El Congreso aprueba la Ley de Asociaciones con el rechazo de PSOE e IU
Grupo Mixto, Coalici¨®n Canaria y los grupos de izquierda defienden el derecho de la Guardia Civil al reconocimiento del asociacionismo profesional
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy, con 192 votos a favor de PP, PNV, CIU y CC, el dictamen del proyecto de Ley Org¨¢nica reguladora del derecho de Asociaci¨®n, que sustituir¨¢ una norma preconstitucional de 1964 y que obligar¨¢ a las cerca de 240.000 asociaciones que hay en Espa?a a un funcionamiento m¨¢s democr¨¢tico y transparente. Al margen de esta ley quedan la Iglesia y la Guardia Civil. El Grupo Popular ha rechazado todas las enmiendas presentadas.
Los colectivos excluidos de la aplicaci¨®n de esta ley (militares, extranjeros, ONGS vinculadas a la Iglesia Cat¨®lica y Guardia Civil) han motivado el voto en contra del Grupo Socialista y el Grupo federal de Izquierda Unida, que han sumado 104 votos en contra.
Aunque Coalici¨®n Canaria ha apoyado el dictamen, ha pedido que se votara por separado el apartado c del articulo 3, en el que se remite a las Reales Ordenanzas todo lo concerniente al derecho de Asociaci¨®n de las miembros de las Fuerzas Armadas.
Durante el debate, su portavoz Luis Mardones ha defendido la anulaci¨®n del art¨ªculo 181 de las reales Ordenanzas, en el que se proh¨ªbe el derecho de asociaci¨®n a los militares y ha pedido a trav¨¦s de a una enmienda el "reconocimiento expreso de este derecho constitucional".
Mardones ha agregado que hasta Portugal "se nos ha adelantado democr¨¢ticamente" al reconocer recientemente este derecho de asociaci¨®n a sus militares y ha informado de que recientemente el Tribunal Constitucional reconoc¨ªa en una sentencia que se hab¨ªa vulnerado el derecho de una asociaci¨®n militar en situaci¨®n ajena al servicio activo, constituida como hermandad, al neg¨¢rsele el derecho a inscribirse en el registro de asociaciones.
En esta sentencia, inform¨® por ¨²ltimo Mardones, hubo un voto particular del magistrado Gonz¨¢lez Campo en el que se?ala la inconstitucionalidad del punto 1 articulo 181 de las Reales Ordenanzas por las que se proh¨ªbe el citado derecho de asociaci¨®n.
"Lo que no dice" la ley
Grupo Socialista y su portavoz para estos temas, Leire Paj¨ªn, ha asegurado que su voto en contra a la totalidad del texto se debe a que establece un modelo de asociaci¨®n que no comparten y ha considerado que "la ley pasar¨¢ a la historia no por lo que dice sino por lo que no dice".
Paj¨ªn se refer¨ªa as¨ª a la exclusi¨®n del ¨¢mbito de aplicaci¨®n de esta ley de la Guardia Civil, los extranjeros sin papeles y las ONGS vinculadas a al Iglesia cat¨®lica. En relaci¨®n a los primeros, el grupo socialista considera que no puede hablarse de este cuerpo como un cuerpo militar una vez que todas sus funciones son civiles y por lo tanto debe reconocerse su derecho a asociarse como a cualquier otro colectivo civil.
Sobre los inmigrantes, Paj¨ªn, ha recordado la postura de su grupo en favor de este derecho y, sobre la exclusi¨®n de las ONG vinculadas a la Iglesia Cat¨®lica, ha indicado que no se debe al Concordato, como argumenta el Grupo Popular, ya que en los acuerdos firmados entre la Santa Sede y el Estado espa?ol en 1979 se dice que las organizaciones a las que el Estado reconoce una personalidad jur¨ªdica civil deben regirse por el ordenamiento civil.
La exclusi¨®n de estas ONGS supone para el Grupo Socialista un agravio comparativo, ya que ¨¦stas si tienen derecho a recibir subvenciones p¨²blicas pero no est¨¢n sujetas a los mismos principios de funcionamiento democr¨¢tico y transparencia.
El portavoz de IU Luis Carlos Rej¨®n ha apoyado la postura socialista y ha asegurado que se perd¨ªa una buena oportunidad de regular este derecho para todos los colectivos sin exclusi¨®n.
Las novedades que introduce la ley
Entre las novedades que recoge el texto del Gobierno, se encuentra la creaci¨®n de Consejos Sectoriales de Asociaciones, que podr¨¢n agruparse por ¨¢mbitos concretos de actuaci¨®n. As¨ª, recoge las cuatro libertades fundamentales: libertad de creaci¨®n y adscripci¨®n a las asociaciones creadas, libertad de no asociarse y dejar de pertenecer a las mismas, as¨ª como la libertad de funcionamiento interno sin intromisi¨®n de los poderes p¨²blicos.
Adem¨¢s, contempla un cat¨¢logo de derechos de los asociados, que pueden ejercer frente a la propia asociaci¨®n, como son el derecho de informaci¨®n, de voto, participaci¨®n y asistencia. Tambi¨¦n se incorporan una serie de medidas de impuslo del asociacionismo que parten del papel activo que las Adminsitraciones P¨²blicas deben desarrollar para su fomento: mecanismos de asistencia, servicios de informaci¨®n de ayudas y subvenciones p¨²blicas.
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