La Corte Constitucional decide que tiene la posibilidad de suspender leyes
Con un cambio de su jurisprudencia, se habilita para tomar decisiones r¨¢pidas cuando sea claro que una ley va contra la Constituci¨®n
La Corte Constitucional decidi¨® no suspender el art¨ªculo de la ley de paz total que permite que el Gobierno de Gustavo Petro negocie con grupos criminales como el Clan del Golfo. Pero decidi¨®, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ib¨¢?ez y votaci¨®n un¨¢nime, que en el futuro s¨ª puede suspender leyes desde el principio del estudio de una demanda, una potestad que tienen otros jueces y que hasta ahora la Corte hab¨ªa dicho que no ten¨ªa.
El argumento de la propuesta de Ib¨¢?ez es que la Corte puede aplicar esas medida cautelar al igual que eso dem¨¢s jueces, porque un art¨ªculo del C¨®digo General del Proceso, que rige desde 2012, dice que en general los jueces lo pueden hacer.
En este caso, la Corte aclar¨® que solo aplica cuando una norma demandada sea ¡°manifiestamente contraria¡± a la Constituci¨®n y as¨ª lo alegue quien demanda la ley. Es un criterio an¨¢logo al que aplica el Consejo de Estado desde hace a?os para suspender otras normas, como decretos y resoluciones. Tambi¨¦n aclar¨® que para que eso ocurra deber¨¢ votar a favor una mayor¨ªa de los nueve magistrados en la Sala Plena.
Aunque el cambio puede parecer t¨¦cnico y muy propio de abogados, en realidad refuerza el contrapeso de la Corte frente a Gobiernos que tengan mayor¨ªas amplias en el Congreso - que en Colombia son todos en casi todos los asuntos. Hasta ahora, los Gobiernos acud¨ªan en ocasiones a la estrategia de incluir normas que sab¨ªan que se iban a caer en la Corte, apostando que mientras el tribunal llegaba a esa conclusi¨®n, tendr¨ªan efectos.
As¨ª, por ejemplo, el Gobierno de Iv¨¢n Duque sac¨® durante la pandemia una norma para mover recursos de los fondos privados de pensiones al Estado, pues necesitaba esos recursos para enfrentar la crisis econ¨®mica; o una excepci¨®n a la llamada ley de garant¨ªas, para permitir por una vez que los alcaldes hicieran a inicios de 2022 unas contrataciones que les estaban vedadas. En los dos casos, la Corte hundi¨® las normas meses despu¨¦s, cuando ya hab¨ªan surtido los efectos que buscaba el Gobierno.
Desde entonces varios expertos propugnaban por la posibilidad de que la Corte suspendiera r¨¢pidamente art¨ªculos claramente inconstitucionales. Esa es la puerta que abri¨® este jueves, cuando adem¨¢s hay un debate jur¨ªdico de alto impacto pol¨ªtico que podr¨ªa encajar en las estrictas reglas de la Corte para suspender una ley: la discusi¨®n sobre el tr¨¢mite de la reforma a la salud, que para varios expertos incluye art¨ªculos que son propios de leyes estatutarias.
Si la Corte encuentra que es as¨ª, y el Congreso y el Gobierno insisten en tramitarla como una ley ordinaria. la Corte podr¨ªa suspenderla en cuesti¨®n de semanas. Y Petro enfrentar¨ªa otra derrota jur¨ªdica, como la que sufri¨® este mismo jueves en el Consejo de Estado, que justamente suspendi¨® el decreto por el que podr¨ªa definir las tarifas de energ¨ªa.
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