La reforma de la Administraci¨®n local amenaza los servicios sociales
La medida no aclara con qu¨¦ recursos se atender¨¢ a las personas m¨¢s vulnerables Las autonom¨ªas asumir¨¢n prestaciones para las que no tienen presupuesto
En Alaqu¨¤s (Valencia, 30.000 habitantes, 4.445 en paro) 13 trabajadores sociales atienden las necesidades del municipio. La responsable del servicio, Consuelo Tom¨¢s ya ha echado cuentas de c¨®mo le afectar¨¢ la nueva Ley de Bases del R¨¦gimen Local de aplicarse al pie de la letra el anteproyecto elaborado por Gobierno. Calcula que se quedar¨ªa con dos empleados.
La reforma de la Administraci¨®n local dise?ada por el Gobierno ¡ªcuyo lema es: una Administraci¨®n, una competencia¡ª concede la competencia exclusiva de los servicios sociales a las comunidades aut¨®nomas. Esta decisi¨®n tendr¨¢ un impacto directo en las prestaciones municipales, protagonistas de la primera (con frecuencia tambi¨¦n segunda y tercera) l¨ªnea de batalla contra la desigualdad, la exclusi¨®n y el desamparo. En un momento en que la dureza y la persistencia de la crisis econ¨®mica est¨¢ desbordando la capacidad de respuesta de la red asistencial, la reacci¨®n del Ejecutivo de Mariano Rajoy ha sembrado la incertidumbre en el sector: no est¨¢ claro si las autonom¨ªas mantendr¨¢n todos los servicios que los municipios tendr¨¢n que dejar de asumir, si podr¨¢n financiarlos o si acabar¨¢n privatiz¨¢ndolos.
La norma reduce el papel de los municipios a la ¡°valoraci¨®n, evaluaci¨®n e informaci¨®n de situaciones de necesidad social y la atenci¨®n inmediata a personas en situaci¨®n o riesgo de exclusi¨®n social¡±. O lo que es lo mismo: ¡°Una mera oficina de derivaci¨®n con alguna ayuda de urgencia o de los albergues municipales en su concepto m¨¢s limitativo de puro asistencialismo a corto plazo¡±, seg¨²n afirma la Asociaci¨®n Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales en un documento que analiza el impacto de la medida.
Lo que dice la legislaci¨®n
La Ley 7/1985 de Bases de R¨¦gimen Local establece en su art¨ªculo 25 que el municipio ¡°se har¨¢ cargo de la salubridad p¨²blica¡±; la ¡°participaci¨®n en la gesti¨®n de la atenci¨®n primaria de la salud¡±; los ¡°cementerios y servicios funerarios¡±; la ¡°prestaci¨®n de los servicios sociales y de promoci¨®n y reinserci¨®n social¡±.
En materia de educaci¨®n obliga a los Ayuntamientos a ¡°participar en la programaci¨®n de la ense?anza y cooperar con la Administraci¨®n educativa en la creaci¨®n, construcci¨®n y sostenimiento de los centros docentes p¨²blicos, as¨ª como intervenir en sus ¨®rganos de gesti¨®n y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria¡±.
Los Ayuntamientos pueden realizar, seg¨²n el art¨ªculo 28 de la ley actual ¡°actividades complementarias relativas a la educaci¨®n, la promoci¨®n de la mujer, la vivienda o la sanidad¡±.
La reforma pretende suprimir el 28 y modifica el art¨ªculo 25 limitando los servicios sociales del municipio a ¡°la evaluaci¨®n e informaci¨®n de situaciones de necesidad social y atenci¨®n inmediata a personas en situaci¨®n o riesgo de exclusi¨®n¡±; ¡°protecci¨®n de la salubridad p¨²blica¡±; ¡°cementerios y funerarias¡± y ¡°participar en la vigilancia de la escolaridad obligatoria, as¨ª como cooperar con las Administraciones educativas en la obtenci¨®n de los solares necesarios para la construcci¨®n de nuevos centros¡±.
Y eso, en el mejor de los casos. Solo podr¨¢n prestar estos servicios reducidos los municipios con poblaci¨®n mayor de 20.000 habitantes, y siempre por delegaci¨®n de las comunidades aut¨®nomas. El resto, quedar¨¢ en manos de diputaciones o autonom¨ªas, con riesgo de que los municipios en el entorno rural pierdan prestaciones.
