Europa prefiere la libre autodeterminaci¨®n de g¨¦nero a partir de los 18 a?os
Solo Pa¨ªses Bajos y Noruega prev¨¦n reconocerla sin aval paterno a los 16, como plantea Igualdad. El PSOE mira a Portugal y Dinamarca
La libre autodeterminaci¨®n de g¨¦nero (poder cambiar el nombre y el sexo en el DNI sin necesidad de informes m¨¦dicos ni tratamientos hormonales) es ya una realidad en al menos una decena de pa¨ªses europeos. El primero fue Pa¨ªses Bajos en 2013 y entre las ¨²ltimas, la vecina Portugal, que lo tiene reconocido desde 2018. Espa?a tiene pendiente la aprobaci¨®n de una ley este 2021, aunque ahora mismo la negociaci¨®n est¨¢ encallada entre los socios de Gobierno.
Con todo, Espa?a no ser¨ªa la primera en retirar los requisitos m¨¦dicos, pero s¨ª que va m¨¢s all¨¢ que la mayor¨ªa en un aspecto que recoge el borrador que se est¨¢ debatiendo: permite la libre autodeterminaci¨®n de g¨¦nero a partir de los 16 a?os sin necesidad de un permiso de los padres. Ocho pa¨ªses europeos lo regulan a partir de los 18 a?os (Portugal, B¨¦lgica, Francia, Irlanda, Grecia, Dinamarca, Luxemburgo y Malta), y algunos de estos lo prev¨¦n a los 16, pero con aval de los padres. Y solo dos, Pa¨ªses Bajos y Noruega (que no es parte de la UE), lo permiten a partir de los 16 como contempla la propuesta del Ministerio de Igualdad. Irlanda lo plante¨® en una enmienda en 2017, cuya tramitaci¨®n sigue a¨²n parada.
Los datos comparativos provienen de un informe sobre legislaciones de diferentes pa¨ªses, elaborado en 2019 por Ilga (la asociaci¨®n internacional de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexsuales), que se puede consultar en este enlace. En el documento, reflejan que Grecia pide que los menores sean analizados por un comit¨¦ interdisciplinar con psiquiatras, endocrinos, trabajadores sociales y pediatras, por ejemplo. Mientras, Portugal o Irlanda reclaman el permiso paterno.
Un estudio de derecho comparado encargado por La Moncloa sobre 14 pa¨ªses, cuyo contenido adelant¨® este lunes la Cadena SER, analiza los citados de Europa m¨¢s Argentina, Colombia, Ecuador y Chile en Am¨¦rica Latina, donde tambi¨¦n se contempla la libre autodeterminaci¨®n de g¨¦nero a partir de los 18 a?os. El informe concluye que todos estos pa¨ªses incluyen requisitos m¨¢s severos para la libre autodeterminaci¨®n que solo ¡°la declaraci¨®n expresa de la persona interesada¡±, como prev¨¦ el borrador espa?ol y como ped¨ªa tambi¨¦n el PSOE cuando redact¨® en 2017 una propuesta que logr¨® el apoyo de todas las fuerzas pol¨ªticas en 2019, cuando a¨²n no estaba Vox en el parlamento.
La parte socialista del Ejecutivo no ve con buenos ojos el borrador de Unidas Podemos. Hasta ahora hab¨ªa alegado ¡°inseguridad jur¨ªdica¡± sin aclarar en qu¨¦ t¨¦rminos. El PSOE ha iniciado reuniones en paralelo con tres organizaciones de las que trabajaron el borrador con Igualdad (Felgtb, Fundaci¨®n Tri¨¢ngulo y Chrysallis), en las que participan representantes del partido, del grupo parlamentario y de la parte socialista del Ejecutivo.
Seg¨²n fuentes socialistas, el compromiso con las organizaciones es tener el proyecto en tramitaci¨®n ¡°en abril o mayo¡± para que haya una propuesta en marcha de cara al D¨ªa del Orgullo Gay a finales de junio. Les propondr¨¢n una f¨®rmula ¡°garantista intermedia¡± entre la ley danesa, que prev¨¦ un periodo de reflexi¨®n de seis meses antes de formalizar el cambio, y la de Portugal, que contempla que la segunda vez que se cambie de sexo se acuda a un tribunal.
