¨¦n el Pacto de Estado contra la violencia machista aprobado el pasado septiembre y ratificado por las comunidades aut¨®nomas en diciembre. El citado convenio, que entr¨® en vigor en 2014, obliga a contemplar las formas de violencia contra la mujer, dentro y fuera de la pareja, como la trata o la ablaci¨®n, adem¨¢s de centrarse en la reparaci¨®n y prevenci¨®n de las agresiones sexuales. El pacto establece, en su medida 166, la obligaci¨®n de obtener y facilitar datos estad¨ªsticos detallados sobre todas las formas de violencia contra las mujeres.
¡°Siguiendo esos mandatos, el Observatorio contra la Violencia Dom¨¦stica y de G¨¦nero incluir¨¢ en sus informes y estad¨ªsticas ese tipo de datos¡±, confirma un portavoz del CGPJ en una nota. De momento, comenzar¨¢n a contabilizar las mujeres asesinadas, aunque la forma de recopilar la informaci¨®n ¡°a¨²n tiene que ser concretada por el grupo de expertos del Observatorio, que se reunir¨¢ a comienzos del pr¨®ximo mes de febrero¡±.
Una de las propuestas para reconocer esas v¨ªctimas, cuyos casos no son derivados en juzgados de violencia de g¨¦nero, es recopilar sentencias por casos de homicidio o asesinato ¡°en las que se haya aplicado la circunstancia agravante por razones de g¨¦nero del art¨ªculo 22.4 del C¨®digo Penal¡±. Es un agravante que se aprob¨® en 2015 y comenz¨® a aplicarse en 2016, por lo que el Observatorio comenzar¨¢ a reunir datos desde este ¨²ltimo a?o.
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