La Fiscal¨ªa se opone al tercer grado de Juana Rivas que le permite cumplir condena en su casa
El abogado de la mujer califica el escrito del ministerio p¨²blico como ¡°un acto m¨¢s de violencia institucional judicial¡± contra ella
Juana Rivas entr¨® en el Centro de Inserci¨®n Social (CIS) Matilde Cantos de Granada un viernes a primera hora de la ma?ana. El lunes por la tarde sali¨® de all¨ª con una pulsera telem¨¢tica y con un documento que le otorgaba el tercer grado. Rivas se fue a casa aquel 14 de junio sin obligaci¨®n de volver m¨¢s al centro. Tres semanas despu¨¦s, el fiscal del caso se ha dirigido al juez de vigilancia penitenciaria para pedirle que revoque esa semilibertad y vuelva al segundo grado, lo que la obligar¨ªa a volver al centro penitenciario. El fiscal, a lo largo de trece folios, pone el ¨¦nfasis en que el cambio de grado antes de cumplir una cuarta parte de la sentencia debe ser ¡°excepcional y especial¡±. Alega, adem¨¢s, que esos poco m¨¢s de tres d¨ªas vividos en el CIS son insuficientes para dar los pasos necesarios para clasificar de un modo diferente a la penada. Finalmente, pone en duda las verdaderas razones del arrepentimiento de Juana Rivas, de quien dice que tiene ¡°predisposici¨®n a infringir normas¡±.
Carlos Arang¨¹ez, abogado de Rivas, ha mostrado su ¡°perplejidad¡± porque el fiscal haya recurrido esa libertad y solicite su ingreso en prisi¨®n. Seg¨²n Arang¨¹ez, Juana Rivas ¡°cumple todos los requisitos para tener el r¨¦gimen de semilibertad y poder ocuparse de sus tareas profesionales y dormir en su domicilio¡±. El letrado se sorprende de que juez y fiscal sean tan persistentes en ir contra las decisiones que benefician a Rivas y explica que se va a oponer ¡°en¨¦rgicamente¡± a la petici¨®n del fiscal. Arang¨¹ez califica el escrito del fiscal como uno m¨¢s de los actos de ¡°violencia institucional judicial que est¨¢ sufriendo Juana¡±.
El fiscal Valent¨ªn Ruiz, que firma este escrito, ya firm¨® hace unos d¨ªas otro mostr¨¢ndose contrario a que se le conceda el indulto a Rivas. En esta ocasi¨®n, Ruiz se opone al pase a semilibertad recordando que para conseguir esa nueva calificaci¨®n ¡°deber¨¢ transcurrir el tiempo de estudio suficiente para obtener un adecuado conocimiento del mismo¡±, algo que, explica repetidamente, no pudo ocurrir en los poco menos de cuatro d¨ªas que pas¨® en el Centro de Inserci¨®n Social, ¡°algo inusual frente a los dos a?os y seis meses de condena que se le ha impuesto¡±. Rivas, finalmente, fue sentenciada por el Tribunal Supremo a esa pena de prisi¨®n, a seis a?os de p¨¦rdida de la patria potestad sobre sus dos hijos menores y a pagar una indemnizaci¨®n, ya abonada, de 12.000 euros por un delito de sustracci¨®n de menores.
En la sentencia original, de julio de 2018, Rivas fue condenada a cinco a?os de prisi¨®n por dos delitos de sustracci¨®n de menores, al no devolver a sus dos hijos al padre de estos, Francesco Arcuri. El Supremo lo rebaj¨® el pasado abril a un ¨²nico delito, cambiando el foco de la primera sentencia, que consideraba a los dos hijos como perjudicados, por una nueva perspectiva jur¨ªdica en la que la v¨ªctima era el padre, y no los ni?os.
En su negativa al cambio de grado, el fiscal se refiere a la falta de tiempo de la psic¨®loga y el educador para valorar realmente a Rivas. En el caso del estudio psicol¨®gico, Ruiz opina que, realmente y en sentido contrario a lo ocurrido, deber¨ªa ser tenido en cuenta ¡°para proponer un segundo grado penitenciario¡± y as¨ª ¡°tratarla para superar tales deficiencias¡±, en referencia a algunas valoraciones negativas de la psic¨®loga sobre Rivas.
En el caso del informe del educador, escribe el fiscal, ¡°tambi¨¦n llama la atenci¨®n que indique que ha tenido una evoluci¨®n conductual positiva, con ausencia de sanciones, y que su conducta en el centro ha sido normalizada, con ocupaci¨®n positiva en el tiempo libre¡±, ya que ¡°no podr¨ªa ser menos porque tres d¨ªas de ingreso (...) necesariamente no pueden dar m¨¢s de s¨ª. Lo extra?o ser¨ªa que, en tan corto espacio de tiempo, se hubiesen producido tales incidencias¡±. El fiscal a?ade que estas valoraciones se han tomado de manera ¡°precipitada y sin fundamento ni tiempo para evaluar todas esas cuestiones, dado que la interna solo estuvo en el centro un fin de semana¡±.
El escrito del fiscal insiste repetidamente en que la decisi¨®n del paso a semilibertad se ha dictado ¡°desde Madrid¡± y sin haber superado ning¨²n programa espec¨ªfico de tratamiento. Tambi¨¦n hace referencia al hecho de que Rivas ha manifestado a la psic¨®loga ¡°que asume su responsabilidad y al educador le manifiesta que reconoce los hechos sentenciados y que se arrepiente, aunque en ning¨²n momento reconoce o admite haber cometido un delito, ni manifiesta conciencia alguna del da?o causado a las v¨ªctimas, que, en este caso, no solo son sus propios hijos, sino tambi¨¦n el padre de tales hijos. No mostrando empat¨ªa alguna con una de las v¨ªctimas, concretamente con el padre de los ni?os¡±. Ahora, ser¨¢ el juez de Vigilancia Penitenciaria de Granada, Pedro Joya, quien debe decidir si mantiene la situaci¨®n como est¨¢ o tiene en cuenta el escrito del fiscal.
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