?Sigue el consentimiento en el centro de la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯? Preguntas y respuestas sobre la reforma
Si no hubo consentimiento, hay delito: eso no cambia tras la modificaci¨®n legal de este jueves. Pero la agresi¨®n sexual incluir¨¢ un subtipo agravado cuando exista violencia
El PSOE ha logrado sacar adelante este jueves, con el apoyo del PP, la reforma de la ley de Libertad Sexual, conocida como ley del ¡®solo s¨ª es s¨ª'. La reforma ha sido aprobada por el pleno del Congreso con 233 votos a favor, cuatro abstenciones y 59 votos en contra. Entre estos ¨²ltimos, los de Unidas Podemos, miembro minoritario del Gobierno, que nunca estuvo de acuerdo con la modificaci¨®n que propon¨ªan los socialistas porque sostiene que implica desplazar el consentimiento como eje de la norma. Es el mismo argumento que alegan otros socios de legislatura y parte del movimiento feminista, que ayer se manifest¨® frente al Ministerio de Justicia contra la reforma y public¨® un manifiesto con m¨¢s de 3.500 firmas.
El PSOE, sin embargo, defiende que su propuesta de elevar las penas en ciertos casos de agresi¨®n sexual ¡ªcreando un subtipo de ese delito cuando haya violencia, intimidaci¨®n o la voluntad de la v¨ªctima est¨¦ anulada¡ª no mueve el consentimiento del centro de la norma. La secretaria de Igualdad del PSOE y portavoz adjunta de Justicia del Grupo Parlamentario Socialista, Andrea Fern¨¢ndez, ha subrayado durante el pleno que la reforma ¡°no modifica ni una coma de la definici¨®n del consentimiento¡±.
Esa discrepancia, en todo caso, ha provocado la mayor crisis en la coalici¨®n en lo que va de legislatura. En seis meses, una de las normas sociales m¨¢s importantes del Gobierno, y la estrella del Ministerio de Igualdad, se ha convertido en un terremoto para el Ejecutivo. Y en esa batalla se ha producido, en muchas ocasiones, confusi¨®n. Aqu¨ª, planteamos preguntas y respuestas sobre la reforma legal, que llegar¨¢ la pr¨®xima semana al Senado y, si hubiese enmiendas, volver¨¢ de nuevo al Congreso antes de entrar en vigor.
?Por qu¨¦ se reforma la ley?
Por la alarma social producida por un efecto no previsto de la aplicaci¨®n de la nueva norma: las excarcelaciones (cerca de un centenar) y rebajas de pena (casi un millar) a condenados por delitos sexuales. La ley entr¨® en vigor el pasado 7 de octubre y poco despu¨¦s comenz¨® el goteo de rebajas de pena.
?Por qu¨¦ se producen las rebajas y excarcelaciones?
La Ley de Garant¨ªa Integral de Libertad Sexual elimin¨® el delito de abuso sexual y unific¨® todos los ataques sexuales bajo el delito de agresi¨®n, ampliando la horquilla de penas para dar cabida a todos los supuestos, de distinta gravedad, que antes estaban divididos en dos delitos (abuso y agresi¨®n). Eso tuvo como consecuencia una bajada de todas las penas m¨ªnimas y de algunas m¨¢ximas. Una vez cambiadas las penas, los presos tienen derecho a que sus casos se revisen y se les aplique la nueva ley si esta les resulta m¨¢s beneficiosa.
As¨ª, y aunque seg¨²n el criterio de la Fiscal¨ªa General del Estado las penas no tienen por qu¨¦ reducirse cuando los castigos est¨¦n dentro de la horquilla prevista en la nueva legislaci¨®n, el segundo balance oficial del Consejo General del Poder Judicial, de la pasada semana, contabiliza 978 condenas reducidas y 104 reos excarcelados.
?Va a frenar la reforma esas rebajas y excarcelaciones?
Nada puede frenar las reducciones de pena a agresores sexuales condenados antes de la aprobaci¨®n de la ley del solo s¨ª es s¨ª. Lo que el Gobierno pretende al hacer la reforma es, por un lado, paliar la alarma social lanzando el mensaje de que se ha entendido que algo no estaba funcionando bien; y, por otro, elevar las penas para que las condenas futuras vuelvan a ser las mismas que antes de la ley del solo s¨ª es s¨ª. Pero eso solo ocurrir¨¢ para aquellos delitos que se cometan a partir de que la reforma entre en vigor.
En qu¨¦ consiste la reforma
La modificaci¨®n supone introducir en el tipo penal que define este delito (la agresi¨®n sexual, castigada con entre uno y cuatro a?os de c¨¢rcel) un subtipo para las agresiones sexuales en las que haya violencia, intimidaci¨®n o se den sobre una v¨ªctima con la voluntad anulada (con una pena m¨¢xima de cinco a?os).
