El Supremo confirma seis meses de c¨¢rcel a un cardi¨®logo por intentar grabar a otra m¨¦dica en una ducha del hospital
El acusado escondi¨® un tel¨¦fono en un aseo de uso com¨²n del Cl¨ªnico de Valencia, pero la v¨ªctima lo descubri¨®
El intento de un cardi¨®logo de grabar, sin su consentimiento, a una m¨¦dica residente colocando un tel¨¦fono m¨®vil en el aseo del hospital en el que ambos trabajaban le ha costado una condena de seis meses de c¨¢rcel y una multa de 3.600 euros. El Tribunal Supremo ha confirmado las penas impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por un delito contra la intimidad en grado de tentativa ocurrido durante una guardia en el hospital Cl¨ªnico Universitario de Valencia en mayo de 2019.
Los hechos probados que recoge la sentencia relatan c¨®mo el m¨¦dico, un cardi¨®logo que entonces ten¨ªa 42 a?os, pregunt¨® a la residente, de 28, si iba a ducharse en el ba?o de uso com¨²n que sol¨ªan utilizar los facultativos en la zona de ingresos de cardiolog¨ªa, un peque?o aseo con un lavabo, un inodoro y una ducha separada del resto por un tabique y una puerta trasl¨²cida. La mujer le dijo que s¨ª y ¨¦l le pidi¨® que le dejase entrar antes. Ella accedi¨® y, una vez dentro, el hombre instal¨® un tel¨¦fono tras la rejilla que cerraba un hueco de ventilaci¨®n y tap¨® las partes m¨¢s brillantes del m¨®vil con tinta negra, unos trozos de papel y cart¨®n del mismo color.
Cuando sali¨® del aseo, donde estuvo unos 15 minutos, le dijo a la m¨¦dica residente que ya pod¨ªa entrar, pero esta recel¨® de la actitud de ¨¦l, examin¨® el ba?o y descubri¨® que la rejilla estaba abierta y que detr¨¢s estaba el tel¨¦fono que hab¨ªa ocultado el cardi¨®logo. La mujer busc¨® a la jefa de guardia y al personal de seguridad del hospital, ante los que el hombre reconoci¨® que el tel¨¦fono era suyo e intent¨® quitar importancia a lo ocurrido diciendo que era una ¡°chiquillada¡±. Pidi¨® a la v¨ªctima que no le denunciara, pero esta sigui¨® adelante y la polic¨ªa requis¨® el tel¨¦fono, aunque solo pudo examinar el aparato parcialmente porque estaba bloqueado y ninguna de las claves que dio el m¨¦dico permiti¨® el desbloqueo.
La Consejer¨ªa de Sanidad, advertida de los hechos por la direcci¨®n del hospital, abri¨® un expediente disciplinario y lo suspendi¨® de funciones, pero la denuncia presentada por la mujer sigui¨® adelante en los tribunales. El Supremo ha confirmado la condena tras rechazar el recurso interpuesto por el cardi¨®logo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que a su vez hab¨ªa confirmado la dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Valencia. En su recurso, el acusado argumentaba que su intenci¨®n no era grabar a nadie en la ducha, sino que quer¨ªa comprobar que pod¨ªan captarse im¨¢genes de la repisa del lavabo y, de ese modo, descubrir a quien, d¨ªas antes, hab¨ªa robado un fonendo y un frasco de colonia.
El Supremo ha desestimado estas explicaciones y asegura que de los hechos probados se deduce que el condenado ¡°urdi¨® un plan con la finalidad de lesionar la intimidad¡± de la m¨¦dica residente captando im¨¢genes de ella mientras se duchaba. En este caso ¡ªprecisa el tribunal¡ª la sentencia del TSJ valenciano ya analizaba con detalle la explicaci¨®n ofrecida por el acusado y descart¨® que pudiera ser atendida. Entre otras razones, porque no hay pruebas de que el recurrente sufriera el robo que asegur¨® haber sufrido d¨ªas antes de que colocara el tel¨¦fono en la rejilla del ba?o. En cualquier caso, advierte el Supremo, ¡°resulta imposible identificar relaci¨®n posible de utilidad entre dicha colocaci¨®n y el fin que, se afirma, persegu¨ªa con ello: identificar a la persona responsable de la afirmada sustracci¨®n¡±.
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