La fase 2 ampl¨ªa los horarios para el deporte y los paseos
Una orden publicada este s¨¢bado en el BOE introduce novedades tambi¨¦n en las fases 1 y 0 de desescalada
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Los 45.000 residentes en las cuatro islas ¡ªFormentera (Baleares) y La Graciosa, La Gomera y El Hierro (Canarias)¡ª que marcan el camino hacia la nueva normalidad entrar¨¢n en fase 2 este lunes. En ellas, se podr¨¢ hacer deporte a cualquier hora del d¨ªa, a excepci¨®n de los horarios reservados para personas mayores de 70 a?os, de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00, seg¨²n una orden publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado a ¨²ltima hora de este s¨¢bado, que tambi¨¦n flexibiliza algunas limitaciones para la fase 0 y 1, tal y como anunci¨® el viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
En la fase 0, en la que contin¨²an la Comunidad de Madrid, Barcelona y gran parte de Castilla y Le¨®n, los comercios de hasta 400 metros cuadrados podr¨¢n abrir sin necesidad de cita previa, como suced¨ªa hasta ahora, aunque el aforo se limita a un 30% de su capacidad. Tambi¨¦n podr¨¢n abrir centros educativos y universitarios y bibliotecas y se reanudan las visitas a museos. Los centros deportivos de alto rendimiento tambi¨¦n abren, pero no las instalaciones deportivas al aire libre. Los lugares de culto pueden reanudar su actividad a un tercio del aforo y a los velatorios podr¨¢n acudir hasta 15 personas si se trata de espacios abiertos (10 en cerrados).
En la fase 1, donde est¨¢ el resto del territorio espa?ol ¡ªen ella entran ma?ana las zonas que faltaban de la Comunidad Valenciana, las provincias que faltaban de Castilla-La Mancha (Albacete, Ciudad Real y Toledo) y Andaluc¨ªa (Granada y M¨¢laga)¡ª, se permitir¨¢ la caza y la pesca deportiva y recreativa y los locales de m¨¢s de 400 metros podr¨¢n abrir siempre y cuando limiten su espacio a este umbral. En estos establecimietos podr¨¢n ofertar rebajas, pero siempre que puedan asegurar ¡°que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los l¨ªmites de aforo, o comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden¡±.
Asimismo, en fase 1 podra?n proceder a su reapertura al pu?blico, mediante la utilizacio?n de la cita previa, los concesionarios de automocio?n, las estaciones de inspeccio?n te?cnica de vehi?culos y los centros de jardineri?a y viveros de plantas sea cual fuere su superficie u?til de exposicio?n y venta.
Son algunas de las flexibilizaciones que se introducen ¡°ante la evolucio?n epidemiolo?gica positiva y el oportuno cumplimiento de los criterios establecidos¡±.
Caracter¨ªsticas de la fase 2
La orden detalla tambi¨¦n todas las medidas que se relajan en la fase 2, donde ahora entran las islas, pero a la que en una semana pasar¨¢n previsiblemente la mayor¨ªa de los territorios que est¨¢n hoy en fase 1. En este estadio las reuniones sociales se ampl¨ªan a 15 personas y se podr¨¢ reabrir al pu?blico los centros y parques comerciales, aunque sigue prohibida la permanencia en las zonas comunes o a?reas recreativas. Su aforo est¨¢ limitado al 40%. Tambie?n se ampli?a el nu?mero de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados. Adem¨¢s de las terrazas, que ya est¨¢n funcionando a la mitad de su capacidad, se pueden abrir bares y restaurantes para consumo en el interior (salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno), con un aforo permitido del 40%.
Las comunidades auto?nomas podra?n permitir las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad, siempre que en estas residencias no haya casos confirmados de covid-19 o alguno de los residentes este? en peri?odo de cuarentena y que se cumplan las medidas de higiene y prevencio?n establecidas.
A modo de resumen, esto es lo que se permite a partir de el lunes:
Actividades en la fase 0,5
Hay unos 14 millones de personas ¡ªen la Comunidad de Madrid, la ciudad de Barcelona, la mayor¨ªa de Castilla y Le¨®n¡ª que seguir¨¢n en una fase 0 aliviada una semana m¨¢s. En esta fase intermedia los comercios de menos de 400 metros cuadrados podr¨¢n abrir sin cita previa y manteniendo las correspondientes medidas de seguridad. Tambi¨¦n las comunidades decidir¨¢n si abren los servicios sociales ¡ªse recomienda que en la medida de lo posible utilicen la teleasistencia¡ª y podr¨¢n volver a trabajar las instalaciones cient¨ªficas como los laboratorios universitarios. Se reanudar¨¢ el pr¨¦stamo de libros en las bibliotecas, y reabrir¨¢n los centros de alto rendimiento deportivo.
En esa fase 0,5 se permitir¨¢ que a los velatorios asistan 10 personas si son en un lugar cerrado, o 15 si lo son en uno abierto. En cambio, se mantienen las limitaciones a la movilidad (solo se podr¨¢ salir para trabajar, comprar o durante las horas reservadas para el ejercicio) y no se autoriza abrir las terrazas ni las reuniones sociales o familiares de personas que no hayan pasado la cuarentena juntas.