¡°No tenemos constancia de que haya habido ninguna petici¨®n en ese sentido en Portugal¡±, explica al tel¨¦fono Marta Ramos, directora de Ilga en el pa¨ªs vecino. Asegura que esa cl¨¢usula se incluy¨® ¡°por petici¨®n de los partidos pol¨ªticos¡±. Seg¨²n datos oficiales, desde que los portugueses aprobaron en 2018 la autodeterminaci¨®n de g¨¦nero sin necesidad de informe m¨¦dico ni hormonaci¨®n, 568 personas han requerido el cambio de sexo en el registro civil. De ellas, 42 eran menores de edad. Desde 2020 es un procedimiento gratuito, antes costaba 200 euros. Ramos explica que, desde que se hace la petici¨®n, transcurren ocho d¨ªas hasta que la persona recibe el certificado de nacimiento con el nuevo sexo y el nuevo nombre y puede cambiar sus documentos.
B¨¦lgica llev¨® al Constitucional limitar el segundo cambio de sexo registral
En 2017 se aprob¨® una nueva ley en B¨¦lgica, similar a la que actualmente se debate en Espa?a. Hasta entonces se exig¨ªa la esterilizaci¨®n irreversible, la cirug¨ªa y el juicio de un psiquiatra. Ahora rige el principio de ¡°autodeterminaci¨®n¡±, por lo que toda persona tiene derecho a acudir al registro y solicitar un cambio acorde con el g¨¦nero que sienta ¡°¨ªntimamente¡± en un sencillo tr¨¢mite que requiere simplemente presentarse dos veces ante el funcionario, con un periodo de reflexi¨®n de tres meses entre medias. Al demandante se le informa de las consecuencias jur¨ªdicas y administrativas del acto y la solicitud se remite a la Fiscal¨ªa, que podr¨ªa denegarla en caso de que aprecie ¡°desorden p¨²blico¡±, aunque se trata de un mero tr¨¢mite. En 2018 se multiplic¨® casi por siete el n¨²mero de cambios en el registro (pas¨® de 110 a 742). Entre 1993 y septiembre de 2019 (¨²ltimos datos del Instituto de Igualdad) se han realizado 2.193 cambios de sexo en el registro, m¨¢s de la mitad a partir de la ley de 2017.
La nueva normativa fue recurrida en 2018 ante el Tribunal Constitucional por colectivos que consideraban que se hab¨ªa quedado corta. Y sus jueces estuvieron de acuerdo y decidieron anular dos art¨ªculos. El primero de ellos, el que solo permit¨ªa el cambio libre en el registro una primera vez y obligaba a pasar por los tribunales para las sucesivas. Se trataba de una especie de medida antifraude que sin embargo el alto tribunal consider¨® inconstitucional, ya que si estas precauciones eran suficientes para el primer acto, tambi¨¦n lo deber¨ªan ser para los siguientes.
Tambi¨¦n oblig¨® a repensar una alternativa para la inscripci¨®n del sexo, al considerar que circunscribirlo solo al hombre y la mujer resulta discriminatorio para aquellos que no se sienten identificados con ninguna de estas dos categor¨ªas: ¡°No existe ninguna justificaci¨®n razonable para que las personas cuya identidad de g¨¦nero es no binaria sean obligadas a aceptar, en sus certificados de nacimiento, un registro de sexo basado en una elecci¨®n entre mujer y hombre que no se corresponde con su identidad de g¨¦nero ¨ªntimamente vivida¡±, aleg¨® el Constitucional. Y dej¨® en manos del poder legislativo encontrar soluciones. En eso anda, en estos momentos, la Secretar¨ªa de Estado de Igualdad de G¨¦nero, igualdad oportunidades y diversidad.
El debate se prev¨¦ complejo en este segundo punto porque choca con parte del movimiento feminista. Una de las soluciones que se valoran ser¨ªa la de eliminar toda referencia al g¨¦nero del carnet de identidad y del registro. ¡°Pero creo que esto ser¨ªa ir demasiado lejos¡±, dice Pieter Cannoot, investigador de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad de Gante, que elabora estos d¨ªas uno de los borradores de propuesta para el gobierno belga. ¡°Los movimientos feministas estar¨ªan molestos, porque quieren mantener alg¨²n tipo de referencia para poder aportar datos sobre la discriminaci¨®n y las diferencias¡±. En su opini¨®n, una soluci¨®n de compromiso podr¨ªa ser eliminar la referencia al g¨¦nero en el carnet de identidad, pero mantenerla en los registros civiles.
Seg¨²n Cannoot, el debate no ser¨¢ hostil como en Espa?a, sino ¡°constructivo¡±, como ya sucedi¨® al aprobar la ley en 2017. Y asegura que desde entonces no se han visto ni fraudes ni mayores problemas sobre esa posible ventaja competitiva que temen algunos colectivos (por ejemplo, en los deportes) ni rastros de que se haya negado ninguna realidad biol¨®gica ni la pueda hacer desaparecer.
