M¨¤xim Huerta us¨® una empresa para defraudar a Hacienda 256.778 euros entre 2006 y 2008
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestim¨® el a?o pasado sendos recursos presentados por el ministro de Cultura y le oblig¨® a pagar 365.939 euros al fisco
El ministro de Cultura, M¨¤xim Huerta, ha sido condenado a abonar a la Agencia Tributaria un total de 365.939 euros por utilizar una empresa interpuesta para pagar menos impuestos entre 2006 y 2008. El periodista y presentador de televisi¨®n fue condenado a pagar esa sanci¨®n por el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Regional de Madrid en noviembre de 2014, antes de que fuera nombrado ministro de Cultura en el gabinete de Pedro S¨¢nchez, seg¨²n ha avanzado esta ma?ana El Confidencial. El PP ha pedido ya la dimisi¨®n del ministro?pero este no da la menor muestra de pensar en dejar el cargo, informa Anabel D¨ªez.
"Este asunto no es como ministro. Fue como M¨¤xim Huerta y me pas¨® como a tantos periodistas y creadores que Hacienda cambi¨® de criterio, hice los pagos correspondientes y se acab¨®. No hubo mala fe. No ocult¨¦ nada. Estoy al corriente de mis obligaciones fiscales". "Asum¨ª la responsabilidad como le pas¨® a cientos de creadores", ha remachado, para a?adir que esta ma?ana se lo explic¨® al presidente y lo da por aclarado.
Dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de mayo del a?o pasado desestiman el recurso presentado por el conocido presentador de televisi¨®n y le condenan por utilizar la sociedad "ALMAXIMO Profesionales de la Imagen" para reducir el pago de impuestos. La empresa pagaba un tipo del 25% mientras que si hubiera declarado sus ingresos en el IRPF tendr¨ªa que haber tributado con un tipo marginal del 48% durante esos a?os. La situaci¨®n tributaria de Huerta es parecida a la que han vivido futbolistas como Messi o Cristiano Ronaldo pero a una escala inferior. "Aunque es leg¨ªtimo la interposici¨®n de sociedades profesionales, no lo es la creaci¨®n de sociedades con la ¨²nica finalidad de eludir parte de la carga fiscal sin aportar nada a la actividad que realiza el ¨²nico socio, que las ha constituido y las administra", se?ala la sentencia.
No hay cambio de criterio
Por qu¨¦ no es delito fiscal
La Agencia Tributaria considera delito fiscal aquellos fraude superiores a 120.000 euros al a?o. Hacienda reclamaba a M¨¢xim Huertas cerca de 250.000 euros por las declaraciones del IRPF de tres a?os (2006, 2007 y 2008). As¨ª que en ning¨²n caso la irregularidad tributaria por la que fue condenado el presentador de televisi¨®n se considera delito fiscal y no tiene consecuencias penales.
"No hay ning¨²n cambio de criterio, lo que se produjo fue un cambio de conducta de los contribuyentes", explica Jos¨¦ Luis Groba, presidente de la asociaci¨®n de Inspectores de Hacienda (IHE). Groba explica como desde 2003, cuando desaparecieron las sociedades transparentes, muchos profesionales aprovecharon para crear sociedades interpuestas para "remansar las rentas en la sociedad" pagar menos impuestos y evitar la progresividad del IRPF, que tiene un tipo marginal pr¨®ximo al 50%. "Desde ese momento encontramos sociedades que son como un mero cascar¨®n, vac¨ªas, sin actividad, ni personal. Es lo que denominamos habitualmente como simulaci¨®n", apunta Groba, que tambi¨¦n explica que otro de los casos son las operaciones vinculadas, cuando el propietario de la empresa se deduce gastos no relacionados con la actividad. O cuando las prestaciones que la compa?¨ªa paga al propietario est¨¢n muy alejadas de los precios de mercado.
En concreto, seg¨²n consta en las sentencias, el artista factur¨® a trav¨¦s de su empresa de espect¨¢culos 207.920 euros en 2006; 287.094,70 euros durante el ejercicio 2007 y 303.506,24 euros en 2008 por su actividad como presentador de Telecinco y por publicidad. El presentador cargaba sus gastos a la empresa para deduc¨ªrselos al hacer la declaraci¨®n de impuestos de sociedades. De hecho, en 2007 carg¨® 213.751 euros como gastos a la sociedad para deduc¨ªrselos, de los que Hacienda solo considera relacionados con la actividad unos 80.480 euros. En 2008 carg¨® a la empresa 110.796 euros a pesar de que el fisco solo considera que se pod¨ªa haber deducido 24.451 euros. Se supone que el resto eran gastos personales o no vinculados con la actividad de la empresa. Entre ellos se inclu¨ªa el apartamento que el conocido presentador ten¨ªa en Alicante.