Para las agresiones con penetraci¨®n, se aplicar¨¢ el mismo cambio: se mantiene la pena del tipo b¨¢sico (de 4 a 12 a?os de c¨¢rcel) y se crea un subtipo agravado para cuando concurran violencia o intimidaci¨®n (de 6 a 12 a?os de c¨¢rcel).
En el caso de las agresiones con penetraci¨®n a menores de 16 a?os, suben todas las penas: en el caso de que no haya violencia o intimidaci¨®n, la pena actual (de 6 a 12 a?os) pasa a ser de entre 8 y 12 a?os. Y con violencia e intimidaci¨®n se eleva de entre 10 y 15 a?os a entre 12 y 15. En el nuevo tipo agravado de agresiones a menores se incluyen tambi¨¦n las agresiones cometidas sobre menores que por cualquier causa tengan anulada su voluntad, que en la ley del solo s¨ª es s¨ª estaban en el tipo b¨¢sico.
Y se agravan las penas cuando existan una serie de circunstancias agravantes (violencia extrema, violaciones m¨²ltiples, agresiones a personas vulnerables, relaci¨®n de parentesco, uso de armas¡). La reforma aprobada este jueves incrementa el castigo en estos casos cuando, adem¨¢s, haya violencia o intimidaci¨®n: la ley del solo s¨ª es s¨ª contemplaba de 2 a 8 a?os para el tipo b¨¢sico de agresi¨®n con agravantes y de 7 a 15 a?os en los casos con penetraci¨®n. La reforma introduce otros dos supuestos: de 5 a 10 a?os de c¨¢rcel para las agresiones con agravantes y violencia, y de 12 a 15 a?os en las agresiones con penetraci¨®n, violencia y agravantes.
?Y el consentimiento?
Antes de la entrada en vigor de la ley del solo s¨ª es s¨ª, el C¨®digo Penal ya utilizaba el consentimiento para determinar si hab¨ªa o no delito contra la libertad sexual. Manuel Cancio, catedr¨¢tico de Derecho Penal en la Universidad Aut¨®noma de Madrid y vocal permanente de la Comisi¨®n General de Codificaci¨®n, recuerda que el consentimiento, como se entiende ahora socialmente, est¨¢ presente desde la d¨¦cada de los a?os 90: ¡°La clave est¨¢ en c¨®mo se interpreta. Antiguamente, siempre se hac¨ªa en t¨¦rminos patriarcales. Por ejemplo, que una mujer no quisiera tener relaciones con su marido era irrelevante, porque era su mujer. Y se hablaba de la honestidad de ella, no era una violaci¨®n si se produc¨ªa cuando la mujer estaba fuera de su casa ¡®sin deber estarlo¡¯, o cuando era una mujer prostituida. Sin embargo, s¨ª contaba cuando la mujer era ¡®honesta¡±. Con el C¨®digo Penal de 1995, eso cambi¨® y el consentimiento entr¨® como concepto por primera vez en los delitos sexuales: si no hab¨ªa consentimiento, hab¨ªa delito. Sin embargo, lo que diferenciaba qu¨¦ delito espec¨ªfico se hab¨ªa producido era la existencia, o no, de violencia o intimidaci¨®n. Si se hab¨ªa cometido empleando alguna de ellas, el delito se llamaba ¡°agresi¨®n sexual¡±; si no, se llamaba ¡°abuso¡±.
La ley del solo s¨ª es s¨ª elimin¨® el delito de abuso y puso el consentimiento como ¨²nico elemento que define si se ha producido una agresi¨®n sexual. Lo llev¨® al primer art¨ªculo del cap¨ªtulo sobre las agresiones sexuales en el C¨®digo Penal y lo defini¨® por primera vez: ¡°S¨®lo se entender¨¢ que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atenci¨®n a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona¡±. En realidad, ese ¨²nico delito de agresi¨®n pod¨ªa derivar luego en condenas diferentes, porque las circunstancias agravantes (entre ellas, la violencia extrema) s¨ª elevaban las penas y las atenuantes las bajaban; pero la definici¨®n estricta del delito solo estaba apoyada en la inexistencia de consentimiento, en nada m¨¢s.
?Y por qu¨¦ se debate sobre el consentimiento?
Porque, ahora, Unidas Podemos y otros socios de legislatura minoritarios como Bildu o ERC defienden que, con la propuesta socialista ¡ªcrear un subtipo del delito de agresi¨®n¡ª, vuelven a crearse dos tipos de agresi¨®n sexual: una m¨¢s leve (sin violencia o intimidaci¨®n), que equiparan al antiguo abuso; y otra m¨¢s grave (cuando s¨ª concurran esas circunstancias). Y eso, arguyen, desplaza el consentimiento como ¨²nico elemento definidor del delito. Por eso, sostienen, el consentimiento deja de estar ¡°en el centro¡±.
