La justicia avala el uso de informes secretos del CNI para expulsar a sospechosos de yihadismo
La Audiencia Nacional respalda el traslado a Marruecos de un im¨¢n al que el servicio secreto catalog¨® como peligroso para la seguridad nacional
"La conducta personal del interesado, de adoctrinamiento de j¨®venes magreb¨ªes en postulados radicales salafistas-wahabitas que defender¨ªan el establecimiento de un califato regido por la sharia?[ley isl¨¢mica] sin descartar la lucha armada como medio, [...] evidencia una tendencia del interesado a proseguir esa conducta en el futuro, por lo que constituye una amenaza real y actual para la seguridad nacional".?El 6 de marzo de 2018, el Ministerio del Interior expuls¨® a Marruecos a Yassine Lafraiki, un im¨¢n asentado en Corella (Navarra) con el argumento de que un informe del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) lo catalogaba como peligroso para la seguridad nacional. M¨¢s de un a?o despu¨¦s, cinco magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional han concluido que dicha expulsi¨®n, y la consiguiente prohibici¨®n de regresar a Espa?a en 10 a?os, es ajustada a derecho y rechaza el recurso de Lafraiki contra aquella decisi¨®n.
El im¨¢n, que ha negado siempre cualquier vinculaci¨®n con el yihadismo y esgrim¨ªa su arraigo en Espa?a, donde estaba casado y ten¨ªa un hijo de pocos meses, aseguraba en el recurso ahora rechazado que durante el proceso administrativo que hab¨ªa desembocado en su expulsi¨®n hab¨ªa sufrido indefensi¨®n ya que nunca se le dio acceso al informe de los servicios secretos que dio pie a su expulsi¨®n ni a las pruebas que conten¨ªa contra ¨¦l. Ahora, los magistrados concluyen que la jurisprudencia exige preservar el car¨¢cter reservado de aquella informaci¨®n que se considere sometida a la legislaci¨®n de secretos oficiales, como es el caso de los informes del CNI, y que "por razones obvias" no puede ser conocida por el im¨¢n. El tribunal rechaz¨® la pretensi¨®n de Lafraiki de que estos datos fueran analizados "a puerta cerrada y de modo confidencial". El fallo insiste en que ¨²nicamente existe la obligaci¨®n de facilitar los datos que permitan al acusado ¡°articular su defensa¡±.?
En este caso, la sentencia recalca que se cubri¨® ampliamente este ¨²ltimo requisito, ya que considera que el expediente de Interior que determin¨® su expulsi¨®n inclu¨ªa esta informaci¨®n b¨¢sica. Entre ella, la supuesta vinculaci¨®n del im¨¢n con la organizaci¨®n Revival of Islamic Heritage Society (RIHS), considerada por organismos internacionales como asociada a Al Qaeda y al Estado Isl¨¢mico (ISIS en sus siglas en ingl¨¦s) y para la que Lafraiki recaudaba dinero para construir una mezquita en Navarra. El informe destacaba que un dirigente del RIHS hab¨ªa acudido a Corella a visitar las obras del templo y que en todo momento hab¨ªa sido acompa?ado por el im¨¢n. El expediente de expulsi¨®n tambi¨¦n incid¨ªa en que varios alumnos a los que ense?aba el Cor¨¢n en la localidad navarra hab¨ªan abandonado sus clases por sus postulados radicales y que, incluso cuando fue cesado como im¨¢n, sigui¨® desarrollando "labores de adoctrinamiento en bajos de edificios, incluido el que utiliza como domicilio".?
Cronolog¨ªa de una expulsi¨®n
23 de mayo de 2017. El CNI presenta una denuncia en el Ministerio del Interior sobre las supuestas conexiones islamistas radicales de?contra Yassine Lafraiki, al que asegura haber seguido desde tres a?os antes.
5 de junio de 2019. Los cinco magistrados de la Secci¨®n Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo emiten la sentencia en la que se desestima el recurso presentado por Lafraiki contra su expulsi¨®n. El ciudadano marroqu¨ª renuncia a presentar recurso, seg¨²n su abogado.
La sentencia a?ade que el informe secreto del CNI se vio ¡°corroborado y completado¡± por una investigaci¨®n posterior de la Polic¨ªa Nacional que, adem¨¢s, hab¨ªa a?adido nuevos indicios sobre la supuesta radicalizaci¨®n religiosa de Lafraiki. Por todo ello, los magistrados concluyen que tanto el documento de los servicios secretos como el policial ¡°re¨²nen las condiciones formales suficientes para ser valorados, pudiendo atribuir a los mismos la cualidad de prueba de cargo¡±. Oleksandr Voronyuk, abogado de Lafraiki, aseguraba este martes a EL PA?S que su cliente no recurrir¨¢ ante el Supremo el fallo de la Audiencia Nacional a pesar de que sigue negando su vinculaci¨®n con ninguna corriente radical del Islam: ¡°Se ha asentado en Marruecos con su familia¡±.
Fuentes judiciales aseguran que el uso de informes del CNI para justificar expulsiones de inmigrantes por motivos de seguridad nacional es excepcional, aunque no para denegar peticiones de nacionalidad. La propia Audiencia Nacional ha rechazado en los ¨²ltimos ocho meses tres peticiones -dos de marroqu¨ªes y una tercera de un sirio- de concederles la nacionalidad espa?ola precisamente porque documentos de los servicios secretos los catalogan como personas de riesgo. En junio, la Audiencia Nacional tambi¨¦n aval¨® la expulsi¨®n de un marroqu¨ª al que la Polic¨ªa detuvo en julio de 2017 en un?centro comercial de Lleida tras gritar: "Al¨¢ Akbar. Voy a poner una bomba y luego huir¨¦ a pie. Soy un terrorista". El informe policial lo acusaba de?"participar en actividades contrarias a la seguridad nacional". En este caso, el tribunal tambi¨¦n respald¨® la decisi¨®n de Interior pese a que admit¨ªa en el fallo que el marroqu¨ª sufr¨ªa "delirios", "des¨®rdenes de personalidad" y "esquizofrenia"?entre otras muchas enfermedades.? ?
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