El Supremo impone prisi¨®n permanente revisable al asesino de Marta Calvo
El alto tribunal establece que se puede decretar la pena m¨¢xima a un ¡°asesino en serie¡± por su tercer crimen si en el mismo juicio ha sido condenado previamente por dos asesinatos
El Tribunal Supremo ha corregido a la Audiencia Provincial de Valencia y al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) y ha impuesto prisi¨®n permanente revisable al asesino de Marta Calvo, una joven de 25 a?os cuyo rastro se perdi¨® en noviembre de 2019 en una casa alquilada por el condenado, Jorge Ignacio Palma, que se entreg¨® un mes despu¨¦s y confes¨® haber descuartizado a la mujer, cuyos restos nunca han sido hallados. La investigaci¨®n se ampli¨® en busca de otras posibles v¨ªctimas previas y Palma acab¨® siendo condenado, en un mismo juicio, por otros dos cr¨ªmenes (el de Arliene Ramos y Lady Marcela) y el intento de otros seis durante encuentros sexuales entre junio de 2018 y noviembre de 2019. La justicia valenciana le impuso 159 a?os y 11 meses de prisi¨®n, y rechaz¨® la prisi¨®n permanente revisable porque consider¨® que el C¨®digo Penal solo permite imponerla cuando hay ¡°m¨¢s de dos¡± condenas anteriores por asesinato. El crimen de Marta Calvo era el tercero, por lo que, seg¨²n los jueces valencianos, no se cumpl¨ªa ese requisito. El Supremo ha rechazado ahora esa interpretaci¨®n y ha establecido que se puede imponer la pena m¨¢xima por un tercer crimen a los ¡°asesinos en serie¡± que en un mismo proceso, juicio y sentencia tengan dos condenas anteriores por asesinato, como ocurre en este caso.
La sentencia del Supremo responde al recurso planteado por las acusaciones contra el fallo dictado por el tribunal superior valenciano que, al igual que un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial, impuso una sola pena para los tres asesinatos y no aplic¨® la prisi¨®n permanente revisable que solicitaron las acusaciones por el asesinato de Marta Calvo, que era el tercero cometido. La diferencia de criterio entre los tres tribunales que han examinado el caso se basa en su interpretaci¨®n del art¨ªculo 140.2 del C¨®digo Penal, que establece que se impondr¨¢ la prisi¨®n permanente revisable al acusado de asesinato ¡°que hubiera sido condenado por la muerte de m¨¢s de dos personas¡±. Con esta redacci¨®n, el TSJ valenciano estableci¨® que, puesto que la expresi¨®n utilizada en la ley no es ¡°dos o m¨¢s¡± sino ¡°m¨¢s de dos¡±, el legislador parece querer condicionar esa pena a casos en los que haya, al menos, tres cr¨ªmenes previos. El Supremo, sin embargo, considera que basta con que haya ¡°un crimen m¨¢s dos anteriores¡±.
Adem¨¢s, seg¨²n el Supremo, no se exige que en las otras muertes existan condenas firmes previas (como sosten¨ªa la Audiencia de Valencia), y cabe aplicar la pena de prisi¨®n permanente revisable tanto en los casos de asesinos en serie como de asesinatos m¨²ltiples que se juzgan a la vez, aplicando esta pena al tercero de los cr¨ªmenes, y al resto de los cr¨ªmenes y tentativas de asesinato las penas que les corresponda. Con esta interpretaci¨®n, el Supremo castiga con la pena m¨¢xima la muerte de Marta Calvo, que fue el tercer crimen, y mantiene el resto de penas (137 a?os de c¨¢rcel), tanto por los dos asesinatos, como las seis tentativas.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, advierte que ¡°resulta biol¨®gicamente imposible¡± exigir tres sentencias firmes previas, ¡°circunstancia inviable que solo cabr¨ªa aplicar a un preso que estuviera cumpliendo condena por asesinato y matara de igual manera cumpliendo pena¡±. ¡°Ello afecta a los asesinos en serie, a los m¨²ltiples y atentados terroristas, por ejemplo, con varios resultados, pero sin exigir condenas previas firmes¡±, concluye la Sala, que se a?ade otro razonamiento: ¡°Hay que tener en cuenta que tanto los asesinatos en serie, cuando es descubierto el autor por uno de ellos y se enlaza la investigaci¨®n, como en este caso ha ocurrido, y los asesinatos m¨²ltiples cometidos al mismo tiempo, se juzgan en unidad de acto por todos los cr¨ªmenes perpetrados. Ah¨ª es donde hay que enlazar el art. 140.2 CP con las condenas para hilar el tercer crimen con otros dos cometidos, ya en serie ya en la v¨ªa de ¡®cr¨ªmenes m¨²ltiples¡±.
Los hechos probados en la sentencia describen que el condenado se citaba con las mujeres para, a cambio de dinero, tener relaciones sexuales, pero les introduc¨ªa coca¨ªna en grandes cantidades por sus ¨®rganos sexuales contra su voluntad y sin su consentimiento. Ello es lo que provoc¨® la muerte a tres v¨ªctimas y estuvo a punto de hacerlo con otras seis que pudieron salvar su vida al desplazarse a centros hospitalarios antes de que la coca¨ªna provocara el efecto que caus¨® en las tres mujeres a las que mat¨®. El Supremo califica al asesino de ¡°depredador sexual¡± que actuaba con ¡°compulsi¨®n por matar¡±. ¡°Cuando el legislador del a?o 2015 introdujo la pena de prisi¨®n permanente revisable en el art¨ªculo 140.2 CP, indudablemente que estar¨ªa pensando en supuestos como el aqu¨ª contemplado, que es de una gravedad absoluta con desprecio absoluto a la vida de las v¨ªctimas, y sin importarle cu¨¢l ser¨ªa la consecuencia de sus actos, al punto de que en el caso de Marta Calvo la descuartiz¨® tras haberla asesinado¡±, a?ade el tribunal.
Los jueces recalcan que el asesino, cuando actu¨® contra Marta Calvo, ya era ¡°plenamente consciente¡± de lo que pod¨ªa ocurrirle porque fue la ¨²ltima de las v¨ªctimas. ¡°En este caso resulta evidente la crueldad con la que se han perpetrado estos hechos y el desprecio a la vida de las mujeres aprovechando su vulnerabilidad, as¨ª como el comprensible estado en el que dejan a las familias de las v¨ªctimas marcadas de por vida por estos cr¨ªmenes y con el sufrimiento a?adido que ello conlleva¡±, se?alan los magistrados, que han confirmado la agravante de g¨¦nero aplicada por la Audiencia y el TSJ, ya que el condenado quedaba con mujeres que ejerc¨ªan la prostituci¨®n y eran vulnerables.
La Audiencia de Valencia conden¨® al acusado a 159 a?os y 11 meses de prisi¨®n como autor de un delito contra la salud p¨²blica, un delito contra la libertad e indemnidad sexuales, seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados, con la agravante de discriminaci¨®n por raz¨®n de g¨¦nero. Asimismo, le impuso el pago de indemnizaciones que ascend¨ªan a 640.000 euros a las siete v¨ªctimas vivas y a los familiares de las tres fallecidas. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia modific¨® la sentencia de instancia solo para elevar de 70.000 a 90.000 euros la indemnizaci¨®n que en concepto de responsabilidad civil deb¨ªan recibir los padres de Marta Calvo, que reclamaban 150.000 euros. El Supremo eleva ahora la indemnizaci¨®n final a 140.000 euros.
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