Prisi¨®n permanente para el hombre que asesin¨® a la hija de su pareja por querer divorciarse
La ni?a ten¨ªa dos a?os y fue degollada para causar "un menoscabo ps¨ªquico grave" a la madre, seg¨²n la sentencia de la Audiencia de Valencia
La Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto una condena de prisi¨®n permanente revisable a L. Mihai, un hombre que asesin¨® en 2017 en Alzira a una ni?a de dos a?os, hija de su compa?era sentimental,?degoll¨¢ndola con un cuchillo de cocina. La sentencia, que se ha dado a conocer este martes, establece que Mihai incurri¨® tambi¨¦n en un delito de lesiones, pues mat¨® a la menor ¡°con la finalidad de causar un menoscabo ps¨ªquico grave y un perjuicio irreparable a su esposa¡± despu¨¦s de que esta le comunicara su intenci¨®n de divorciarse.
La resoluci¨®n recoge el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular al t¨¦rmino del juicio, que se celebr¨® entre los d¨ªas 24 y 28 del pasado mes de octubre.
El fallo, que puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, condena tambi¨¦n al asesino ¡ªrumano y que ten¨ªa 28 a?os cuando cometi¨® el crimen¡ª a indemnizar a su mujer con 125.000 euros.
Los hechos ocurrieron el 12 de noviembre de 2017, en el domicilio de la calle Pare Castell de Alzira donde conviv¨ªan la pareja rumana y dos compatriotas. En un momento en el que no hab¨ªa nadie en casa, el acusado se dirigi¨® a la habitaci¨®n en la que dorm¨ªa la peque?a, que no era hija biol¨®gica suya, y la degoll¨®, tras lo cual se tir¨® por el balc¨®n de la vivienda de dos pisos y cay¨® sobre un coche, sin causarse da?os relevantes.
La sentencia se?ala que el jurado ha tomado en cuenta que el propio condenado confes¨® el crimen ante los m¨¦dicos forenses que lo trataron y tambi¨¦n ante los primeros polic¨ªas que lo trasladaron al hospital. Las huellas dactilares del acusado estaban en el arma homicida, seg¨²n la prueba pericial practicada. Adem¨¢s, hab¨ªa restos de sangre de la menor. En sus respuestas al Ministerio Fiscal durante el juicio dijo que no recordaba el hecho, pero pidi¨® perd¨®n a su esposa. El condenado trabajaba en la recolecci¨®n de naranja.?
La sentencia tambi¨¦n se refiere al estado mental del reo, quien present¨® un informe psiqui¨¢trico que le diagnosticaba desequilibrios psicol¨®gicos. La tesis de la defensa es que, aunque el diagn¨®stico se hizo 19 meses despu¨¦s del crimen, el delito pudo ser consecuencia de esta enfermedad "latente". Sin embargo, el jurado rechaz¨® esta posibilidad bas¨¢ndose en la rotundidad del informe de los m¨¦dicos forenses que lo examinaron poco tiempo despu¨¦s del asesinato, el cual se?alaba que "el acusado no padece enfermedad ni deficiencia mental y tampoco hay sospecha cl¨ªnica de trastorno de la personalidad".
Los forenses explicaron durante el juicio que, en los reconocimientos inmediatos a la comisi¨®n del hecho, ni ellos, ni el m¨¦dico que lo atendi¨® en primer lugar tras la detenci¨®, como tampoco los m¨¦dicos y el psiquiatra del centro carcelario encontraron ning¨²n signo externo de enfermedad ps¨ªquica.
En esos periodos el acusado dio muestras sobradas de su perfecto estado mental, tanto en el desarrollo de su vida como recluso, que estaba adem¨¢s muy controlada al hallarse incluido en el programa de prevenci¨®n de suicidios, como en la forma de narrar a terceras personas el hecho cometido, recuerda tambi¨¦n la sentencia.
Tampoco las personas que conviv¨ªan con ¨¦l antes de la tragedia advirtieron ning¨²n signo de trastorno, a?ade la Audiencia, que plantea la posibilidad de que la enfermedad haya sobrevenido despu¨¦s del asesinato y tras meses de prisi¨®n.
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