El Supremo obliga a la sanidad concertada a pagar las horas extras a los m¨¦dicos
La sentencia desestima el recurso de dos patronales catalanas, una de ellas presidida por el consejero de Salud, Boi Ruiz, hasta diciembre
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casaci¨®n impulsados por dos patronales sanitarias concertadas catalanas y obliga a retribuir miles de horas de guardias a precio de hora ordinaria a los m¨¦dicos. Hasta diciembre, el presidente de una de las dos patronales que instaron el conflicto colectivo sobre este tema laboral ante los tribunales, la Uni¨® Catalana d'Hospitals, era el actual conseller de Salud, Boi Ruiz.
La sentencia de la Sala Social del Supremo ordena la letrado del Sindicato de M¨¦dicos de Catalu?a, Teresa Blasi, a recontar todas las guardias realizadas por los m¨¦dicos adscritos a hospitales y centros sanitarios de la XHUP entre los a?os 2005 y 2011. De media, cada m¨¦dico de la sanidad concertada ha dejado de recibir unos diez euros por hora por unas 463 horas extras realizadas por a?o, lo que puede suponer elevadas cantidades que a¨²n no han podido ser evaluadas, ha indicado la abogada.
El alto tribunal viene a confirmar una anterior sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, que desestim¨® la petici¨®n de las dos patronales, y tambi¨¦n tiene en cuenta anteriores sentencias de la Sala General del Supremo. Estas sentencias declararon el derecho de los m¨¦dicos sujetos a los convenios V y VI de la Xarxa Hospitalaria d'Utilitzaci¨® P¨²blica de Catalunya (XHUP) a percibir las horas de guardia con el valor de la hora ordinaria de trabajo cuando se excedieran las 1.826 horas y 27 minutos anuales.
El ¨²ltimo convenio colectivo de la XHUP fue firmado el a?o 2005 y est¨¢ prorrogado desde el 2008, por lo que la sentencia es aplicable a las horas extras trabajadas superadas las 1.826 horas y 27 minutos de jornada anual, ha indicado la letrada.
Tanto la Uni¨® Catalana d'Hospitals como el Consorci Associaci¨® Patronal y Sanitaria quedan obligadas a retribuir los miles de horas extras pagados por debajo del precio ordinario. Las dos patronales instaron ante el TSJC el conflicto colectivo ante el importante n¨²mero de demandas individuales de m¨¦dicos de la XHUP presenadas ante los tribunales laborales, a instancias del Sindicato de M¨¦dicos de Catalu?a y el Sindicato de M¨¦dicos y Enfermeras de Catalu?a.
Los reclamantes individuales ped¨ªan que se les reconociera su derecho a cobrar las horas en r¨¦gimen de atenci¨®n continuada cuando sobrepasaran la jornada m¨¢xima de 1.826 horas con 27 minutos como si fuesen horas extraordinarias.
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