Condenado un hospital por confundir sordera con autismo y dejar a un ni?o sin un o¨ªdo
El hospital de Vigo se fio de informes m¨¦dicos privados sin comprobarlos y el peque?o de dos a?os perdi¨® un o¨ªdo por la intervenci¨®n
El Servicio Gallego de Salud (Sergas) deber¨¢ indemnizar a una familia con 200.000 euros por un tremendo error de diagn¨®stico. Un ni?o de apenas dos a?os fue operado en 2004 y 2005 de una supuesta sordera ¡°total e incurable¡± que en realidad no exist¨ªa. Lo que el peque?o sufr¨ªa era un trastorno autista y fue una profesora del colegio p¨²blico de Ourense en el que estudiaba, especialista en audici¨®n y lenguaje, la que lo descubri¨®. Desgraciadamente fue demasiado tarde. Las dos intervenciones quir¨²rgicas a las que hab¨ªa sido sometido el cr¨ªo para introducirle un implante le causaron la p¨¦rdida completa de audici¨®n en un o¨ªdo.
Una sentencia de la secci¨®n primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) divulgada este viernes ha condenado a la Xunta, 15 a?os despu¨¦s, a pagarle al menor una indemnizaci¨®n de 200.000 euros frente a los 150.000 que determin¨® en primera instancia un juzgado de Ourense el a?o pasado. En este tiempo la familia acudi¨® a la justicia primero por la v¨ªa penal, pero el caso fue desestimado. ¡°Nos encontramos ante un claro supuesto de error de diagn¨®stico provocado por una equivocada interpretaci¨®n de los resultados de la prueba de potenciales evocados auditivos en su d¨ªa practicada. En definitiva, no se descartaron, como era obligado, otras patolog¨ªas mediante pruebas complementarias de tipo psicol¨®gico, neurol¨®gico o audiom¨¦trico¡±, resuelve ahora el alto tribunal gallego la demanda civil.
Fue a los dos a?os cuando el peque?o, que hoy tiene 17 a?os, empez¨® a manifestar ¡°trastornos de conducta con disminuci¨®n de la capacidad de atenci¨®n y de relaci¨®n con el entorno¡±. Su pediatra de la sanidad p¨²blica decidi¨® derivarlo a diferentes especialistas privados de Vigo (otorrinos y logopedas) que, seg¨²n la sentencia, concluyeron que padec¨ªa una ¡°sordera total e incurable¡± tras realizarle ¡°una sola prueba de potenciales evocados auditivos¡±.
En el hospital p¨²blico de Vigo asumieron sin cuestionarlo el contenido de esos informes m¨¦dicos privados. Pensando que eran ¡°acertados¡± y ¡°sin agotar los medios de diagn¨®stico¡±, relata el fallo, el Sergas decidi¨® colocar un implante en uno de los o¨ªdos del peque?o y para ello se lo vaci¨®. En el Complejo Hospitalario de Vigo se le practicaron dos intervenciones, en diciembre de 2004 y en febrero de 2005. A finales de 2006, una profesora de su colegio comenz¨® a sospechar que el ni?o no era sordo.
El Sergas decidi¨® entonces remitir al cr¨ªo a un centro especializado de Barcelona, donde determinaron que era autista. Los magistrados indican en la sentencia que la audici¨®n en el o¨ªdo no vaciado era completa, pero en el otro el implante provoc¨® su p¨¦rdida definitiva. ¡°No se discute ni la diligencia en el tiempo de la asistencia ni la tecnolog¨ªa aplicada; lo que est¨¢ en cuesti¨®n es el manifiesto error de diagn¨®stico respecto de la dolencia que presentaba el menor¡±, argumenta el tribunal. En 2015, la Consejer¨ªa de Sanidad deneg¨® por silencio administrativo la petici¨®n de indemnizaci¨®n de la familia, que tuvo que acudir entonces a los tribunales.
La rotunda sentencia del alto tribunal es especialmente dura con los argumentos del letrado del Sergas. "Por si fuera poco el silencio de la Administraci¨®n a la reclamaci¨®n deducida por el demandante, no duda en afirmar que la actuaci¨®n asistencial del Servicio Gallego de Salud fue de todo punto correcta y adecuada. Y apoya tan sorprendente aserto en el hecho de que la jurisdicci¨®n penal, al archivar la denuncia promovida en dicha v¨ªa, consagr¨® la buena praxis cl¨ªnica", critican los magistrados. Y a?aden: "Ni es el momento ni es misi¨®n de este tribunal explicarle al letrado del Sergas algo tan evidente como la diferencia que existe entre una responsabilidad penal individualizada, una responsabilidad civil, una responsabilidad administrativa e, incluso, una responsabilidad pol¨ªtica".
El alto tribunal eleva la compensaci¨®n fijada por el juez de primera instancia porque, esgrime, el menor fue sometido a dos intervenciones quir¨²rgicas ¡°con el sufrimiento que ello conlleva, tiempo de hospitalizaci¨®n, inadaptaci¨®n al implante y, en definitiva, p¨¦rdida de la audici¨®n de un o¨ªdo sano por su vaciado¡±. El Tribunal sostiene que al tratarse de un supuesto de mala praxis m¨¦dico-asistencial es ¡°obvio¡± que la indemnizaci¨®n debe tender ¡°a la ¨ªntegra reparaci¨®n del da?o padecido¡±.
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