¡®Youtubers¡¯ e ¡®influencers¡¯ no podr¨¢n anunciar alimentos y bebidas insanos para ni?os y adolescentes
El decreto que prohibir¨¢ la publicidad dirigida a j¨®venes de chocolates, dulces, postres, galletas, zumos y helados sale a audiencia p¨²blica. Consumo espera que se apruebe a finales de a?o
El Ministerio de Consumo sigue adelante con la tramitaci¨®n del decreto para regular la publicidad de alimentos y bebidas insanos dirigidos a ni?os y adolescentes, pese a la oposici¨®n de la industria alimentaria y las reticencias de otros ministerios, como Agricultura o Industria. Este lunes, la norma sale a audiencia p¨²blica ¡ªun tr¨¢mite para que las asociaciones y el sector puedan hacer aportaciones¡ª con una novedad: el ministerio ha incluido que youtubers, influencers y otras personas ¡°de relevancia o notoriedad p¨²blica¡± no podr¨¢n aparecer en anuncios de alimentaci¨®n dirigida a los j¨®venes, incluso si se trata de productos sanos. Eso s¨ª, s¨ª podr¨¢n participar en campa?as de salud p¨²blica y educativas para promover la actividad f¨ªsica y los h¨¢bitos de alimentaci¨®n saludable. El departamento de Alberto Garz¨®n espera que el decreto est¨¦ aprobado antes de final de a?o.
Garz¨®n anunci¨® en octubre su intenci¨®n de limitar los productos que se pueden anunciar en horario infantil enfocados a menores de 16 a?os tomando como referencia los perfiles nutricionales de la Organizaci¨®n Mundial de la Salud (OMS), que son muy restrictivos. Eso implicar¨¢ que, cuando la regulaci¨®n entre en vigor, no se podr¨¢n publicitar chocolates, dulces, galletas, postres, zumos y helados dirigidos a los m¨¢s j¨®venes en televisi¨®n, radio, redes sociales, webs, aplicaciones, cine y peri¨®dicos. Se trata de una regulaci¨®n del estilo de la que el departamento aprob¨® respecto a las casas de apuestas por internet.
El primer paso de la norma se da ahora, con su salida a audiencia p¨²blica, e incluye una novedad: ¡°Se proh¨ªbe la aparici¨®n en las comunicaciones comerciales sometidas a este real decreto de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia o notoriedad p¨²blica, sean estos reales o de ficci¨®n, que por su trayectoria sean susceptibles de constituir un modelo o ejemplo para las personas menores de edad¡±.
Seg¨²n fuentes de Consumo, esta regulaci¨®n se refiere tanto a alimentos insanos como a los considerados saludables. Es decir, que los famosos e influencers tampoco podr¨¢n anunciar alimentos ni bebidas que sean saludables, pero que se dirijan a p¨²blico infantil. Es habitual que los youtubers e influencers m¨¢s conocidos realicen acciones publicitarias para marcas de comida basura, algo que preocupa en el ministerio, dado que estos mensajes suelen estar dirigidos a ni?os y adolescentes y no existe en la actualidad ninguna regulaci¨®n para limitarlos.
La norma, sin embargo, s¨ª incluye ¡°fomentar la participaci¨®n de personas y personajes de relevancia o notoriedad para el p¨²blico infantil en campa?as de salud p¨²blica y educativas cuyo fin sea el de promover entre el p¨²blico infantil la actividad f¨ªsica y los h¨¢bitos de alimentaci¨®n saludable, sostenible y responsable¡±.
Tras la audiencia p¨²blica, se podr¨¢n incorporar propuestas y mejoras realizadas por asociaciones y ciudadanos en los pr¨®ximos 15 d¨ªas h¨¢biles. Despu¨¦s, habr¨¢ que enviar el texto a la Comisi¨®n Europea y, m¨¢s tarde, al Consejo de Estado y, finalmente, al Consejo de Ministros, algo que desde el departamento de Garz¨®n esperan que ocurra este mismo a?o.
Consumo trata de enfrentarse as¨ª a las alarmantes tasas de sobrepeso infantil, que alcanza a cuatro de cada 10 menores. Seg¨²n el estudio Aladino 2019, que se hace con encuestas a ni?os y ni?as de entre seis y nueve a?os, un 40,6% de estos menores tiene exceso de peso, de los que el 23,3% est¨¢ en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad, una patolog¨ªa que adem¨¢s afecta en mayor proporci¨®n a menores de familias con rentas m¨¢s bajas. El estudio, elaborado por la Agencia Espa?ola de Nutrici¨®n y Seguridad Alimentaria (Aesan), dependiente de Consumo, muestra que los progenitores de los menores con exceso de peso ¡ªtanto quienes tienen sobrepeso como quienes tienen obesidad¡ª no perciben el problema y frecuentemente consideran su peso como normal o solo como ligero sobrepeso.
El departamento de Garz¨®n considera que el C¨®digo Paos, con el que el sector alimentario se autorregula desde 2005, ha demostrado ser ¡°insuficiente¡±, por lo que apuesta por redactar un decreto para reducir las ¡°alarmantes¡± tasas de obesidad infantil. ¡°Es un problema grave de salud p¨²blica¡±, se?al¨® en octubre. Mientras, la patronal de la industria alimentaria, la FIAB, consider¨® entonces esta regulaci¨®n ¡°un ataque gratuito e injustificado de Consumo a los elaboradores de alimentos y bebidas¡±.
Regulaci¨®n a trav¨¦s de las tablas de la OMS
La futura regulaci¨®n se elaborar¨¢ a trav¨¦s de las tablas nutricionales que la OMS public¨® en 2015. Se trata de un documento que marca los niveles m¨¢ximos de az¨²car, grasas y sal aceptables para anunciar un producto destinado a los ni?os. Para ello, divide los alimentos en 17 categor¨ªas y establece que los m¨¢s insanos no se deber¨ªan anunciar nunca, mientras que el resto podr¨ªan hacerlo si no exceden la cantidad de az¨²car, sal o grasa marcada por cada 100 gramos.
La norma de Consumo toma como base esa divisi¨®n y asume que las cinco categor¨ªas de productos vetadas por la OMS no podr¨¢n anunciarse en Espa?a cuando se dirijan a menores, independientemente de su contenido en nutrientes. La primera categor¨ªa es la de productos de confiter¨ªa de chocolate y az¨²car, barritas energ¨¦ticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y dem¨¢s productos de pasteler¨ªa. Tampoco se podr¨¢n anunciar otras tres categor¨ªas que conforman los zumos, las bebidas energ¨¦ticas y los helados.
En cambio, hay otros alimentos que se consideran sanos y siempre podr¨¢n publicitarse: carne fresca y congelada, pescado, aves de corral, huevos, fruta fresca y congelada, verduras y legumbres, adem¨¢s de ra¨ªces y tub¨¦rculos. Se excluyen las conservas de estos alimentos, adem¨¢s de la fruta en alm¨ªbar y la congelada con az¨²cares a?adidos. Para el resto de categor¨ªas se establece un l¨ªmite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podr¨¢n anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el az¨²car total y a?adido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los l¨ªmites establecidos en cada producto.
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