¡°Es bastante raro que en B¨¦lgica haya colectivos que digan lo mismo¡±, dice Sarah Schlitz, secretaria de Estado de Igualdad de G¨¦nero, igualdad oportunidades y diversidad. ¡°De hecho, distinguimos el sexo biol¨®gico (masculino / femenino / intersexual) que no podemos cambiar del g¨¦nero (femenino / masculino / no binario / g¨¦nero fluido) que s¨ª podemos cambiar. No negamos la realidad biol¨®gica, hablamos de identidad de g¨¦nero¡±. Y en cualquier caso, la discusi¨®n no resulta muy acalorada. ¡°Las personas que cambian de g¨¦nero en su comuna son todav¨ªa muy pocas, es bastante marginal, no supone un gran cambio para el resto de la sociedad, solo da la oportunidad de que cualquiera pueda definirse como quiera¡±.
El antecedente franc¨¦s de la lucha feminista
En Francia, el debate sobre si reconocer el sexo registral de las personas trans pone en peligro los derechos de la mujer, como sostiene parte del feminismo espa?ol, tuvo su punto culminante hace justo un a?o, despu¨¦s de que la conocida militante feminista Marguerite Stern dijera en las redes sociales que esta cuesti¨®n ¡°quiere colonizar el debate feminista¡±. Ello provoc¨® una divisi¨®n, a¨²n no superada, en el movimiento. Pero esta disputa no ha tenido un impacto pol¨ªtico o legal, ya que la normativa que permiti¨® avanzar ¡ªaunque con muchas carencias a¨²n, seg¨²n los colectivos LGTB y hasta el Defensor del pueblo franc¨¦s¡ª los derechos de las personas trans llevaba para entonces ya en vigor m¨¢s de tres a?os. ¡°En Francia, esa batalla ya estaba perdida, porque la ley exist¨ªa ya¡±, dice por tel¨¦fono St¨¦phanie Nicot, portavoz de la Federaci¨®n LGTB. Como una de las impulsoras de la ley en Francia dice no comprender la posici¨®n de las feministas que se oponen a una ley en Espa?a. ¡°Ni siquiera est¨¢n al nivel de una Simone de Beauvoir que en los a?os 1950 que dec¨ªa que no se nace mujer, se llega a serlo¡±, ironiza esta activista, profesora retirada y escritora de 68 a?os.
Las normas que permiten el cambio de nombre y de sexo est¨¢n fijadas en la Ley de modernizaci¨®n de la justicia del siglo XXI que entr¨® en vigor en noviembre de 2016. Por primera vez desde 1992, para lograr cambiar el marcador de g¨¦nero no se exig¨ªa que el o la solicitante se hubiera sometido a un proceso de esterilizaci¨®n, cuesti¨®n condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Ya solo se requiere que ¡°toda persona mayor de edad (o menor emancipado) que demuestre con una ¡®reuni¨®n suficiente de hechos¡¯ que la menci¨®n relativa a su sexo en las actas del estado civil no se corresponde a la que esa persona se presenta y a la que es conocida¡±. Como ¡°hechos¡± a demostrar se citan expresamente tres casos: que la persona solicitante del cambio de marcador ¡°se presente p¨²blicamente como perteneciente al sexo reivindicado¡±, que ¡°sea conocida bajo el sexo reivindicado en su entorno familiar, amistoso o profesional¡± o que ¡°haya obtenido el cambio de nombre correspondiente al sexo que reivindica¡±.
Aunque la ley de 2016 fue celebrada como un buen avance, numerosas asociaciones trans criticaron que se mantuviera la ¡°judicializaci¨®n¡± de los procedimientos, es decir, que al final sea un tribunal el que decide. Una cuesti¨®n que ha provocado problemas por la ¡°disparidad de comportamientos sobre el terreno, seg¨²n las ideolog¨ªas en las zonas¡±, se?ala Nicot, hasta el punto de que el Defensor de los Derechos (el Defensor del Pueblo franc¨¦s) la destac¨® en un informe emitido en 2020. Aunque la ley establece que el cambio de nombre o de marcador debe ser realizado ¡°en los 15 d¨ªas posteriores a la fecha en que esa decisi¨®n ha sido aprobada judicialmente¡±, el Defensor lamentaba que ¡°la legislaci¨®n actual y sus modalidades de aplicaci¨®n en algunas jurisdicciones o alcald¨ªas son susceptibles de provocar procesos largos de varios a?os¡±. Por ello, recomend¨® ¡°implementar procedimientos de cambio de nombre y de la menci¨®n del sexo en el estado civil que sean declaratorias, accesibles y r¨¢pidas¡±. Espec¨ªficamente, propone que baste con la presentaci¨®n ¡°ante los funcionarios del estado civil de una declaraci¨®n jurada detallada que caracterice un inter¨¦s leg¨ªtimo¡±.
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