El Gobierno mejora la cobertura legal a los usuarios de telecomunicaciones
El Consejo de Ministros tambi¨¦n endurece las medidas de protecci¨®n de la propiedad intelectual
El Consejo de Ministros ha aprobado el desarrollo de la Ley de Telecomunicaciones. Con este nuevo paso se busca reconocer varios derechos de los usuarios relativos al servicio universal, a las reclamaciones y a la suspensi¨®n de la prestaci¨®n de servicios que realizan las operadoras. Adem¨¢s, el Gobierno ha cerrado con la aprobaci¨®n del anteproyecto de ley que ha elaborado el Ejecutivo para reformar la Ley de Propiedad intelectual, en el que se endurecen las medidas que protegen estos derechos.
El Ejecutivo ha aprobado finalmente el Reglamento que completa la transposici¨®n de las directivas comunitarias sobre comunicaciones electr¨®nicas y desarrolla la Ley General de Telecomunicaciones. As¨ª, el reglamento regula lo relativo a las condiciones que deben cumplir los operadores, la regulaci¨®n del Servicio Universal (prestaciones que incluye, designaci¨®n del prestador, coste y financiaci¨®n), la protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal en la prestaci¨®n de los servicios, la regulaci¨®n de la interceptaci¨®n legal de las comunicaciones, y los derechos de los usuarios.
Seg¨²n el reglamento los usuarios de telefon¨ªa podr¨¢n rescindir el contrato con su operadora en cualquier momento -con 15 d¨ªas de preaviso- y tendr¨¢n derecho a exigir una indemnizaci¨®n si la compa?¨ªa no ofrece los niveles de calidad comprometidos.
Adem¨¢s, tendr¨¢n derecho a indemnizaci¨®n autom¨¢tica por la interrupci¨®n temporal del servicio telef¨®nico disponible al p¨²blico. Actualmente, las compa?¨ªas suelen imponer contractualmente una serie de plazos para darse de baja del servicio que pueden oscilar en algunos casos desde seis meses a dos a?os.
El Reglamento aprobado hoy establece tambi¨¦n la obligaci¨®n para los operadores de disponer de un servicio especializado de atenci¨®n al cliente. Adem¨¢s, los usuarios podr¨¢n dirigir sus reclamaciones relativas al acceso a Internet a la Secretar¨ªa de Estado de Telecomunicaciones.
M¨¢s medidas de tutela para la propiedad intelectual
El Consejo de Ministros ha recibido hoy tambi¨¦n un Informe del Ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, sobre el Anteproyecto de Ley por el que se ampl¨ªan los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales complementarias para la aplicaci¨®n de diversos reglamentos comunitarios.
Mediante este anteproyecto, el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol recoger¨¢ una Directiva comunitaria de 2004, que establece determinadas medidas, procedimientos y recursos para garantizar, frente a cualesquiera infracciones, la tutela jurisdiccional m¨¢s efectiva de los derechos de propiedad intelectual, seg¨²n la Referencia del Consejo de Ministros. La puesta en marcha de estas medidas implica una serie de modificaciones en la legislaci¨®n espa?ola, concretamente en la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Patentes, la Ley de Marcas y la Ley de Protecci¨®n Jur¨ªdica del Dise?o Industrial.
Las modificaciones precisas se refieren al ¨¢mbito de las diligencias preliminares, el aseguramiento de la prueba, las medidas cautelares y las acciones a ejercitar por la violaci¨®n de un derecho de propiedad intelectual y de propiedad industrial.
En el caso de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Anteproyecto supone la incorporaci¨®n en el proceso civil de cauces para obtener informaci¨®n sobre el origen y las redes de distribuci¨®n de la mercanc¨ªa o servicios en que se concrete la infracci¨®n contra estos derechos. Se contempla la posibilidad de instar a un ¨®rgano jurisdiccional civil a trav¨¦s de una nueva diligencia preliminar, si bien esa posibilidad est¨¢ limitada a la preparaci¨®n de un juicio por actos cometidos con fines comerciales. Igualmente, se incorpora otra nueva diligencia preliminar, consistente en el acceso a los documentos bancarios, financieros o comerciales que est¨¦n bajo el control del presunto infractor.
Nuevas, y m¨¢s duras, medidas disuasorias
En cuanto al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, las modificaciones se concretan, principalmente, en la introducci¨®n de nuevas medidas disuasorias como la posibilidad de instar la publicaci¨®n total o parcial de la sentencia a costa del infractor, o la adaptaci¨®n de un nuevo criterio para fijar la ganancia dejada de obtener por el titular del derecho infringido, a causa de los beneficios ileg¨ªtimos obtenidos por el infractor.
Se contempla tambi¨¦n la posibilidad de prevenir una infracci¨®n inminente, ampliando la medida cautelar de suspender cualquier actividad que lesione un derecho de propiedad intelectual hasta la prohibici¨®n de esta actividad, aun cuando todav¨ªa no haya sido iniciada.
El Anteproyecto introducir¨¢ tambi¨¦n modificaciones en la Ley de Patentes, por las cuales se posibilita al titular del derecho de una de ellas a solicitar el embargo de los medios que hayan sido destinados "principalmente (antes exclusivamente)" a cometer la infracci¨®n, y se ampl¨ªa el cat¨¢logo de medidas cautelares al respecto, prohibiendo los actos que violen el derecho del peticionario ante la inminencia de una infracci¨®n.
En este mismo anteproyecto se adoptan las normas de car¨¢cter procesal necesarias para la aplicaci¨®n en Espa?a de dos recientes Reglamentos comunitarios. Uno es el del t¨ªtulo ejecutivo europeo y el otro el de competencia, reconocimiento y ejecuci¨®n de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.
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