El Supremo confirma 22 a?os de c¨¢rcel a un hombre que chantaje¨® a cinco mujeres para tener sexo ¡®online¡¯
Los magistrados consideran delito la 'sextorsi¨®n' porque las mujeres no dan su consentimiento
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 22 a?os y siete meses de prisi¨®n por delitos continuados de abusos sexuales por internet, contra la intimidad y amenazas a un hombre que chantaje¨® a cinco mujeres para que mantuvieran sexo con ¨¦l a trav¨¦s de una c¨¢mara web despu¨¦s de haber accedido a archivos personales de las v¨ªctimas mediante un virus inform¨¢tico. Los magistrados condenan al hombre por cuatro delitos de abuso sexual continuado (el mismo por el que se conden¨® a los miembros de La Manada) cometido contra tres de las mujeres, y le atribuyen adem¨¢s delitos de amenazas y contra la intimidad de todas las v¨ªctimas. Por cada uno de los delitos de abuso le imponen una pena de entre 21 meses y ocho a?os de prisi¨®n, en funci¨®n del tiempo por el que se prolongaran los abusos y los actos que se viera obligada a hacer la v¨ªctima.
?En la sentencia, notificada este jueves, la Sala de lo Penal advierte de la proliferaci¨®n de los casos de ¡°sextorsi¨®n¡±, en los que en muchas ocasiones la v¨ªctima no denuncia porque se averg¨¹enza de lo que ha estado haciendo. El autor de los hechos, se?alan los magistrados, tras acceder a los ordenadores de las mujeres, ¡°se sit¨²a en una posici¨®n de superioridad virtual por Internet¡± y le exige a la v¨ªctima que lleve a cabo actos bajo amenaza de difundir fotograf¨ªas o videos personales. ¡°Es esta posici¨®n no consentida en la v¨ªctima, y forazada por el autor del delito, lo que determina que se haya cometido un delito de abusos sexuales¡±, afirma el Supremo.
La sentencia de la Sala Penal confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia y rechaza el recurso presentado por el condenado. El hombre tendr¨¢ que pagar una indemnizaci¨®n total de 12.000 euros a dos de sus v¨ªctimas.
La resoluci¨®n recurrida consider¨® probado que el acusado us¨® un sofisticado programa inform¨¢tico, entre 2005 y 2010, para acceder a los archivos personales de contenido sexual que cada una de ellas ten¨ªa en su ordenador. Les enviaba un correo electr¨®nico que al abrirlo introduc¨ªa un virus, lo que le permit¨ªa acceder a todos los contenidos. Despu¨¦s de advertirles que pod¨ªa difundirlos y causarles un grave perjuicio, logr¨® que tres de ellas, seg¨²n los hechos probados, admitieran mantener contactos con ¨¦l a trav¨¦s de un programa de mensajer¨ªa instant¨¢nea mediante una c¨¢mara web.
El Tribunal Supremo se?ala en su sentencia que en el registro e intervenci¨®n del ordenador del condenado le detectaron un programa que permit¨ªa acceder a otros ordenadores y apropiarse de su contenido, lo que concuerda con las declaraciones de todas las v¨ªctimas. Esos archivos se convert¨ªan en ¡°instrumento de chantaje para conseguir sus fines sexuales y amenazarles con su divulgaci¨®n si no acced¨ªan a sus pretensiones¡±.
Los magistrados destacan que, de esta manera, se comete un delito de abuso sexual de car¨¢cter virtual o por internet, que no requiere de modo espec¨ªfico un "contacto sexual" directo por parte del autor del delito, sino de "actos que vayan encaminados a atentar contra la libertad sexual de las v¨ªctimas¡±. En este caso, los hechos demuestran actos ¡°claramente atentatorios¡± contra la libertad sexual de las mujeres afectadas y realizados sin su consentimiento, mediante "la advertencia de difundir archivos de ellas de alto contenido sexual y caus¨¢ndoles, con ello, un gran perjuicio personal y de imagen¡±.
En muchos casos similares, explican los magistrados, incluso no se denuncia porque la v¨ªctima se averg¨¹enza, hasta que decide cortar su contacto con el criminal como ¨²nica forma de acabar con la ¡°sextorsi¨®n¡±. ¡°La persistencia de estos es lo que puede llevar, finalmente, a las v¨ªctimas a denunciar. Y es aqu¨ª donde tras las medidas de investigaci¨®n policial del Grupo de Delitos Tecnol¨®gicos es cuando puede detectarse, con medidas de acceso al ordenador del autor del delito, la detecci¨®n de otras posibles v¨ªctimas que hasta ese momento no hab¨ªan querido denunciar, que es lo que en este caso ocurri¨®¡±, subraya la Sala.
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