1.500 euros por colgar en Internet vejaciones a un discapacitado ps¨ªquico
Es la segunda ocasi¨®n que la AEPD multa a los autores de un v¨ªdeo por difundirlo sin consentimiento de la persona grabada
En octubre de 2007 apareci¨® un v¨ªdeo en YouTube que mostraba burlas y vejaciones hacia Rom¨¢n, un discapacitado ps¨ªquico de 46 a?os de M¨®stoles (Madrid). Algunos j¨®venes -la edad se presume por las voces, ya que no se les ve¨ªa en la grabaci¨®n-, incitaban a Rom¨¢n a bailar como un sioux o a hacer abdominales mientras se re¨ªan de ¨¦l.
La polic¨ªa hall¨® el domicilio desde el que las im¨¢genes hab¨ªan sido publicadas en la Red gracias a la direcci¨®n de IP del ordenador, y se encontr¨® con una familia que desconoc¨ªa que su hijo de 20 a?os hab¨ªa encontrado gracioso grabar estas im¨¢genes y compartirlas con el resto de la humanidad. La Agencia de Protecci¨®n de Datos acaba de sancionarlo con 1.500 euros.
El v¨ªdeo lleg¨® a tener m¨¢s de 4.500 visitas en la Red antes de desaparecer. El chico sancionado, de 20 a?os, asegura en el procedimiento ante Protecci¨®n de Datos que fue ¨¦l quien lo retir¨® voluntariamente y de inmediato cuando se dio cuenta del da?o que estaba haciendo: "Cuando lo vi por televisi¨®n me sobrecogi¨®. [...] Porque de haber entendido desde un principio que hac¨ªa da?o a alguien no lo hubiera hecho", ha dicho el joven.
El arrepentimiento y su retirada del v¨ªdeo han moderado notablemente la sanci¨®n que finalmente se le ha impuesto. La infracci¨®n, considerada como falta grave, deber¨ªa ser castigada seg¨²n la ley con una multa de 60.000 a 300.000 euros. Pero se ha rebajado a 1.500 por "las circunstancias del caso", seg¨²n se explica en la resoluci¨®n.
Cuando la existencia del v¨ªdeo se hizo p¨²blica, en 2007, se critic¨® a Google por no retirarlo. La empresa aleg¨® en un principio que no pod¨ªa hacerlo sin que alg¨²n familiar lo solicitara seg¨²n el procedimiento establecido, pero el padre de Rom¨¢n prefiri¨® llevar el tema ante las autoridades e interponer una denuncia en el juzgado. Mientras tanto, la Agencia de Protecci¨®n de Datos inici¨® de oficio su propia investigaci¨®n.
Esta es la segunda sanci¨®n que impone la Agencia por la captaci¨®n y difusi¨®n de im¨¢genes a trav¨¦s de sistemas como YouTube. En julio mult¨® a los responsables de la difusi¨®n de im¨¢genes de la calle Montera de Madrid con 601 euros.
En su resoluci¨®n, la AEPD recuerda que "la captaci¨®n y reproducci¨®n de im¨¢genes de personas, siempre que permitan la identificaci¨®n de las mismas, y su publicaci¨®n, accesible para cualquier usuario de Internet, se encuentra sometida al consentimiento de sus titulares". La Agencia le consta que los infractores no contaban con el consentimiento de la persona a la que vejaron, grabaron, para despu¨¦s, colgar el v¨ªdeo en la Red.
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