Apartamento en Alicante
El presentador trat¨® de justificar ante el fisco que la empresa ten¨ªa "medios materiales y recursos humanos" para desmontar que fuera una simulaci¨®n. "ALMAXIMO profesionales de la Imagen, SL no aportaba al ejercicio de la actividad art¨ªstica m¨¢s inmovilizado material que un inmueble, que es una vivienda situada en la provincia de Alicante", reza la sentencia.
Adem¨¢s, a trav¨¦s de esta firma se asignaba una cantidad anual de 44.400 euros en 2006; 43.065 en 2007 y 60.000 euros en 2008. Estas cantidades eran las que tributaban en el IRPF a unos tipos m¨¢s bajos de los que le corresponder¨ªan si hubiera tributado por todos sus ingresos porque la escala es progresiva.
Tras realizar la inspecci¨®n, la Agencia Tributaria le reclama 188.627 euros por cuotas defraudadas en 2007 y 2008 y una multa aparejada de 81.979 euros equivalente al 50% de la cuota defraudada, seg¨²n consta en la sentencia del TSJM. Por la cantidad eludida en 2006, Hacienda le reclama otros 68.151 euros en concepto de cuota y 27.181 euros por la sanci¨®n correspondiente.
"La norma fiscal aplicable era clara y obligaba a valorar a precio de mercado la operaci¨®n vinculada (las transacciones entre la empresa y el presentador) y no cab¨ªa interponer una sociedad en relaci¨®n a servicios personal¨ªsimos que solo el socio pod¨ªa prestar con el ¨²nico fin de eludir los tipos impositivos del IRPF y deducir gastos en sede de la sociedad ajenos a la actividad y concurre cuando menos negligencia", se?ala el auto en los fundamentos de derecho. Y admite que aunque se han producido varios cambios legislativos, estos "no justifican la aplicaci¨®n autom¨¢tica de lo facturado por la sociedad como valor de la operaci¨®n vinculada ni que integre la base imponible del IRPF del socio, la interposici¨®n de una sociedad profesional para la prestaci¨®n de servicios es una opci¨®n leg¨ªtima".
La situaci¨®n tributaria de M¨¢xim Huerta es parecida a la que han vivido muchos artistas, deportistas, presentadores, periodistas y otros profesionales que han utilizado empresas pantallas para reducir su factura fiscal de forma fraudulenta. En 2012, en lo peor de la crisis y cuando la Administraci¨®n P¨²blica buscaba recursos por todos lados, Hacienda decide aclarar la norma sobre imputaci¨®n de rentas porque se estaba produciendo un abuso de la misma. No proh¨ªbe crear una sociedad para gestionar los ingresos, lo que aclara es que la imputaci¨®n de estos deben ser a precios de mercado. Es decir, que si la empresa factura una cantidad por una actividad debe pagar un precio similar al titular.
Las sentencias publicadas en la base de datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) evitan hacer menci¨®n expresa al nombre del contribuyente as¨ª que se refieren a ¨¦l como Don Luis Carlos y Don Adolfo. "Durante los ejercicios de comprobaci¨®n", se?ala la sentencia, "Luis Carlos (M¨¢xim Huerta) es el socio y administrador de ALMAXIMO Profesionales de la Imagen SL, ostenta el 100% de titularidad de las participaciones, y adem¨¢s, es administrador ¨²nico". Los magistrados consideran probado que Huerta percibi¨® rendimientos de trabajo provenientes de la sociedad ALMAXIMO durante los ejercicios objeto de comprobaci¨®n.
Contrato con Telecinco
En el ejercicio 2007 los rendimientos de trabajo satisfechos por la sociedad a su socio fueron de 43.065 euros,con una retenci¨®n a cuenta del IRPF de 6.459,75 euros y en 2008 de 60.000 euros con una retenci¨®n de 8.800 euros por los mismos conceptos, respectivamente. La otra sentencia se refiere a 2006 y recoge: "En el ejercicio 2006 los rendimientos satisfechos por la sociedad a su socio fueron de 44.400 euros, con una retenci¨®n a cuenta del IRPF de 6.660,00 euros".
ALMAXIMO profesionales de la imagen obtuvo ingresos por importe de 287.094,70 euros en 2007 y en 2008 de 303.506,24 euros. Todos sus ingresos corresponden a las facturas emitidas a sus clientes por servicios que en todos los casos requer¨ªan la intervenci¨®n de su socio y administrador ¨²nico y era la raz¨®n y la esencia de la contrataci¨®n como presentador de un programa de TV o por servicios publicitarios.
"La sociedad ha realizado labores accesorias consistentes en la emisi¨®n de las facturas y gesti¨®n de su cobroy ha efectuado pagos y una parte importante corresponden a gastos ajenos a la actividad, que no a?aden valor a la actividad personal¨ªsima del socio no asume riesgos ni aporta activos relevantes. Adem¨¢s, la sociedad solo dispone como inmovilizado material de un inmueble vivienda situada en Alicante ajeno a la actividad que tiene lugar en Madrid", se?alan los autos.
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