Actividades en la fase 1
El presente para la mayor¨ªa de espa?oles ¨D33 millones de ciudadanos¨D ser¨¢ a partir del lunes la fase 1. Las principales actividades permitidas durante esa etapa, que fueron definidas por otro real decreto hace una semana, son estas:
Movilidad. Los ciudadanos podr¨¢n desplazarse por todo el territorio de su provincia o isla. En los coches podr¨¢n ir todos los miembros de una familia. Se puede viajar y alojarse en las segundas residencias si est¨¢n dentro de la misma provincia.
Comercio. Los locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados podr¨¢n abrir sin dar cita previa. Los establecimientos mayores podr¨¢n acotar una superficie equivalente para atender a la clientela. Los centros comerciales seguir¨¢n cerrados. Deber¨¢n tener un horario para atender prioritariamente a mayores de 65 a?os.
Espect¨¢culos y centros culturales. Los teatros, cines y museos podr¨¢n abrir para un tercio de su aforo, con un m¨¢ximo de 30 personas en los espect¨¢culos con asientos. Las bibliotecas abrir¨¢n con las mismas condiciones, pero solo para el pr¨¦stamo y devoluci¨®n de libros.
Reuniones sociales. Podr¨¢n juntarse hasta 10 personas con medidas de protecci¨®n (separaci¨®n, mascarillas), tanto en una vivienda particular como en un establecimiento p¨²blico que lo permita o, por ejemplo, en el campo durante una excursi¨®n. Las personas en situaci¨®n de especial vulnerabilidad (mayores, enfermos) no est¨¢n excluidas, siempre y cuando se protejan adecuadamente.
Bares y restaurantes. Se autoriza la apertura de las terrazas de los bares y los restaurantes a un 50% del aforo y priorizando los objetos de un solo uso.
Templos. Se permite la apertura de lugares de culto con un tercio de su aforo. No se podr¨¢n compartir objetos. Y si se reza en el suelo, cada asistente deber¨¢ llevar su alfombrilla.
Actividades deportivas. Entrenamientos individuales de deportistas de ¨¦lite y federados. Podr¨¢n abrir centros deportivos con cita previa, controlando el aforo para asegurar la separaci¨®n, y sin permitir el uso de vestuarios o duchas.
Centros educativos. Podr¨¢n estar abiertos para tareas indispensables (mantenimiento).
Centros sociosanitarios. Se priorizar¨¢ la atenci¨®n telem¨¢tica, pero abrir¨¢n si requieren prestar atenci¨®n en persona.
Paseos. Se mantienen las franjas horarias para paseos o juegos de ni?os en la calle. Esto no se aplica en las localidades de menos de 5.000 habitantes.
Alojamientos tur¨ªsticos. Pueden abrir hoteles y otros albergues tur¨ªsticos con el 100% de las habitaciones, pero sin usar las zonas comunes.
Mercadillos. Se permiten los mercados al aire libre con un 25% de los puestos y un tercio del aforo.
Caza y pesca. Podr¨¢n reanudar su actividad la caza y la pesca deportiva.
Actividades en la fase 2
Contacto social. Se ampl¨ªan a 20 personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza y se permite la celebraci¨®n de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de 50 asistentes y siempre que se respete la distancia f¨ªsica exigida de dos metros.
Segundas residencias. Se podr¨¢ circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situaci¨®n de necesidad o cualquier otra de an¨¢loga naturaleza
Centros comerciales. Centros comerciales y parques comerciales podr¨¢n abrir siempre que limiten el aforo total al 30% de sus zonas comunes y al 40% el aforo de cada uno de los establecimientos comerciales situados en ellos. No se permitir¨¢ la permanencia de clientes en las zonas comunes excepto para el mero tr¨¢nsito entre los establecimientos comerciales.
Restauraci¨®n. Abrir¨¢n establecimientos de hosteler¨ªa y restauraci¨®n para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un 40% de su aforo. El consumo dentro del local ¨²nicamente podr¨¢ realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ning¨²n caso se admitir¨¢ el autoservicio en barra por parte del cliente.
Se podr¨¢ ofrecer productos, ya sean frescos o elaborados con anticipaci¨®n, para libre disposici¨®n de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protecci¨®n, a trav¨¦s de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente. Deber¨¢ asegurarse el mantenimiento de la debida distancia f¨ªsica de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.
Hoteles. Podr¨¢n abrir al p¨²blico de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos tur¨ªsticos que hubieran suspendido su apertura al p¨²blico, siempre que no se supere un tercio de su aforo.
Cines y teatros. Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares, cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaraci¨®n del estado de alarma podr¨¢n reanudarla siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.
Conciertos. En el caso de actividades al aire libre, el p¨²blico deber¨¢ permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podr¨¢ superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir m¨¢s de 400 personas.
Lugares de culto. Se permitir¨¢ la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 50% de su aforo.
Velatorios. Los velatorios podr¨¢n realizarse en todo tipo de instalaciones, p¨²blicas o privadas, con un l¨ªmite m¨¢ximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
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