Forn y S¨¢nchez y el recorrido de la apelaci¨®n ante el Supremo
El cambio de posici¨®n del fiscal general del Estado modifica el objeto de la resoluci¨®n pendiente
La vista de los recursos de apelaci¨®n de Joaquim Forn y Jordi S¨¢nchez en la Sala de Recursos del Tribunal Supremo para obtener la libertad provisional denegada por el magistrado instructor Pablo Llarena ha deparado este martes 20 de marzo sorpresas cuyas repercusiones se podr¨¢n apreciar r¨¢pidamente.
La defensa de Joaquim Forn apelaba el auto del 2 de febrero de 2018 por el cual el instructor deneg¨® la solicitud de libertad provisional bas¨¢ndose en el peligro de que el exconsejero de Interior de la Generalitat pudiera incurrir en la reiteraci¨®n de los delitos por los cuales se encuentra en prisi¨®n preventiva desde el pasado 2 de noviembre.
Llarena sosten¨ªa que ¡°la ideologi?a de Forn coexiste con un contexto poli?tico en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intencio?n de alcanzar la independencia de Catalun?a, existiendo todavi?a sectores que defienden expli?citamente que debe conseguirse de manera inmediata y perseverando en el mecanismo de secesio?n contrario a las normas penales que aqui? se enjuicia¡±.
Y a?ad¨ªa que ¡°precisamente, esta u?ltima actitud es la que sostiene quien [Carles Puigdemont] otorgo? en su di?a la confianza a Forn para que fuera consejero de Interior, y que encabezo? la lista electoral en la que el investigado decidio? integrarse hace escasas semanas¡±.
Forn result¨® elegido diputado en las elecciones del 21 de diciembre de 2017. En su declaraci¨®n ante Llarena del 11 de enero, el exconsejero y diputado anunci¨® que renunciar¨ªa a su esca?o si su compromiso con el orden constitucional entraba en contradicci¨®n con determinadas l¨ªneas de actuaci¨®n de Junts pel Catalu?a. El 23 de enero, Forn enviaba al presidente del Parlamento su renuncia manuscrita en la que comunicaba ya que su situaci¨®n personal, en prisi¨®n, hac¨ªa inviable su participaci¨®n en los debates o en la toma de decisiones de su grupo parlamentario as¨ª como la actividad diaria tras la constituci¨®n del Parlamento.
En auto del 2 de febrero, Llarena viene a decir que el ambiente rebelde o de rebeli¨®n sigue abierto en Catalu?a.
¡°En ese contexto¡± ¡ªsigue vigente la intenci¨®n de alcanzar la independencia¡ª ¡°y en el trance de tener que evaluar cu¨¢l es la verdadera voluntad del investigado, por ma?s que ahora afirme que rechaza cualquier actuacio?n ilegal, hasta el punto de asegurar que renuncia a su escan?o por temor a que su grupo parlamentario le impulse a hacer lo contrario, no puede soslayarse que sus manifestaciones pueden responder ¨²nicamente a su aspiracio?n de eludir el gravamen que supone la medida cautelar impuesta¡±, sosten¨ªa el instructor.
El ¡±contexto¡± era, pues, determinante seg¨²n Llarena, a la hora de mantenerle en prisi¨®n.
Por eso conclu¨ªa que ¡°si contemplamos la incerteza que existe de que la voluntad poli?tica mayoritaria sea respetar el orden legal para lograr la aspiracio?n de independencia que aun hoy comparte el investigado, y si evaluamos la todavi?a cercana determinacio?n con la que el investigado condujo su grave actuacio?n delictiva, debe concluirse que persiste el riesgo de reiteracio?n delictiva que se niega en la peticio?n de libertad, au?n cuando las aportaciones del investigado tengan que ser necesariamente ajenas a la actividad parlamentaria a la que se ha renunciado¡±.
La defensa de Forn cuestion¨® en su recurso de apelaci¨®n precisamente esta argumentaci¨®n. La idea: Forn no deb¨ªa pagar con su prisi¨®n la conducta pol¨ªtica de Puigdemont; la responsabilidad penal de cara a la reiteraci¨®n delictiva futura es individual.
Lo que deb¨ªa evaluarse, pues, es la conducta de Forn durante el procedimiento ya que su actuaci¨®n pasada ser¨ªa enjuiciada en su momento. Lo que ped¨ªa la defensa era abordar el riesgo de reiteraci¨®n delictiva futura en base a la responsabilidad individual de Forn.
La Fiscal¨ªa, a su vez, en su informe de febrero sobre las razones expuestas por el recurso de Forn, defendi¨® todos los argumentos del auto que le manten¨ªa en prisi¨®n, el de 2 de febrero, y suscrib¨ªa que deb¨ªa seguir all¨ª precisamente por el riesgo de reiteraci¨®n delictiva.
La vista del recurso de apelaci¨®n fue convocada por la Sala de Recursos del Supremo el d¨ªa martes, 20 de marzo.
A primeros de marzo, Forn tuvo una reacci¨®n positiva al bacilo de la tuberculina al que se le someti¨®.
