Infortunio europeo de los indepes
Las ¨²ltimas decisiones de los tribunales europeos golpean la estrategia secesionista
Todo va tan deprisa que parece que fue hace un siglo. Pero no. El viernes se cumpli¨® un a?o desde que el tribunal alem¨¢n de Schleswig-Holstein denegara la euroorden de entrega del expresident Carles Puigdemont a la justicia espa?ola. Fue el primero de varios reveses cosechados por el juez instructor, Pablo Llarena, en B¨¦lgica y Reino Unido.
Aquellas decisiones de tribunales europeos nacionales sirvieron para que el independentismo lanzase una formidable campa?a propagand¨ªstica. Pero las mieles se han tornado hieles. Instituciones y tribunales europeos supranacionales empiezan a retornarle esas ca?as en forma de lanzas. Este 3 de julio la Comisi¨®n Europea deneg¨® la petici¨®n de Puigdemont de activar contra Espa?a las sanciones del art¨ªculo 7 del Tratado de Lisboa por no ¡°respetar a las minor¨ªas¡± (sic): el mismo que Bruselas inco¨® contra Varsovia por gubernamentalizar la selecci¨®n de los jueces polacos¡ exactamente lo mismo que pretend¨ªa la ilegal Ley de transitoriedad jur¨ªdica y fundacional de la rep¨²blica catalana de 7/9/2017.
La v¨ªspera, el fugitivo rehuy¨® acudir a la manifestaci¨®n que ¨¦l mismo hab¨ªa convocado en Estrasburgo, para protestar porque el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE, con sede en Luxemburgo) le deneg¨® (y al exconseller Toni Com¨ªn) 24 horas antes la medida cautelar que le asegurase su acceso a la condici¨®n de eurodiputado. El tribunal dictamin¨® que la C¨¢mara actu¨® correctamente al excluir a los fugitivos. No constaban en la lista de electos enviada por Espa?a, y la norma electoral europea remite a que la discusi¨®n sobre el requisito (incumplido) de acatar la Constituci¨®n ¡°ha de ser resuelta por las autoridades nacionales¡±.
La escasa asistencia a la protesta fue f¨²nebre, un nuevo fiasco en el, por otra parte, perseverante intento de ¡°internacionalizar el conflicto¡±. El convocante no compareci¨®, temiendo que Francia le entregase a Espa?a aplicando el convenio bilateral (¡°de M¨¢laga¡±, 2002) que permite a ambos pa¨ªses la entrega de delincuentes sin acudir a un juez. Su proclama por v¨ªdeo clamando que ¡°no es nuestra Europa¡± esta en la que ¡°los buenos¡± no tienen ¡°garantizados los derechos¡± dio cuenta de su ventajismo: aparentemente europe¨ªsta si le conviene, antieuropeo de la rama ultra cuando Europa rechaza sus pretensiones. Los rechazos del Parlamento, de la Comisi¨®n y del TJUE vienen precedidos de tres resoluciones contrarias a los independentistas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH, con sede en Estrasburgo), al que algunos prev¨¦n recurrir en ¨²ltima instancia cuando el Supremo dicte su sentencia en el juicio del proc¨¦s.
La principal de ellas es la del 28 de mayo. Su may¨²scula trascendencia para el futuro de los pleitos del proc¨¦s ha sido ignorada por los demandantes y apenas valorada y subrayada por sus rivales. La sentencia es trascendente porque valida las prohibiciones del Tribunal Constitucional espa?ol contra las actuaciones parlamentarias ilegales, incluso aunque esas prohibiciones limitasen derechos fundamentales. En realidad no las valida solo como leg¨ªtimas, sino que las proclama como ¡°necesarias¡±.
Estrasburgo deneg¨® la petici¨®n de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y otros 75 exdiputados auton¨®micos contra la suspensi¨®n por el Constitucional del Pleno parlamentario del 9/10/2017 que deb¨ªa extraer las consecuencias del reciente refer¨¦ndum ilegal del 1-O: activar la declaraci¨®n de independencia. El TEDH rechaz¨® que esa suspensi¨®n asfixiase las libertades de reuni¨®n y de expresi¨®n de los diputados con un argumento contundente: la ¡°injerencia¡± del Constitucional ¡ªque reconoce como tal¡ª en esos derechos era ¡°necesaria en una sociedad democr¨¢tica¡± en aras al mantenimiento de la ¡°seguridad p¨²blica¡±, ¡°la defensa del orden¡± y la ¡°protecci¨®n de derechos y libertades de terceros¡±, los diputados de la oposici¨®n, ¡°frente a los abusos cometidos por la mayor¨ªa parlamentaria¡±.
Los magistrados recordaron adem¨¢s que ¡°es obligatorio cumplir las sentencias de los tribunales constitucionales¡±; que se puede hacer campa?a para cambiar una ley pero siempre ¡°que los medios utilizados a tal fin sean legales¡± y ¡°que la modificaci¨®n propuesta sea compatible con los principios democr¨¢ticos¡±; y que el Constitucional honr¨® una ¡°necesidad social apremiante¡±, la de garantizar el orden constitucional. Ante esta demoledora sentencia, ni el Govern, ni Waterloo ni las plataformas soberanistas han desencadenado ninguna campa?a de agitaci¨®n y desobediencia. Quiz¨¢ porque est¨¦ originalmente escrita no en castellano, sino, ay, en franc¨¦s.
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