Los observatorios son ya ¨¢reas oscuras
Andaluc¨ªa protege los parques y los telescopios de la contaminaci¨®n lum¨ªnica
El entorno de los Espacios Naturales Protegidos de Andaluc¨ªa ubicados en suelo no urbanizable y las zonas de influencia de los principales observatorios de la comunidad aut¨®noma ¡ªCalar Alto, en Almer¨ªa, y Sierra Nevada, en Granada¡ª quedan desde hoy a salvo de la contaminaci¨®n lum¨ªnica, tras su declaraci¨®n como zonas de m¨¢xima protecci¨®n, y entran ya a formar parte del cat¨¢logo de zonas E1 y puntos de referencia.
Este amparo legal, mediante resoluci¨®n de la Direcci¨®n General de Cambio Clim¨¢tico y Medio Ambiente Urbano ¡ªpublicada este martes en el Bolet¨ªn Oficial de la Junta (BOJA) al amparo del reglamento para la protecci¨®n de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminaci¨®n lum¨ªnica de agosto de 2010¡ª, permitir¨¢ defender las condiciones naturales de estos espacios.
La normativa estipula los requisitos que, a partir de ahora, deber¨¢n cumplir las instalaciones de alumbrado en la zona protegida que, tan solo en algunos casos, afecta al alumbrado ya existente. En los Espacios Naturales, el objetivo es evitar el efecto "perturbador de la luz artificial" para los "h¨¢bitats y especies con gran valor ecol¨®gico", mientras que en el caso de los observatorios la protecci¨®n es fundamental para que los equipos de investigaci¨®n puedan realizar la observaci¨®n astron¨®mica de manera ¨®ptima y efectiva y poner freno, as¨ª, al incremento de la contaminaci¨®n lum¨ªnica.
La FAMP tiene recurrido parte del reglamento por invadir competencias
El ¨¢rea de influencia Z1 del observatorio de Calar Alto tiene un per¨ªmetro circular de 6,5 kil¨®metros de radio, y el de Sierra Nevada es de siete kil¨®metros. Sin embargo, la zona de influencia adyacente (Z2) del observatorio almeriense es superior.
Mientras que en Sierra Nevada se ha declarado un ¨¢rea de un per¨ªmetro circular de 15 kil¨®metros, en Calar Alto, se encuentran en esta zona de influencia 54 municipios del t¨¦rmino municipal de Almer¨ªa y otros tres de Granada; algunos incluidos en su totalidad.
Con todos ellos se ha contado desde la Consejer¨ªa de Medio Ambiente para elaborar el mapa de influencia de protecci¨®n lum¨ªnica. Las medidas adoptadas por el reglamento para la protecci¨®n de la calidad del cielo nocturno que afectan de manera directa a estos municipios han debido incluirse en sus ordenanzas municipales. Es el caso de la modificaci¨®n del horario de uso del alumbrado p¨²blico. Aquel que no sea necesario, deber¨¢ desconectarse entre las 24.00 y las 6.00, en invierno; y entre la 1.00 y las 6.00, en verano, si se encuentra en las zonas de influencia E1 y E2. Su incumplimiento est¨¢ tipificado como infracci¨®n muy grave y conlleva una sanci¨®n econ¨®mica de hasta 60.000 euros.
Ning¨²n ayuntamiento ¡ªde los 57 afectados¡ª ha presentado alegaciones "de car¨¢cter sustancial" a la nueva normativa durante el tr¨¢mite de audiencia, seg¨²n figura en la resoluci¨®n.
La Federaci¨®n Andaluza Municipios Provincias (FAMP) ha recurrido ante la justicia parte de este reglamento al entender que la Junta invade competencias de los Ayuntamientos. El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa ser¨¢ el que tenga que decidir este contencioso.
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