Un juez reconoce el derecho a la ayuda por dependencia desde la solicitud
La sentencia corrige a la consejer¨ªa valenciana de Bienestar Social, que s¨®lo quer¨ªa pagar a una enferma desde que resolvi¨® su petici¨®n, 15 meses despu¨¦s de presentarla
Una mujer de 38 a?os que naci¨® con par¨¢lisis cerebral por sufrimiento fetal es la primera que, gracias a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), cobrar¨¢ la ayuda que reconoce la Ley de Dependencia desde el momento en que la solicit¨®, y no desde la fecha en que la Consejer¨ªa de Bienestar Social resolvi¨® su caso, casi a?o y medio despu¨¦s.
El fallo, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo(TSJCV), condena a la Generalitat Valenciana a pagar a la afectada 583 euros mensuales m¨¢s intereses desde el 12 de febrero de 2007, cuando la familia de la beneficiaria present¨® la documentaci¨®n. La solicitud se entreg¨® 15 meses antes del 14 de mayo de 2008, momento en el que se le reconoci¨® a esta persona el m¨¢ximo estado de dependencia -grado tres y nivel dos-, as¨ª como la prestaci¨®n econ¨®mica por cuidados familiares.
No es demasiado frecuente que las familias o las personas que solicitan este tipo de ayudas recurran a los jueces para poder percibirlas desde el momento en que presentaron la solicitud. Fuentes de la Plataforma en Defensa de la Ley de la Dependencia de Valencia explican que, despu¨¦s de meses de espera, cuando los beneficiarios obtienen la resoluci¨®n que les reconoce su situaci¨®n de discapacidad y su derecho a percibir ayudas se suelen dan por satisfechos. "En cuanto empieza a cobrar, la gente no se mete en m¨¢s l¨ªos", comentan. Adem¨¢s, un recurso contencioso administrativo implica acudir a un abogado "y gastarse un dinero que, en ocasiones, no est¨¢n dispuestos a asumir". De ah¨ª la dificultad de calcular el n¨²mero de personas que hayan podido seguir el camino de la familia de la enferma que ahora ha ganado su pleito a la Consejer¨ªa de Bienestar Social. El espaldarazo judicial que supone el reconocimiento de la retroactividad de las ayudas podr¨ªa animar a otros afectados a recurrir.
Bienestar Social inform¨® ayer que cumplir¨¢ la sentencia, pero indic¨® que se trata de un caso concreto, por lo que no se generalizar¨¢ el pago de ayudas desde el momento de la solicitud. Las mismas fuentes comentaron que la Administraci¨®n valenciana reconoce la retroactividad en caso de que se pueda demostrar que las personas ya percib¨ªan servicios desde la solicitud, como, por ejemplo, las personas ingresadas en residencias. "Nuestro papel es el de hacer de filtro y evitar el enriquecimiento injusto", apuntan desde Bienestar Social. "La retroactividad no es para todos, sino para quienes demuestren que ya eran receptores de ayudas y evitar que haya gente que cobre por ayudas que no percibieron".
En su sentencia, el TSJCV estima que la prestaci¨®n solicitada est¨¢ "indefectiblemente unida" a la atenci¨®n del dependiente, circunstancia que, seg¨²n la resoluci¨®n de Bienestar Social que desestimaba la aprobaci¨®n de la ayuda, no consta debidamente acreditada en cuanto al momento de su inicio. Sin embargo, prosigue el tribunal, teniendo en cuenta que a la enferma se le reconoci¨® la situaci¨®n de gran dependencia, "es forzoso concluir que con anterioridad incluso a la fecha de la presentaci¨®n de la solicitud de ayuda, esta persona dependiente ya era beneficiaria de los servicios contemplados por esta normativa".
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