Euskadi impone un impuesto anual de 10 euros por metro cuadrado a los pisos que lleven m¨¢s de dos a?os vac¨ªos
El Gobierno vasco contempla el alquiler forzoso e incluso la expropiaci¨®n en los casos ¡°m¨¢s extremos¡±
Los pisos que permanezcan vac¨ªos durante m¨¢s de dos a?os en el Pa¨ªs Vasco deber¨¢n pagar un canon fiscal de 10 euros anuales por metro cuadrado. El Gobierno vasco ha adoptado esta medida para movilizar las viviendas desocupadas sin una causa justificada y atender a la demanda social existente. El nuevo decreto aprobado este martes, amparado en la Ley vasca de Vivienda (2015), contempla tambi¨¦n ...
Los pisos que permanezcan vac¨ªos durante m¨¢s de dos a?os en el Pa¨ªs Vasco deber¨¢n pagar un canon fiscal de 10 euros anuales por metro cuadrado. El Gobierno vasco ha adoptado esta medida para movilizar las viviendas desocupadas sin una causa justificada y atender a la demanda social existente. El nuevo decreto aprobado este martes, amparado en la Ley vasca de Vivienda (2015), contempla tambi¨¦n el alquiler forzoso e incluso la expropiaci¨®n de pisos deshabitados en zonas donde la necesidad de vivienda es m¨¢s alta.
En Euskadi hay 15.134 pisos que podr¨ªan incluirse en el nuevo Registro de Viviendas Deshabitadas que prepara el Ejecutivo aut¨®nomo y verse afectados por esta medida, seg¨²n ha explicado este martes el consejero del ramo, I?aki Arriola. Un informe de 2018 cifr¨® en algo m¨¢s de 20.000 las viviendas que entonces estaban vac¨ªas, que supon¨ªan el 2% del parque residencial de la comunidad aut¨®noma. Los ayuntamientos se encargar¨¢n de certificar la desocupaci¨®n de las viviendas mediante la comprobaci¨®n del padr¨®n e inspecciones de los consumos ¡°anormalmente bajos¡± de electricidad, agua y gas, aunque el Gobierno regional podr¨¢ hacer estas comprobaciones de forma subsidiaria. Los consistorios tambi¨¦n asumir¨¢n el cobro del impuesto que penaliza la desocupaci¨®n residencial.
El procedimiento contar¨¢ con un tr¨¢mite de audiencia en el que se podr¨¢ frenar la declaraci¨®n de vivienda deshabitada probando los supuestos en los que est¨¢ permitido que permanezca vac¨ªa, incorporando la vivienda a programas p¨²blicos de alquiler social como Bizigune o poniendo la residencia en venta o alquiler a precios de mercado. La nueva normativa establece como vivienda deshabitada aquella que se encuentre desocupada de forma continuada durante los dos a?os a partir del d¨ªa siguiente desde que pueda ser utilizada para uso residencial.
Los propietarios de pisos que sean declarados vac¨ªos deber¨¢n pagar un impuesto anual de 10 euros por metro cuadrado ¨²til, que se incrementar¨¢ un 10% por cada a?o que siga desocupado, con un m¨¢ximo de tres veces el importe inicial, esto es, hasta 30 euros. El Departamento de Vivienda no ha hecho un c¨¢lculo de la cantidad econ¨®mica que podr¨ªa suponer el cobro del canon, pues su finalidad ¡°no es recaudatoria¡±, ha dicho el consejero Arriola, aunque s¨ª ha precisado que los fondos que obtengan los ayuntamientos se destinar¨¢n a pol¨ªticas de vivienda del municipio.
La penalizaci¨®n econ¨®mica no ser¨¢ efectiva en los supuestos en los que la desocupaci¨®n est¨¦ justificada, como las viviendas de segunda residencia, los casos de traslado temporal de domicilio por trabajo, salud, dependencia o emergencia social y los hogares ofertados en venta o alquiler a precios de mercado durante un m¨ªnimo de tres meses. Tambi¨¦n quedan exentos los pisos que se cedan a la administraci¨®n para su alquiler protegido, los de entidades sin ¨¢nimo de lucro para acoger a personas migrantes, discapacitadas o v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero y los que est¨¦n siendo rehabilitados o no cuenten con las condiciones m¨ªnimas de habitabilidad.
Alquiler forzoso o expropiaci¨®n
El Gobierno ha incluido en el decreto la opci¨®n del ¡°alquiler forzoso¡± para las residencias vac¨ªas ubicadas en ¡°zonas tensionadas¡±. Se definen as¨ª las ¨¢reas en las que se den dos requisitos: por un lado, que haya al menos 100 demandantes de alquiler inscritos en Etxebide (servicio vasco de vivienda) cuyas peticiones no hayan podido ser atendidas en los dos a?os anteriores y, adem¨¢s, que los precios medios de alquiler en la zona sean al menos un 10% superiores a la renta media de la localidad.
El alquiler forzoso se podr¨¢ ordenar sobre viviendas que se mantengan desocupadas transcurrido un a?o desde su declaraci¨®n como vivienda deshabitada y se obligar¨¢ a tener la vivienda en alquiler p¨²blico por un m¨¢ximo de cinco a?os, prorrogables otros cinco. Los due?os recibir¨¢n una renta por ese alquiler o una indemnizaci¨®n si no hay acuerdo en el precio.
Para los casos ¡°m¨¢s extremos¡±, el decreto contempla la figura de la expropiaci¨®n forzosa, que se aplicar¨¢ a viviendas deshabitadas durante m¨¢s de un a?o en zonas de acreditada demanda cuando la expropiaci¨®n resulte adecuada para garantizar su uso o en casos en los que esa residencia est¨¦ en riesgo de ruina o incumpla las normativas de conservaci¨®n y genere inseguridad para las personas. En estos casos, se priorizar¨¢ su rehabilitaci¨®n y puesta a disposici¨®n de asociaciones sin ¨¢nimo de lucro.
La v¨ªa de la expropiaci¨®n forzosa, recogida en la Ley vasca de Vivienda aprobada en 2015, fue recurrida ante el Tribunal Constitucional en 2016 por el entonces Gobierno presidido por Mariano Rajoy (PP). En una sentencia conocida a finales de 2018, el alto tribunal aval¨® la capacidad del Gobierno vasco y de los ayuntamientos para proceder a la expropiaci¨®n forzosa en los supuestos extraordinarios anteriormente citados.