El Constitucional avala la ley integral contra la violencia de g¨¦nero
Siete magistrados votan a favor y cinco en contra del art¨ªculo que permite aumentar las penas en caso de que el maltratador sea el var¨®n
El Tribunal Constitucional (TC) aval¨® ayer por siete votos a favor y cinco en contra la constitucionalidad del art¨ªculo 153.1 del C¨®digo Penal modificado por la ley de violencia de g¨¦nero y que permite elevar las penas en los casos en los que el var¨®n sea el agresor y la mujer la v¨ªctima. Desde la aprobaci¨®n de la norma en diciembre de 2005, se han presentado casi 200 cuestiones de inconstitucionalidad. De ellas, el TC ha admitido a tr¨¢mite 127 en relaci¨®n con el citado art¨ªculo.
La resoluci¨®n del pleno del TC obedece a una cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada por la titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 4 de Murcia respecto al mencionado art¨ªculo. La duda de la juez se sustentaba en la posible violaci¨®n del principio de igualdad ante la ley recogido en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n. La juez entend¨ªa que el maltrato solo puede cometerlo un var¨®n que agreda a quien es o fue su pareja femenina, mientras que en el resto de supuestos -sobre todo cuando es la mujer la que da?a al hombre- el delito se corresponde con el art¨ªculo 153.2 del C¨®digo Penal, con una pena de prisi¨®n menor (de 3 meses a 1 a?o en vez de los 6 meses a 1 a?o).
Seg¨²n informa Julio M. L¨¢zaro, los siete votos a favor han correspondido a la presidenta del Tribunal Constitucional, Mar¨ªa Emilia Casas, al vicepresidente, Guillermo Jim¨¦nez, y a los magistrados progresistas Elisa P¨¦rez Vela, Eugeni Gay, Pascual Sala, Manuel Arag¨®n y Pablo P¨¦rez-Tremps. Han votado en contra los magistrados conservadores Roberto Garc¨ªa-Calvo, Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodr¨ªguez-Zapata y Ram¨®n Rodr¨ªguez-Arribas.
Desde la aprobaci¨®n de la Ley de Medidas de Protecci¨®n Integral contra la Violencia de G¨¦nero, se han presentado 180 cuestiones de inconstitucionalidad, de las que el Constitucional ha admitido a tr¨¢mite 127 en relaci¨®n al art¨ªculo 153.1. a cargo de doce jueces, de los 835 competentes en asuntos de violencia machista que hay en Espa?a.
El resto de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas se refieren a los art¨ªculos 171.4, 172.2 y 148.4 del C¨®digo Penal, que tambi¨¦n fueron modificados por la ley de violencia de g¨¦nero, y que establecen un agravamiento de las penas por lesiones o amenazas en caso de que el agresor sea un var¨®n.
La norma entr¨® en vigor el 22 de diciembre de 2005, aunque su cap¨ªtulo penal y judicial no tuvo vigencia hasta seis meses despu¨¦s.
El aumento de las penas en los casos en que el maltratador sea hombre result¨® ser uno de los puntos que generaron una mayor pol¨¦mica durante la tramitaci¨®n parlamentaria de la ley, apoyada de forma un¨¢nime por todos los grupos pol¨ªticos.
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