La justicia confirma que fue legal prohibir la exhibici¨®n de esteladas en la final de la Copa de 2016
La sentencia afirma que el FC Barcelona no tiene la legitimidad para recurrir la decisi¨®n de la Delegaci¨®n del Gobierno
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado este mi¨¦rcoles que fue legal EL prohibir la exhibici¨®n de banderas esteladas durante la final de la Copa de 2016 entre el Bar?a y el Sevilla, jugada en el estadio Vicente Calder¨®n?el 22 de mayo de ese a?o. De esta manera, el TSJM ha dado la raz¨®n al juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 15 de la capital, que inadmiti¨® a tr¨¢mite el recurso que el FC Barcelona present¨® contra la resoluci¨®n de la Delegaci¨®n del Gobierno en Madrid, que prohib¨ªa la introducci¨®n y exhibici¨®n de banderas esteladas porque "vulneraba el derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n de sus socios".
Los magistrados, en una resoluci¨®n a la que ha tenido acceso EL PA?S, han alegado que el Bar?a no tiene legitimidad para recurrir la decisi¨®n de la Delegaci¨®n del Gobierno porque el club es?una asociaci¨®n deportiva de naturaleza privada con la finalidad de promover actividades deportivas, y que en sus estatutos "no defiende el derecho de sus socios a portar banderas?de determinadas tendencias pol¨ªticas"?¡ªla estelada es uno de los s¨ªmbolos independentistas catalanes¡ª.
La sentencia subraya que las finalidades del club son el fomento, la pr¨¢ctica, la difusi¨®n y la exhibici¨®n del f¨²tbol y de otros deportes y, complementariamente, la promoci¨®n y participaci¨®n en las actividades sociales, solidarias, culturales, art¨ªsticas, cient¨ªficas, recreativas convenientes y necesarias para mantener la representatividad y la proyecci¨®n del club.
Los jueces han afirmado que " la defensa a la libertad de expresi¨®n de sus socios supondr¨ªa un incumplimiento de la finalidad para la que [el club] fue constituido". El tribunal tambi¨¦n ha utilizado la misma justificaci¨®n para desestimar el segundo de los derechos que el club aseguraba que se hab¨ªa?vulnerado: que no hubiera?"una resoluci¨®n previa que permitiese a sus socios conocer las razones por las que se les privaba" de exhibir banderas para ejercer su derecho a la libertad expresi¨®n.?
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