Expertos juristas ven inconstitucional una consulta habilitante para reformar el Estatuto vasco
Los catedr¨¢ticos sostienen que la f¨®rmula prevista por el PNV y EH Bildu no tiene cabida en el marco jur¨ªdico actual
Expertos constitucionalistas consultados por EL PA?S sostienen que introducir la celebraci¨®n de una "consulta habilitante" en el procedimiento para reformar el Estatuto de Gernika, como han pactado hoy el PNV y EH Bildu en el Parlamento auton¨®mico, "no tiene cabida" en el actual marco jur¨ªdico y ser¨ªa declarada inconstitucional por el alto tribunal. Eduardo V¨ªrgala, Alberto L¨®pez Basaguren, Javier Tajadura y Roberto Uriarte, todos ellos especialistas en Derecho Constitucional, coinciden en que las instituciones del Pa¨ªs Vasco no son competentes para convocar una votaci¨®n como la pretendida por los nacionalistas.
¡°No veo posibilidad alguna de que el Gobierno vasco convoque una consulta¡± sobre el Estatuto, afirma el catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la UPV Eduardo V¨ªrgala: ¡°Cualquier modificaci¨®n [estatutaria] tiene que seguir la v¨ªa que marcan la Constituci¨®n y el Estatuto de Gernika, que no contemplan esa opci¨®n¡±. El Alto Tribunal, recuerda este jurista, ya ha declarado que ¡°el ¨²nico competente¡± para promover una votaci¨®n as¨ª es el Gobierno central.
El PNV y EH Bildu han pactado hoy que la futura reforma del Estatuto del Pa¨ªs Vasco sea sometida a una consulta "habilitante" entre la ciudadan¨ªa vasca, cuya celebraci¨®n ser¨ªa previa a la tramitaci¨®n del nuevo texto estatutario en las Cortes Generales y no tendr¨ªa validez jur¨ªdica. Las dos formaciones nacionalistas han coincidido en incluir esta f¨®rmula con el fin de que la ciudadan¨ªa se pronuncie sobre el nuevo estatus pol¨ªtico-jur¨ªdico del Pa¨ªs Vasco que apruebe el Parlamento, aunque han acordado que la consulta "tendr¨ªa un valor declarativo y habilitante esencial", y no ser¨ªa vinculante.
Javier Tajadura, profesor de Constitucional, precisa que la doctrina del m¨¢ximo tribunal ¡°no establece diferencias entre consultas vinculantes o no vinculantes¡±. No cabe hacer "juegos de palabras" ni hacer distinciones entre una consulta o un refer¨¦ndum, puesto que en ambos casos la competencia para llevarlas adelante recae en el Estado.
¡°Consultar a un cuerpo electoral sobre una cuesti¨®n pol¨ªtica sin las garant¨ªas recogidas en el procedimiento, como es el caso, va contra el marco jur¨ªdico establecido, que en la actualidad no otorga al Pa¨ªs Vasco la capacidad para hacerlo", manifiesta Tajadura. "El Gobierno vasco podr¨ªa realizar una encuesta sobre el Estatuto, pero no una consulta", afirma.
Alberto L¨®pez Basaguren coincide con sus colegas y advierte de que el procedimiento acordado por los nacionalistas es inconstitucional y ¡°similar a lo que pretend¨ªa [el exlehendakari] Ibarretxe¡±. "El Tribunal Constitucional dice que introducir una consulta previa en un procedimiento de reforma de estatuto altera la naturaleza del procedimiento y no es admisible", sostiene el catedr¨¢tico.
En su opini¨®n, incluir en el proceso de reforma la celebraci¨®n de una consulta, aunque esta no tenga car¨¢cter vinculante, "solo busca dar legitimidad social" a un texto aprobado por el Parlamento. De esta manera, insiste, "se reproduce la confrontaci¨®n" que se dio en 2005, cuando la propuesta que lider¨® Ibarretxe fue rechazada por el Congreso, y supone "volver al conflicto m¨¢s descalificador de las instituciones del Estado".
Roberto Uriarte, que fue secretario general de Podemos Euskadi y es profesor de Derecho Constitucional, opina que "t¨¦cnicamente un referendum consultivo que afecte a competencias estatales requiere autorizaci¨®n del presidente del Gobierno". Pero va m¨¢s all¨¢, y opina que se da "un problema de fondo previo a la cuesti¨®n t¨¦cnica, y es que el principio democr¨¢tico exige una ciudadan¨ªa bien informada sobre aquello sobre lo que es consultada", esto es, requiere "claridad".
Seg¨²n su punto de vista, un gobierno auton¨®mico no repsetar¨ªa un proceso democr¨¢tico "si convoca una consulta a la ciudadan¨ªa sobre cuestiones de naturaleza constitucional sobre las que no tiene competencia" y, adem¨¢s lo hace sin aclarar "sin lugar a confusi¨®n si se trata de un mero sondeo de opini¨®n o trata de abrir un cauce constituyente al margen del poder constituido". Del mismo, Uriarte tambi¨¦n apunta que un Gobierno central "no respetar¨ªa el principio democr¨¢tico si utiliza la Constituci¨®n somo una camisa de fuerza para dejar sin ningun procedimiento posible dentro de la legalidad vigente a un territorio en el que una clara mayor¨ªa estuviera netamente a favor de modificar su estatus territorial".
En resumen, concluye el profesor, la soluci¨®n pasa por "evitar las decisiones unilaterales, respetar escrupulosamente los procedimientos y sobre todo, claridad, claridad y claridad".
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