Su defensa, pendiente el recurso contra el auto de mantenimiento de prisi¨®n del 2 de febrero, solicit¨® a Llarena, a primeros de marzo, otra vez la libertad invocando la enfermedad sobrevenida y aportando examen m¨¦dico.
Forn deb¨ªa someterse a tratamiento m¨¦dico preventivo (quimioprofilaxis).
El instructor dict¨® providencia el 6 de marzo en la que dio traslado de la nueva solicitud de Forn a las partes personadas para que presentaran su informe. La Fiscal¨ªa del Supremo elev¨® el suyo el lunes 12 de marzo.
El informe comenzaba por el tema de la enfermedad.
Sosten¨ªa que el tratamiento se le pod¨ªa administrar en prisi¨®n y que ¡°las nuevas circunstancias personales alegadas no constituyen fundamento suficiente para modificar la situaci¨®n de prisi¨®n en favor de la libertad¡±.
La Fiscal¨ªa, empero, abr¨ªa la puerta a considerar un cambio de situaci¨®n.
¡°Todo ello sin perjuicio de que, en atenci¨®n al contenido de los informes m¨¦dicos que se vayan aportando, a la propia evoluci¨®n de la enfermedad detectada y a las necesidades asistenciales que los facultativos determinen, la situaci¨®n pueda aconsejar en el futuro la modificaci¨®n de las medidas cautelares actualmente vigentes¡±.
Y pasaba a examinar, despu¨¦s, el riesgo de reiteraci¨®n delictiva. A?ad¨ªa a los argumentos del auto del 2 de febrero hechos nuevos que abundaban en el ¡°contexto¡± pol¨ªtico descrito por Llarena.
¡°Las iniciativas pol¨ªticas se enmarcan claramente fuera de la legalidad constitucional y estatutaria¡±, se?alaba. Y citaba ¡°el intento de designaci¨®n de un pr¨®fugo de la justicia como presidente de la Generalitat, o el reciente acuerdo alcanzado por las formaciones pol¨ªticas Junts pel Catalu?a y ERC que prev¨¦ la continuaci¨®n del proceso constituyente que termine con la constituci¨®n de la Rep¨²blica, la creaci¨®n de instituciones paralelas como la Asamblea de Representantes o el Consell de la Rep¨²blica en el exilio o en la sombra que dirijan los destinos de Catalu?a, y la celebraci¨®n de una nueva consulta a tales fines¡±. La Fiscal¨ªa, pues, solicitaba mantener a Forn en prisi¨®n.
Llarena no resolvi¨®, tras recibir los informes de la Fiscal¨ªa y de las partes, esta petici¨®n de la defensa de Forn de primeros de marzo.
Mientras, se acercaba el 20 de marzo, la vista convocada para examinar del recurso de apelaci¨®n contra el auto del 2 de febrero.
Y la sorpresa se present¨® precisamente en la vista de ayer.
El fiscal general del Estado, Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, consider¨® necesario modificar la posici¨®n asumida por la Fiscal¨ªa en su informe del febrero, aquel en el que apoyaba mantener lo que Llarena hab¨ªa decidido en su auto del 2 de febrero.
Fidel Cadena, uno de los cuatro fiscales de sala que trabajan en la investigaci¨®n del caso de rebeli¨®n, era el encargado de asistir a la vista del martes 20.
El fiscal general le cit¨® a una reuni¨®n este martes por la ma?ana antes de la vista. Seg¨²n le explic¨®, era partidario, ahora, de solicitar la libertad bajo fianza de Forn. Ya no se pod¨ªa sostener la existencia del riesgo de reiteraci¨®n delictiva puesto que hab¨ªa abandonado toda actividad pol¨ªtica tras renunciar a su esca?o de diputado.
Adem¨¢s, su situaci¨®n personal se ve¨ªa afectada por una enfermedad y ello requer¨ªa consideraci¨®n por razones humanitarias. S¨¢nchez Melgar cre¨ªa llegado el momento para modificar la posici¨®n anterior de la Fiscal¨ªa.
Cadena insisti¨® en que la situaci¨®n de la medida cautelar de prisi¨®n no deb¨ªa ser modificada y defendi¨® el escrito de febrero en el que la Fiscal¨ªa solicitaba confirmar el auto del 2 de febrero, habida cuenta de que el objeto del recurso no era la solicitud de libertad presentada por la defensa de Forn a ra¨ªz de la reacci¨®n positiva de su cliente ante la bacteria de la tuberculina.
S¨¢nchez Melgar, por tanto, le imparti¨® instrucciones para que solicitara la libertad, una medida prevista por el art¨ªculo 25 del Estatuto Org¨¢nico del Ministerio Fiscal.
En la vista, el primero en exponer fue el abogado de Forn, Crist¨®bal Martell, quien insisti¨® durante 30 minutos en que Forn no deb¨ªa ser penalizado por la orientaci¨®n de otros dirigentes, como pod¨ªa ser Puigdemont o Junts pel Catalu?a. Insisti¨® en que las referencias al llamado ¡°contexto¡± del instructor no eran prueba de la existencia del riesgo de reiteraci¨®n, el cual se deb¨ªa examinar en t¨¦rminos individuales.
