El Supremo confirma la absoluci¨®n del ¨²nico acusado del doble crimen de Almonte
El alto tribunal considera que con las pruebas practicadas el jurado pod¨ªa haber llegado a otra conclusi¨®n, pero su veredicto se basa ¡°en criterios de racionalidad¡±
El Tribunal Supremo ha absuelto?al ¨²nico acusado por el doble crimen de Almonte (Huelva), cometido el 27 de abril del 2013 y en el que murieron una ni?a de ocho a?os y su padre, de 39, tras recibir 151 pu?aladas. El acusado era la expareja de la madre de la ni?a asesinada y exesposa del fallecido. El Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa que, al igual que la del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Huelva, absolvi¨® al hombre. La familia de las v¨ªctimas hab¨ªa pedido la repetici¨®n del juicio, una petici¨®n a la que se sum¨® la fiscal¨ªa al entender que hubo ¡°defectos¡± en el veredicto del jurado. El alto tribunal considera, sin embargo, que las dos sentencias anteriores hicieron ¡°una valoraci¨®n racional¡± de las pruebas practicadas en el juicio.
El tribunal desestima el recurso presentado por la familia de las v¨ªctimas contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa que confirm¨® la absoluci¨®n acordada por el jurado. El Supremo recuerda que valorar las pruebas es competencia del juzgado y que el alto tribunal, al no haber estado en el juicio, no puede hacer una "revalorizaci¨®n". El jurado consider¨® que no se hab¨ªa probado la participaci¨®n del acusado en el doble crimen. En l¨ªnea con el Tribunal Superior de Justicia, los magistrados se?alan que con las pruebas practicadas el jurado pod¨ªa haber llegado a otra conclusi¨®n, pero sostiene que su veredicto se basa ¡°en criterios de racionalidad¡±.
El jurado bas¨® su veredicto en la declaraci¨®n de dos testigos que lo situaban a la hora en que ocurrieron los hechos en el supermercado donde trabajaba. Tambi¨¦n en que el ADN compatible con el acusado hallado en unas toallas que hab¨ªa en los ba?os del domicilio de los fallecidos podr¨ªa tener una explicaci¨®n distinta de la de su presencia en el lugar del crimen, ya que este manten¨ªa una relaci¨®n sentimental con la exmujer del fallecido y madre de la ni?a asesinada. El jurado, al no hallar culpable al ¨²nico acusado, consider¨® probado que a las 22:00 del 27 de abril de 2013 ¡°una persona no identificada¡± propin¨® al padre 49 cuchilladas y a su hija de ocho a?os, 105.
Los magistrados explican que el recurso de la familia, que contaba con el apoyo de la fiscal¨ªa, cuestionaba la valoraci¨®n del jurado y solicitaba la condena del acusado. ¡°Podr¨ªamos estar de acuerdo, pero aunque as¨ª fuera, la funci¨®n de valorar las pruebas est¨¢ sujeto a la percepci¨®n inmediata de la actividad probatoria. El art¨ªculo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC), recoge la sentencia, afirma (¡) que los jueces valorando en conciencia las pruebas practicadas en el juicio oral, declararan el hecho probado¡±, indica la Sala.
El Supremo recuerda que la funci¨®n de valorar las pruebas corresponde al jurado y que ¡°est¨¢ presidida¡± por la aplicaci¨®n del ¡°in dubio pro reo y el derecho fundamental a la presunci¨®n de inocencia, que obliga a la absoluci¨®n en caso de existencia de una duda que afirma el contenido del derecho a la presunci¨®n de inocencia¡±.
Para el tribunal, la valoraci¨®n de las pruebas que hizo el jurado, como el hecho de que hubiera ADN del acusado en las toallas de la casa donde ocurrieron los hechos, ¡°entra en lo razonable, aunque las acusaciones no lo comparten¡±. El jurado actu¨®, explica el Supremo, ¡°exponiendo las divergencias¡± entre las periciales. ¡°Plantea una expresi¨®n de duda sobre la prueba pericial que en el ¨¢mbito penal de la jurisdicci¨®n tiene un contenido concreto, la absoluci¨®n¡±, recuerda la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta.
Respecto a las declaraciones de los testigos, la de los compa?eros de trabajo, incluyendo la de la mujer del fallecido, afirma que la valoraci¨®n del jurado tambi¨¦n es racional. Despu¨¦s de o¨ªr esas declaraciones, los magistrados explican que se decantan por los testimonios que sit¨²an al acusado en el centro comercial en una franja horaria (las 21.45) ¡°que es incompatible¡± con haber cometido el crimen. La Sala recuerda que la argumentaci¨®n de las sentencias impugnadas no puede ser cuestionada, como plantea el recurso de la familia, argumentando la falta de veracidad de una testigo, la existencia de un inter¨¦s de protecci¨®n por parte de otro testigo, o sus malas relaciones con la familia del fallecido.
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