Jueces y fiscales defienden reformas que obligar¨ªan a la Iglesia cat¨®lica a denunciar la pederastia
Entre los cambios se encuentra la tipificaci¨®n del delito como p¨²blico y la prolongaci¨®n de los plazos de prescripci¨®n
Las asociaciones mayoritarias de fiscales y jueces espa?oles proponen una reforma legislativa sobre los abusos sexuales que faciliten la denuncia y la persecuci¨®n de dichos delitos. Las modificaciones planteadas son: eliminar o prolongar los plazos de prescripci¨®n del crimen (en Espa?a el delito prescribe a los 10 a?os despu¨¦s de que el menor haya cumplido 18 a?os) y cambiar su tipificaci¨®n: de delito semip¨²blico (en el que solo puede denunciar la v¨ªctima o su tutor si es menor de edad) a delito p¨²blico, en el que cualquier persona estar¨ªa obligada a denunciarlo. Con estos cambios legislativos, la Iglesia cat¨®lica estar¨ªa obligada a denunciar todos los casos de pederastia, sean de mayores o de menores, que conociese o instruyese a trav¨¦s de su proceso eclesi¨¢stico.
Desde el a?o 2015, la ley del menor obliga a toda persona que conozca un delito contra la libertad sexual a ponerlo en conocimiento del ministerio fiscal. Desde el 2016, la Iglesia deber¨ªa estar cumpliendo esta ley.
Pero en el caso de los mayores de edad, hasta ahora, si alguien denuncia ante una di¨®cesis ser v¨ªctima de abusos por un cl¨¦rigo o haberlo sido de ni?o, la Iglesia no est¨¢ obligada a denunciar. Seg¨²n su actual protocolo ¡ªpublicado por la Conferencia Episcopal Espa?ola en diciembre de 2010¡ª si el obispo tiene conocimiento de una denuncia debe ¡°invitar¡± a la familia a denunciar el supuesto delito a las autoridades competentes.
La Uni¨®n Progresista de Fiscales (UPF) y Asociaci¨®n de Fiscales (AF) apuestan por cambiar la tipificaci¨®n del delito, ya que, seg¨²n su opini¨®n ser¨ªa m¨¢s efectiva la denuncia. ¡°Con la actual legislaci¨®n, toda persona que perciba o tenga conocimiento de un delito perseguido de oficio tiene que denunciar. El abuso sexual no est¨¢ contemplado como un delito perseguido de oficio, por tanto, aunque se tenga conocimiento de ello no se est¨¢ obligado a denunciarlo¡±, explica Emilio Fern¨¢ndez, presidente de la UPF. La asociaci¨®n de jueces Francisco de Vitoria contempla ambas posibilidades, aunque su preferencia ser¨ªa cambiar la tipificaci¨®n del delito, de semip¨²blico a p¨²blico.
No obstante, los fiscales aseguran que el debate de las dos opciones no trata de elegir una u otra, sino de conseguir, a trav¨¦s de las modificaciones legales posibles, ¡°que el delito se juzgue o de que no se produzca. El objetivo es llegar hasta el final¡±, comenta Cristina Dexeus, presidenta de la AF. Juezas y Jueces para la Democracia compara la judicializaci¨®n de los delitos prescritos de pederastia en la Iglesia con el caso de los ni?os robados, en el que ¡°se sentenci¨® la absoluci¨®n porque el delito hab¨ªa agotado sus plazos para ser juzgado. Ser¨ªa interesante hacer un debate para saber si hay que ampliar los plazos, tanto de los cr¨ªmenes de abusos como de otros delitos¡±, dice el portavoz de JJpD. Por otro lado, la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura no ve relaci¨®n entre la ampliaci¨®n del plazo de prescripci¨®n y la reducci¨®n de los casos de abusos a menores, aunque s¨ª ha querido subrayar que la Iglesia est¨¢ sujeta a la ley vigente.
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