Sin embargo, la gran mayor¨ªa de poblaciones mayores de 20.000 habitantes cuentan con un cat¨¢logo de servicios muy superior al paquete b¨¢sico limitado por la futura ley. Siguiendo con el ejemplo de Alaqu¨¤s, esta poblaci¨®n del ¨¢rea metropolitana de Valencia tiene un programa de seguimiento de escolares para detectar situaciones de desprotecci¨®n o un centro de d¨ªa para 30 enfermos de alzh¨¦imer.
?Qu¨¦ suceder¨¢ con todo ello? Fuentes de la Secretar¨ªa de Estado de Servicios Sociales apuntan que todas las prestaciones que excedan el m¨ªnimo delimitado por la ley ser¨¢n competencia de las comunidades aut¨®nomas, a quien corresponder¨ªa financiarlas ¡°siempre que se consideren necesarias¡±.
En un momento de asfixia presupuestaria extrema de las comunidades, la pregunta es obvia. ?Que suceder¨¢ si no pagan por estos servicios? Las mismas fuentes remiten al anteproyecto, que abre un plazo de un a?o para que las administraciones municipales y auton¨®micas acuerden un plan de financiaci¨®n basado en una tabla en la que se fijar¨¢n los costes de los servicios. ¡°Los ayuntamientos que sigan ofreciendo la prestaci¨®n y no cobren por ella podr¨¢n pasar la factura del coste que les supone al Estado y la Administraci¨®n central est¨¢ facultada para cobrarlo a la comunidad con cargo a las transferencias ordinarias¡±, apuntan desde el Ministerio de Sanidad y Pol¨ªtica Social.
Seg¨²n los ¨²ltimos datos que maneja el departamento que dirige Ana Mato, a los que ha tenido acceso este peri¨®dico, en el ejercicio 2010-2011 las corporaciones locales gestionaron cerca de 1.330 millones de euros en servicios sociales, de los cuales, solo el 6,5% proven¨ªan de la Administraci¨®n General del Estado. El resto lo aportaban las comunidades aut¨®nomas (53,4%) y las propias entidades locales (40%). Unos siete millones de personas recurrieron a ellos en 2010, un 20% m¨¢s que en 2009, debido a la crisis. La partida m¨¢s importante es la de prestaciones que se conceden a los ciudadanos, sobre todo la ayuda a domicilio, que se lleva el 78,5% de ese cap¨ªtulo (653 millones de euros).
Esto no puede quedar como est¨¢ planteado, ser¨ªa la quiebra del estado auton¨®mico ?Esther D¨ªaz, consejera de Bienestar Social y Vivienda de Asturias
Las asociaciones de trabajadores sociales temen que en la migraci¨®n de competencias del ¨¢mbito municipal al auton¨®mico, haya servicios que se queden por el camino. O se privaticen. Hay apartados de la norma que alimentan este recelo. Las autonom¨ªas, recoge la norma, podr¨¢n establecer ¡°las medidas que consideren necesarias para la racionalizaci¨®n del servicio¡±. La exposici¨®n de motivos de la ley insiste en la idea de racionalizar las estructuras municipales ¡°de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario m¨¢s riguroso y favorecer la iniciativa econ¨®mica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas¡±. Esta m¨²sica le suena a Ana Lima, presidenta del Consejo General del Trabajo Social, a ¡°una puerta abierta a la posibilidad de subrogar servicios y privatizar¡±.
La Generalitat valenciana no ha querido hacer manifestaciones sobre las consecuencias de la norma: ¡°Preferimos pronunciarnos cuando sea firme¡±. Otras autonom¨ªas s¨ª lo han hecho. Como Asturias, por boca de su consejera de Bienestar Social, Esther D¨ªaz: ¡°Esto no puede quedar como est¨¢ planteado, ser¨ªa la quiebra del estado auton¨®mico¡±. Para D¨ªaz ¡°toda competencia deber¨ªa llegar fruto de una negociaci¨®n previa e ir aparejada de una suficiencia econ¨®mica¡±. Tambi¨¦n desde los municipios han clamado contra la iniciativa: ¡°Al final acabaremos financi¨¢ndola nosotros¡±, se?ala Abel Caballero, vicepresidente de la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias. ¡°Y no tenemos garant¨ªas de que se seguir¨¢n ofreciendo las prestaciones que nosotros damos en la actualidad¡±.
Los problemas entre Ayuntamientos y comunidades no se han hecho esperar a la aprobaci¨®n de la ley. El Ayuntamiento de Torrej¨®n de Arzoz y la Comunidad (ambos del PP) ya han chocado por un problema de competencias a cuenta del servicio de teleasistencia, cuyo servicio se ha restringido. Y la redacci¨®n de la ley no ha hecho m¨¢s que empezar.
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