Martell no hizo referencia a la tuberculina porque lo que estaba en cuesti¨®n en su recurso era el auto del 2 de febrero, anterior, pues, a la enfermedad.
El fiscal Cadena acat¨® la orden de S¨¢nchez Melgar. Pero al hacerlo la unidad interna de la Fiscal¨ªa pag¨® un coste elevado. Explic¨® Cadena que la Fiscal¨ªa, por imperativo legal, y con arreglo al art¨ªculo 25, solicitaba la libertad bajo fianza de 100.000 euros; a?adi¨® que no hab¨ªa riesgo de que Forn reiterase los delitos y, tambi¨¦n, mencion¨® las razones de enfermedad y humanitarias. Con este p¨¢rrafo, Cadena dio por expuesta la posici¨®n de la Fiscal¨ªa.
El conflicto interno, pues, trasvas¨® este martes 20 de marzo de 2018 la Fiscal¨ªa y qued¨® escenificado en el Supremo.
La Sala de Recursos deber¨¢, por tanto, pronunciarse, siendo ponente de la resoluci¨®n el presidente de dicha Sala, el magistrado Miguel Colmenero.
Problema: la apelaci¨®n atacaba el auto de Llarena del 2 de febrero.
En el centro del debate: existe o no riesgo de reiteraci¨®n de los delitos.
La enfermedad, en cambio, fue invocada en un escrito posterior, de primeros de marzo, para obtener la libertad.
En otros t¨¦rminos: ?qu¨¦ har¨¢ la Sala con el auto de prisi¨®n del 2 de febrero?
La Sala podr¨ªa resolver todo junto, como ha solicitado el fiscal Cadena ¡°por imperativo legal¡±. Unir al auto del 2 de febrero recurrido la enfermedad esgrimida con posterioridad y acoger la raz¨®n humanitaria.
En esta opci¨®n, la Sala habr¨¢ adoptado una resoluci¨®n sobre un asunto que Llarena tiene pendiente sobre su mesa de trabajo.
Otra posibilidad: que separe ambas circunstancias. Esto es: por un lado el auto del 2 de febrero y por el otro la raz¨®n humanitaria.
En esta alternativa, podr¨ªa confirmar el auto de prisi¨®n del 2 de febrero y recomendar al magistrado Llarena que resuelva la petici¨®n de libertad por enfermedad a la luz de la nueva posici¨®n de la Fiscal¨ªa.
Mientras, la otra sorpresa ha sido la que ha deparado Jordi S¨¢nchez, quien en su intervenci¨®n ante la Sala de Recursos ha abierto la puerta a renunciar a su esca?o y a la pol¨ªtica en los pr¨®ximos d¨ªas.
Sin duda, a esto se refer¨ªa el portavoz de Esquerra Republicana de Catalu?a, Sergi Sabri¨¤, cuando anunci¨® el pasado lunes que el martes (por ayer) ser¨ªa ¡°un d¨ªa clave¡± y que ¡°podr¨ªa haber novedades en las pr¨®ximas horas¡±.
Por tanto, la escenificaci¨®n de abandono de la candidatura de S¨¢nchez ya ha empezado. La defensa de S¨¢nchez bien sabe que el Supremo denegar¨¢ la libertad y aguarda la decisi¨®n del Tribunal Constitucional sobre un recurso de s¨²plica presentado para obtener la libertad despu¨¦s que el TC la rechaz¨® por primera vez la semana pasada.
Un recurso de amparo del PDeCAT presentado ante el TC el lunes pasado, ha intentado reforzar esa s¨²plica de S¨¢nchez. El TC cierra su pleno de tres d¨ªas de esta semana ma?ana jueves. Y va a desestimar la s¨²plica de S¨¢nchez.
De modo que el plan B ¡ªJordi S¨¢nchez¡ª desemboca en cuesti¨®n de horas en el Plan C: la candidatura de Jordi Turull. Y la convocatoria del tercer pleno de investidura.
?A la tercera la vencida?
Todo ello mientras el magistrado Llarena se prepara para desenfundar procesamientos y, dentro de ellos, inhabilitaciones autom¨¢ticas para aquellos investigados que se encuentren en la c¨¢rcel o para los que se decrete prisi¨®n, como es el caso de los diputados Carles Puigdemont y Toni Com¨ªn.
Entre los procesados estar¨¢ Turull, que se encuentra en libertad provisional, pero en la medida en que Llarena no decrete su prisi¨®n, seguir¨¢ siendo diputado en activo y, por tanto, reunir¨¢ las condiciones para ser candidato. Eso s¨ª, una vez procesado deber¨¢ prestar declaraci¨®n indagatoria ante el instructor y, m¨¢s tarde, si el juicio oral de la causa de rebeli¨®n empieza, como se prev¨¦, en octubre o noviembre, tendr¨¢ que sentarse en el banquillo.
?Har¨¢ toda esta actividad judicial como el president n¨²mero 131 de la Generalitat? Pronto lo sabremos.
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