Estrasburgo avala las devoluciones en caliente de inmigrantes que saltan la valla en Ceuta y Melilla
El tribunal declara que Espa?a no vulner¨® los derechos humanos al expulsar a dos subsaharianos a Marruecos
Estrasburgo ha dado un giro de 180 grados a su postura sobre las devoluciones en caliente que tendr¨¢ previsiblemente importantes consecuencias para la legislaci¨®n espa?ola y europea en materia migratoria. El fallo inapelable y por unanimidad de la gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera, al contrario que una primera sentencia de los jueces de Estrasburgo, que al realizar la devoluci¨®n sumaria de dos inmigrantes subsaharianos que saltaron la valla de Melilla en 2014, Espa?a no viol¨® la prohibici¨®n de realizar expulsiones colectivas de la Convenci¨®n Europea de Derechos Humanos ni tampoco el art¨ªculo 13 sobre el derecho a un recurso efectivo.
¡°El tribunal consider¨® que los demandantes se pusieron ellos mismos, de hecho, en una situaci¨®n ilegal cuando intentaron de forma deliberada entrar en territorio espa?ol el 13 de agosto de 2014 de una forma no autorizada al escalar las vallas que rodean el enclave espa?ol de Melilla en la costa norteafricana¡±, se?ala la sentencia, revelada este jueves en la gran sala del tribunal europeo por el presidente de la Corte, el juez griego Linos-Alexandre Sicilianos, que ley¨® un resumen de apenas cinco minutos del caso ante unas pocas decenas de asistentes. En su decisi¨®n, los 17 jueces que revisaron a petici¨®n de Espa?a la sentencia inicial, que obligaba al Estado espa?ol a indemnizar con 5.000 euros a cada uno de los dos demandantes, subrayan que aunque estos dispon¨ªan sobre el terreno de varias v¨ªas para solicitar una entrada regularizada a Espa?a, ¡°decidieron no usar los procedimientos legales que exist¨ªan para entrar en territorio espa?ol de manera legal¡±. Por lo tanto, agrega el tribunal europeo, lo que sucedi¨® despu¨¦s ¡ªsu arresto por la Guardia Civil y su devoluci¨®n inmediata y sin que se les permitiera consultar a un abogado o a un m¨¦dico, entre otros¡ª fue ¡°consecuencia de su propia conducta¡±. En tanto que el TEDH consider¨® probado que ¡°la falta de un procedimiento individualizado¡± para su expulsi¨®n fue consecuencia de lo que hicieron los demandantes, los jueces de Estrasburgo ¡°no pueden hacer responsables al Estado de la falta de un recurso legal en Melilla que les permitiera impugnar esa expulsi¨®n¡±, agrega el tribunal.
¡°En el caso N.D. y N.T. contra Espa?a, hay que comprender bien que los demandantes entraron por la fuerza a territorio espa?ol y utilizando un efecto de masas. No usaron las v¨ªas legales, regulares, que existen para demandar asilo en Espa?a. Ese es el motivo por el que, teniendo en cuenta esos elementos, el tribunal consider¨® que no hubo una violaci¨®n de la Convenci¨®n de Derechos Humanos y, m¨¢s precisamente, de un protocolo de la Convenci¨®n que proh¨ªbe las expulsiones colectivas¡±, explic¨® a periodistas tras la lectura de la sentencia el jefe de gabinete de Sicilianos, Patrick Titiun. El caso original solo se refer¨ªa a la situaci¨®n concreta de dos subsaharianos, N.D. (Mali, 1986) y N.T. (Costa de Marfil, 1985), que el 13 de agosto de 2014 realizaron junto un grupo de unos 70 migrantes un intento de saltar la valla de Melilla y que fueron expulsados en caliente al tocar territorio espa?ol. En la sentencia de 2017, los jueces condenaron las condiciones en que fueron expulsados, pero se limitaron a ordenar a Espa?a el pago de una indemnizaci¨®n de 5.000 euros a cada uno de los demandantes.
Preocupado porque pudiera sentar un precedente o afectar a la controvertida pr¨¢ctica de las devoluciones en caliente, que hab¨ªa legalizado en 2015 mediante una disposici¨®n adicional en la Ley de Seguridad Ciudadana, la denominada ley mordaza, el Gobierno de Mariano Rajoy decidi¨® recurrir la sentencia. Y Estrasburgo acept¨®, algo que ocurre solo ¡°si el asunto plantea una cuesti¨®n grave relativa a la interpretaci¨®n o a la aplicaci¨®n del convenio o de sus protocolos o una cuesti¨®n grave de car¨¢cter general¡±, seg¨²n estipula el propio Convenio Europeo de Derechos Humanos. De hecho, al recurso espa?ol se acabaron uniendo los Gobiernos de Francia, Italia y B¨¦lgica, lo que denota el potencial impacto en la pol¨ªtica migratoria europea de la decisi¨®n tomada ahora por Estrasburgo.
Parad¨®jicamente, cuando lleg¨® la hora de defender la postura oficial espa?ola en Estrasburgo, en una audiencia abierta celebrada en septiembre de 2018, La Moncloa estaba ocupada ya por el socialista Pedro S¨¢nchez, cuyo partido se hab¨ªa pronunciado cuando a¨²n estaba en la oposici¨®n en contra de las devoluciones en caliente, pr¨¢ctica que lleg¨® a calificar de inconstitucional. Sin embargo, el nuevo Gobierno decidi¨® seguir adelante con el recurso y esperar al veredicto final europeo para plantear una modificaci¨®n o eliminaci¨®n de la controvertida pr¨¢ctica.?Algo que, seg¨²n dej¨® claro Patrick Titiun, es ahora una decisi¨®n exclusivamente de Madrid. ¡°Est¨¢ en manos del Gobierno espa?ol ver qu¨¦ consecuencias saca de esta decisi¨®n¡±, dijo a EL PA?S en Estrasburgo. ¡°Si se hubiera decidido que hubo una violaci¨®n, esto habr¨ªa tenido consecuencias diferentes¡±, reconoci¨®. ¡°Pero en lo que se refiere a este caso, no ha habido una violaci¨®n de la convenci¨®n¡±.
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