Rev¨¦s judicial al decreto de ¨¢rea ¨²nica sanitaria de Aguirre
El TSJM anula la norma, que hab¨ªan recurrido el Colegio de M¨¦dicos y dos sociedades cient¨ªficas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto por el que la Comunidad de Madrid cre¨® el ¨¢rea ¨²nica sanitaria en julio del a?o pasado. "Declaramos que el decreto recurrido no es conforme a derecho y, en consecuencia, lo anulamos", asegura el fallo, del 8 de noviembre pasado, al que ha tenido acceso El PA?S. La sentencia estima parcialmente el recurso que presentaron el Colegio de M¨¦dicos de Madrid, la Sociedad Madrile?a de Medicina de Familia y Comunitaria (Somamfyc) y la Asociaci¨®n Madrile?a de Pediatr¨ªa y Atenci¨®n Primaria (Ampap).
Estas tres organizaciones centraban el recurso en el art¨ªculo 9 del decreto 52/2010, que asegura que el director del centro de salud se nombrar¨¢ mediante convocatoria p¨²blica entre los profesionales sanitarios. En la pr¨¢ctica, el art¨ªculo permit¨ªa que un profesional de enfermer¨ªa pudiera estar al frente de un centro de salud y que los m¨¦dicos estuvieran bajo su mando.
La sentencia afirma que "si se acepta que las funciones de direcci¨®n, organizaci¨®n, evaluaci¨®n del desempe?o e incentivaci¨®n de los m¨¦dicos de cada Centro de Salud sean desempe?adas por el Director de Centro, siguiendo criterios de capacidad, competencia, titulaci¨®n y conocimiento, dichas funciones no pueden ser realizadas por cualquier tipo de profesional sanitario, sino por aquellos que ostenten la condici¨®n de Licenciado en Medicina y Cirug¨ªa".
Desde Somamfyc aseguran que "la sentencia anula el Decreto por no ser conforme a derecho al vulnerar la Ley de Ordenaci¨®n de las Profesiones Sanitarias (LOPS). En particular se da la raz¨®n a las sociedades en la nulidad del art¨ªculo 9 referente a la titulaci¨®n requerida para el nombramiento de director de centro de salud". Las tres organizaciones que recurrieron el decreto han mostrado su satisfacci¨®n por la sentencia.
"Esta nueva estructura carec¨ªa de sentido porque las decisiones cl¨ªnicas en el ¨¢mbito de la medicina solo pueden ser tomadas por m¨¦dicos y, por tanto, solo pueden ser dirigidas por m¨¦dicos, requisito m¨ªnimo al que se debe unir la capacidad para el desempe?o de tareas directivas", ha asegurado el Colegio de M¨¦dicos de Madrid en un comunicado.
La Consejer¨ªa de Sanidad "est¨¢ valorando" un posible recurso al Tribunal Supremo, aunque tampoco descarta cambiar el art¨ªculo 9 de manera que quede claro que el director del centro de salud debe ser un m¨¦dico, tal y como dice el TSJM en su sentencia. Una portavoz de Sanidad ha subrayado que "la sentencia no anula el ¨¢rea ¨²nica".
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