Su exigencia es que el delito de agresi¨®n sexual siga siendo definido solo por el hecho de si existi¨® o no consentimiento, sin establecer distintas categor¨ªas ¡ªen cuanto a la definici¨®n, aunque s¨ª a la hora de fijar las penas¡ª en funci¨®n de si hubo violencia o intimidaci¨®n o se actu¨® sobre una v¨ªctima con la voluntad anulada. Para evitar este cambio, Unidas Podemos propuso incorporar la violencia pero solo como agravante, no como definitoria de un subtipo del delito. El PSOE lo rechaz¨®, entre otras razones, argumentando que eso habr¨ªa disparado a¨²n m¨¢s las penas sin poder justificarlo jur¨ªdicamente.
?La reforma toca entonces el consentimiento o no?
Tras la reforma aprobada este jueves, el consentimiento sigue siendo el elemento que determina si hay o no delito sexual. Eso no cambia: si no hubo consentimiento, hay delito. Y tampoco se altera la definici¨®n de consentimiento. Lo explica el jurista Manuel Cancio: ¡°No. El consentimiento como centro no depende de que exista o no un subtipo agravado [el que incluye violencia o intimidaci¨®n] o que estas circunstancias aparezcan solo como agravante. Est¨¢ en el centro si la interpretaci¨®n es adecuada¡±.
Sin embargo, Unidas Podemos, otros socios minoritarios y parte del movimiento feminista defienden que, aunque no se modifique en nada ese art¨ªculo, s¨ª se ¡°desplaza¡± el consentimiento a un segundo plano y la v¨ªctima tendr¨¢ que volver a enfrentarse a preguntas duras para probar la gravedad de la agresi¨®n. Desde el PSOE replican que con la ley del solo s¨ª es s¨ª tambi¨¦n deb¨ªan probarse las circunstancias del ataque, incluido si hubo violencia o no, porque para condenar por cualquier delito lo primero es probar los hechos, y en funci¨®n de eso se aplican las penas.
En el manifiesto que colectivos feministas y juristas hicieron p¨²blico esta semana, quienes firman aseguran que la reforma tendr¨¢ ¡°un fuerte impacto eliminando la centralidad del consentimiento como elemento de definici¨®n de los delitos contra la libertad sexual porque introduce elementos adicionales en la definici¨®n de las agresiones sexuales, incluida la violaci¨®n, que reducen el papel que juega el consentimiento en la definici¨®n de estas violencias¡±. Abogan por ¡°superar el modelo anterior, en el cual la credibilidad de la v¨ªctima se defin¨ªa a partir del ejercicio de la violencia f¨ªsica¡±, y critican la ¡°reforma expr¨¦s¡±, que se ha hecho, sostienen, ¡°con m¨¢s voluntad de tranquilizante social que de t¨¦cnica legislativa¡±. Algo con lo que s¨ª est¨¢ de acuerdo el jurista Cancio, que ha firmado el documento y que apunta: ¡°No se ha dejado que la ley funcione¡±. ¡°Para un delito tan importante, una reforma a los seis meses es inaceptable¡±, a?ade.
?La 'ley del solo s¨ª es s¨ª' solo habla de las penas de c¨¢rcel?
No, la Ley de Libertad Sexual es una norma integral que habla de muchas otras cuestiones que, en el debate sobre las rebajas de pena y excarcelaciones, han quedado diluidas. Entre otras, las rentas de inserción para víctimas desempleadas que no perciben otras ayudas y que acreditan especiales dificultades de reinserción en el mercado laboral; el derecho a la reparación, que es uno de los ejes centrales para “lograr la completa recuperación de las víctimas y las garantías de no repetición de la violencia”; las ayudas económicas para aquellas víctimas de violencia sexual que ganen menos del salario mínimo; o los centros de crisis 24 horas, que deberán contar con atención psicológica, jurídica y social para víctimas, familiares y personas del entorno, y a los que se podrá tanto asistir presencialmente como recibir atención telefónica y online.
Sobre algunas de esas otras medidas, Amnistía Internacional ha llamado la atención este jueves al Gobierno central, las comunidades autónomas y el Poder Judicial. La organización reclama que se implementen antes del final de la legislatura. “Aunque ahora mismo el debate político esté centrado en las revisiones de condenas hacia los agresores y en las diferentes enmiendas de los grupos parlamentarios a la ley, la protección a las mujeres víctimas de violencia sexual solo será efectiva si se impulsa con urgencia la implementación de la ley”, indica Amnistía Internacional, que recuerda que solo Madrid capital y Asturias cuentan, por ejemplo, con uno de esos centros de crisis.
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